Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 219 de 2018 Senado, 028 de 2017 Cámara - 18 de Mayo de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 723149925

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 219 de 2018 Senado, 028 de 2017 Cámara

por medio de la cual se expiden normas para garantizar beneficios sociales focalizados a los pescadores de subsistencia, comercial artesanal o de pequeña escala. I. ANTECEDENTES DEL PROYECTO

El proyecto de ley fue presentado ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes el 26 de julio de 2017 por la Senadora María del Rosario Guerra de la Espriella, del Partido Centro Democrático.

La iniciativa fue aprobada por la Comisión Quinta de la Cámara de Representantes, el 13 de septiembre de 2017, y por la Plenaria de la Cámara el día 11 de abril de 2018.

II. OBJETO

El proyecto de ley tiene como finalidad proteger los derechos fundamentales del pescador artesanal, en especial el del mínimo vital y la vida digna, en temporadas de vedas, donde se frena la actividad económica, lo cual deja sin sustento las familias y frena la economía de las comunidades.

III. JUSTIFICACIÓN

1. Introducción:

Colombia posee un gran número de cuencas hidrográficas, por tal razón, se destaca internacionalmente en materia de disponibilidad de recursos hídricos, diversidad de peces, y en general, por sus altos índices de biodiversidad. El territorio colombiano cuenta con 928,660 km2 de zona marítima. La superficie marítima sobre el mar Caribe tiene una longitud de 1,600 km y sobre el océano Pacífico, una extensión de 1,300 km. Además de las zonas marítimas para la pesca, también se desarrolla actividad pesquera en las cuencas de los ríos, en los arroyos y demás espejos de agua como ciénagas, represas y embalses[1][1].

En este sentido, por sus características climáticas y sus sistemas hidrológicos diversificados, Colombia tiene un amplio potencial para el desarrollo de la pesca y la acuicultura. Si bien, dentro del PIB agregado a precios corrientes de 2014, la pesca, la acuicultura y los servicios relacionados pesan apenas el 0.13%, debe tenerse en cuenta que un número significativo de ciudadanos forma parte de esta actividad en su versión artesanal por lo que se debe hacer énfasis en ese grupo poblacional por sus condiciones de vulnerabilidad y además por su rol en la provisión de alimentación a los colombianos.[2][2]

Adicionalmente, desde la perspectiva departa-mental, se debe tener en cuenta que excepto para San Andrés y Providencia, Huila, Valle y Tolima, todos los departamentos cuyo PIB pesquero a precios corrientes presenta una participación superior a la del promedio nacional en 2014, están caracterizados por un índice rural de necesidades básicas insatisfechas por encima del promedio nacional.

DEPARTAMENTOS %PIB PESQUERO NBI rural 2011
Amazonas 7.30 59.38
Guainía 1.57 81.17
San Andrés y Providencia 0.82 15.34
Nariño 0.67 59.32
Bolívar 0.52 67.37
Sucre 0.50 69.48
Huila 0.50 48.83
Valle 0.43 26.22
Chocó 0.34 76.11
Caquetá 0.26 59.20
Córdoba 0.25 76.60
Vichada 0.25 84.40
Magdalena 0.20 64.68
Tolima 0.17 50.92
TOTAL COLOMBIA 0.13 53.51

Tabla 1-1 Participación del PIB pesquero dentro del PIB agregado y NBI rural.

Fuente: DANE (2016).

Así, se infiere que en las zonas de mayor dependencia pesquera se identifican preliminarmente mayores niveles de vulnerabilidad que merecen atención del Estado colombiano. De hecho, la pesca artesanal o de pequeña escala es una alternativa económica para miles de pescadores marinos y ribereños continentales, puesto que con ella logran garantías para su seguridad alimentaria. Además, tal y como lo sostienen Galarza y Kamiche (2014), desde la óptica social, esta actividad artesanal comprende tanto la pesca de subsistencia como la pesca asociativa a través de comunidades organizadas; abasteciendo ambas una fracción del mercado de consumo directo a nivel nacional, particularmente en lo que hace referencia al pe scado fresco.[3][3]

Sin embargo, esta actividad se ha visto afectada en los últimos años por factores externos como la sobrepesca (problema típico de los bienes comunes) y la contaminación ambiental, lo que ha hecho que la producción se haya visto en decadencia en las últimas décadas.

2. Contexto internacional

El 10 de junio de 2014, el Comité de Pesca de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO en adelante, por su denominación en inglés) aprobó las directrices voluntarias para garantizar la pesca sostenible en pequeña escala en el contexto de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza. Según declaraciones oficiales de la FAO, se trata de un conjunto de directrices de amplio alcance que impulsará el papel ya vital de los pescadores artesanales en la contribución a la seguridad alimentaria mundial, la nutrición y la erradicación de la pobreza.

Los planteamientos de la FAO buscan apoyar a millones de pescadores artesanales del mundo, en particular en los países en desarrollo, promoviendo sus derechos humanos y salvaguardando un uso sostenible de los recursos pesqueros de los que dependen para su subsistencia.

La pesca artesanal representa más del 90 por ciento de la pesca de captura del mundo y de los trabajadores del sector pesquero ¿cerca de la mitad de los cuales son mujeres¿ y suministra alrededor del 50% de las capturas mundiales de peces. Supone una valiosa fuente de proteína animal para miles de millones de personas en todo el mundo y, a menudo sustenta las economías locales en las comunidades costeras y las que viven en las riberas de lagos y ríos.

Sin embargo, a pesar de su relevancia económica y alimentaria, muchas comunidades de pescadores artesanales continúan siendo marginadas. A menudo se encuentran en zonas remotas con acceso limitado a los mercados y a los servicios sanitarios, de educación y otros servicios sociales.

Así, las recomendaciones de la FAO buscan mejorar los sistemas de gobernanza de la pesca y las condiciones de trabajo y de vida a recomendaciones sobre cómo los países pueden ayudar a los pescadores artesanales y los trabajadores del sector pesquero a reducir las pérdidas y el desperdicio poscosecha de alimentos.

La FAO sostiene que como primer instrumento internacional dedicado por entero a la pesca en pequeña escala, las directrices piden coherencia en las políticas para asegurar que la pesca en pequeña escala puede contribuir plenamente a la seguridad alimentaria, la nutrición y la erradicación de la pobreza. Las nuevas Directrices complementan los instrumentos internacionales vigentes, como el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO (1995) y las Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques, del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (2012).

2.1. Directivas voluntarias de la FAO (2014)

Dentro de las directrices de la FAO se pueden destacar algunas que constituyen un fundamento contundente a los planteamientos de la presente iniciativa legislativa:

5.3. Los Estados, de conformidad con su legislación, deberían velar porque los pescadores y trabajadores de la pesca en pequeña escala y sus comunidades gocen de derechos de tenencia seguros, equitativos y apropiados desde el punto de vista social y cultural sobre los recursos pesqueros (tanto marinos como continentales) y las zonas de pesca en pequeña escala y las tierras adyacentes, prestando especial atención a los derechos de tenencia de las mujeres.

5.15. Los Estados, deberían dar facilidades, proporcionar capacitación y ayudar a las comuni-dades de pescadores en pequeña escala para que participen y asuman la responsabilidad, tomando en consideración sus sistemas y derechos legítimos de tenencia, de la ordenación de los recursos de los que dependen para su bienestar y que utilizan tradicionalmente para su subsistencia.

6.1. Todas las partes deberían considerar enfoques integrados, ecosistémicos y globales de la ordenación y el desarrollo de la pesca en pequeña escala que tengan en cuenta la complejidad de los medios de vida. Podría ser necesario prestar la debida atención al desarrollo social y económico para garantizar el empoderamiento de las comunidades de pescadores en pequeña escala y para que estas puedan disfrutar de sus derechos humanos.

6.2. Los Estados deberían promover la inversión en la formación de los recursos humanos, en esferas tales como la salud, la enseñanza, la alfabetización, la inclusión digital y otros conocimientos de carácter técnico que generen valor añadido respecto de los recursos pesqueros así como un aumento en la concienciación. Los Estados deberían dar pasos con vistas a velar progresivamente porque los miembros de las comunidades de pescadores en pequeña escala tengan acceso asequible a estos y otros servicios fundamentales por medio de actuaciones nacionales y subnacionales, como por ejemplo una vivienda digna, saneamiento básico seguro e higiénico, agua apta para el consumo para usos personales y domésticos y fuentes de energía.

6.3. Los Estados deberían promover una protección de seguridad social para los trabajadores de pesquerías en pequeña escala. Deberían tener en cuenta para ello las características de las pesquerías en pequeña escala y aplicar sistemas de seguridad en toda la cadena de valor.

7.3. Los Estados deberían impulsar, proporcionar y posibilitar inversiones en infraestructuras, estructuras organizativas y actividades de desarrollo de la capacidad adecuada para ayudar a que el subsector de las actividades posteriores a la captura en la pesca en pequeña escala produzca pescado y productos pesqueros de buena calidad e inocuos, tanto para los mercados nacionales como para los de exportación, de manera responsable y sostenible.

7.4. Los Estados y los asociados para el desarrollo deberían reconocer las formas tradicionales de asociación de los pescadores y...

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