Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 245 de 2018 Cámara, 15 de 2017 Senado - 18 de Mayo de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 723806301

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 245 de 2018 Cámara, 15 de 2017 Senado

Por medio de la cual se declara el Juego al Turmequé (Tejo), como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., 16 de mayo de 2018

Honorable Representante

EFRAÍN TORRES MONSALVO

Presidente

Comisión Segunda de Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Ponencia primer debate Proyecto de ley número 245 de 2018 Cámara y 15 de 2017 Senado.

Respetado Presidente:

Atendiendo el honroso encargo, como ponente de primer debate al Proyecto de ley número 245 de 2018 Cámara y 15 de 2017 Senado, por medio del cual se declara el Juego al Turmequé (Tejo), como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, y se dictan otras disposiciones, nos permitimos presentar el informe de ponencia para someter a consideración de los miembros de la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes, con fundamento en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, en los siguientes términos:

I. TRÁMITE LEGISLATIVO

El presente proyecto de ley fue radicado en la Secretaría General del Senado de la República el día 25 de julio de 2017, de autoría del honorable Senador Antonio Navarro Wolff y la honorable Representante a la Cámara de la República, Sandra Ortiz Novoa y se publicó en la Gaceta del Congreso número 601 de 2017 dentro de los términos de ley. Las ponencias para primero y segundo debate en Senado fueron publicadas respectivamente en las Gacetas del Congreso números 1068 de 2017 y 1196 de 2017, con las ponencias del honorable Senador León Rigoberto Barón Neira.

Fue aprobado en segundo debate por la Plenaria del Senado el 11 de abril de 2018, y radicado en la Cámara de Representantes el 25 de abril de 2018, siendo repartido a la Comisión Segunda de esta Corporación el 4 de mayo de 2018.

El día 7 de mayo de 2018 fuimos designados por la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes para rendir ponencia para primer debate, mediante Oficio número CSCP. 3.2.2.02.694/2108 (IS).

II. CONTENIDO NORMATIVO

El proyecto de ley consta de ocho artículos, incluida la vigencia del mismo, así: Objeto (artículo 1º); Reconocimiento (artículo 2º); Exhorto (artículo 3º); Autorización presupuestal (artículo 4º); Obligaciones de la Alcaldía de Turmequé (Boyacá). (Artículo 5º con un parágrafo); Patrimonio Inmaterial (artículo 6º); Promoción al deporte (artículo 7º con 1 parágrafo) y Vigencia (artículo 8º).

III. CONVENIENCIA DEL PROYECTO

Ad portas de celebrar el bicentenario de aquella gesta libertadora, donde se dio una demostración contundente de lo que puede lograr un pueblo convencido y decidido a defender lo suyo y de haberse erigido como Villa Republicana a la municipalidad boyacense de Turmequé, por su gran apoyo a la causa del grito de independencia del 20 de julio de 1810; se hace necesario y obligado, exhortar al Gobierno nacional el reconocimiento con la Comunidad Turmequense, por su gran aporte a la historia Nacional y el ser cuna de nuestro único deporte Nacional Juego al Turmequé (Tejo), reconocido mediante la Ley 613 de 2000.

En mérito de lo expuesto se presenta el Proyecto de ley número 15 de 2017 Senado, por medio del cual se declara el juego al Turmequé (Tejo), como Patrimonio Cultural inmaterial de la Nación, y se dictan otras disposiciones, que tiene por objeto incluir el Deporte al Turmequé (Tejo) dentro de la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación (LRPCI) y se hagan las respectivas apropiaciones presupuestales con el fin de promover la práctica al Turmequé (Tejo), su profesionalización y la formación de los practicantes de este deporte a través de las escuelas de formación impulsando campeonatos del orden Veredal, Municipal, Distrital, Departamental y Nacional; conforme a la ley antes enunciada.

IV. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Antecedentes

Esta iniciativa legislativa ya había sido presentada por el Senador Manuel Antonio Virgüez Piraquive del Movimiento Independiente de Renovación Absoluta (MIRA), a través del Proyecto de ley número 128 de 2013 de Senado, el cual fue radicado el 16 de octubre de 2013, se publicó al día siguiente, el 17 de octubre de 2013, finalmente se archivó por tránsito de la legislatura el 20 de junio de 2014.

Posteriormente, la preocupación de la comunidad de Turmequé (Boyacá) y teniendo en cuenta la importancia de la práctica del Juego al Turmequé (Tejo) en nuestra sociedad, se insistió en que la misma sea declarada como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, por lo cual se retoma y mejora el trabajo realizado por el Senador Piraquive, al cual se le agradece esta tarea.

De esta forma, el 18 de abril de 2017 se presenta un nuevo Proyecto de ley número 232 de 2017 de Senado, publicado en la Gaceta del Congreso número 237 de 2017, el cual contaba con un articulado y motivación fortalecida, con el fin de visibilizar y resaltar esta tradición ancestral en nuestro país; sin embargo, esta nueva iniciativa fue archivada nuevamente por tránsito de la legislatura, el 20 de julio de 2017, motivo por el cual se presenta de nuevo con el fin de insistir en la exaltación de esta actividad ancestral.

Lo anterior, surge del interés manifestado por parte de la comunidad turmequense, en cabeza de los Vigías de Patrimonio Cultural de este municipio, de lograr la declaración de las manifestaciones, expresiones culturales y deportivas del Juego al Turmequé (Tejo), como patrimonio cultural inmaterial de la nación, y de tal manera incluirlo en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial (LRPCI) con base en la Ley 397 de 1997, el Decreto número 2941 de 2009. Adicionalmente, se busca que se considere la denominación de origen sobre el objeto o elemento con el que se practica el Juego al Turmequé o como se conoce comúnmente ¿Tejo¿.

Posteriormente, se pretende obtener ante instancias internacionales como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Unesco, una merecida y fundamentada declaración como Patrimonio de la Humanidad, de tal manera con esta mención, poder garantizar su protección y salvaguarda definitiva, con base en los parámetros expuestos por la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural de París, del 17 de octubre de 2003.

Por otro lado, se busca promover el reconocimiento de la denominación de origen del elemento ¿Tejo¿, entendida como el nombre o indicación de un lugar geográfico, que puede ser un país o región determinada, que designa un producto que por ser originario de dicha región y por las costumbres de producción o trasformación de sus habitantes, el cual tiene unas características y/o reputación que lo hace diferente de los productos semejantes provenientes de otros lugares geográficos.

Con esta medida se deriva el beneficio de proteger dicho elemento de productores de otras latitudes que pueden usar en provecho propio, el nombre que han creado nuestros nacionales durante años de experiencia. Además, se obtiene la posibilidad de promover el ¿Tejo¿ como un producto con las características de signo distintivo, lo cual permitirá el recaudo de recursos, que en una determinada proporción puedan ser destinados a conservar, promover y divulgar la manifestación y el patrimonio cultural que se viene mencionando, fortaleciendo nuestra identidad local y nacional.

Considerando lo anterior, a continuación se relacionan apartes del texto de investigación elaborado por el Grupo de Vigías de Patrimonio Cultural de Turmequé, el cual evidencia las connotaciones históricas, sociales y culturales que fundamentan la declaración de patrimonio cultural Inmaterial del municipio, del departamento de Boyacá y de la nación, cumpliéndose así los requisitos amparados por la normatividad para efectuar la declaratoria y garantizar la protección, salvaguarda, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación de este patrimonio.

2. Objetivos del proyecto de ley

El objetivo general del proyecto de ley es declarar las manifestaciones y expresiones culturales y deportivas del Juego al Turmequé (Tejo), como Patrimonio Cultural e Inmaterial de la Nación. A través de esta declaratoria, se pretende conseguir los siguientes objetivos específicos:

¿ Proteger y salvaguardar el patrimonio cultural y deportivo del Juego al Turmequé (Tejo).

¿ Reconocer al municipio de Turmequé (Boyacá) como sede principal del Juego al Turmequé (Tejo).

¿ Promocionar el Juego al Turmequé (Tejo) para fortalecer el sentido de pertenencia, arraigo e identidad nacional, de la población turmequense y el pueblo colombiano.

¿ Promover el rescate de la historia y las tradiciones del Juego al Turmequé (Tejo) en materia deportiva.

¿ Autorizar la destinación de las apropiaciones presupuestales para la ejecución de obras de interés social y de utilidad en el municipio.

¿ Promover el reconocimiento de la denominación de origen del elemento ¿Tejo¿.

¿ Apoyar las escuelas de formación para la práctica del deporte Juego al Turmequé (Tejo), con base en la Ley...

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