Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 39 de 2018 Senado - 21 de Agosto de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 737448993

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 39 de 2018 Senado

por la cual se reducen las sanciones para los jóvenes colombianos que tengan la condición de remisos. Bogotá, D. C., 17 de agosto de 2018

Doctor

JAIME DURÁN BARRERA

Presidente

Comisión Segunda Constitucional Permanente

Senado de la República

Ciudad

Asunto: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 39 de 2018 Senado, por la cual se reducen las sanciones para los jóvenes colombianos que tengan la condición de remisos.

Estimado Senador Durán:

En los términos de los artículos 174 y 175 de la Ley 5ª de 1992, y en cumplimiento de la designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda del Senado de la República, me permito presentar informe de ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 39 de 2018 Senado, por la cual se reducen las sanciones para los jóvenes colombianos que tengan la condición de remisos.

ANTECEDENTES DEL PROYECTO

El proyecto de ley del asunto ha sido presentado por el suscrito como autor y por toda la bancada de senadores del Partido Alianza Verde como coautores, para trámite legislativo, y ha sido puesto en consid eración de la Comisión Segunda de Senado para su análisis pertinente.

Este proyecto de ley se encuentra fundamentado en varias razones que como autores exponemos a continuación:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Objetivo:

El presente proyecto de ley es producto de nuestra profunda preocupación ante la situación de casi un millón de jóvenes colombianos, quienes se encuentran atravesando una inexplicable situación en su futuro, que los llevan al desconcierto, la inseguridad y el abandono.

Son los jóvenes de nuestro país, paradójicamente el futuro de este, los que más barreras de acceso tienen a una verdadera igualdad de oportunidades, que le impide casi a la mitad de la población posadolescente, ingresar a la educación superior, obtener un trabajo por falta de experiencia, acceder a créditos de financiación para emprendimiento o educación, entre otras dificultades, que hace que presenten desolación e inseguridad.

Aparte del desconcierto y el estrés que afrontan los jóvenes frente a su futuro inmediato una vez están a punto de graduarse de bachilleres o una vez cumplen la mayoría de edad, se está sumando una barrera, o mejor un gigantesco muro, que es la definición de la situación militar, sin la cual en la práctica es difícil acceder a un trabajo.

Somos conscientes que la Ley 1861 de 2018, por la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización, ha sido una excelente herramienta legal para nuestros jóvenes, que ha prohibido las practicas horrorosas de las famosas batidas sorpresa, ha bajado las multas a los remisos, ha dado un plazo de 18 meses a los jóvenes en su primer empleo para definir su situación militar, entre otros aspectos, pero en los cuales en la práctica aún es necesario seguir fortaleciendo y perfeccionando, en aras de la generación de oportunidades para esta población.

Así por ejemplo, es necesario seguir controlando desde este escenario legislativo y político el temas de las batidas, que pese a estar prohibidas ya en la ley, al parecer aún se siguen llevando a cabo; o revisar el tema de la cuota de compensación militar, la cual sigue siendo muy elevada; o hacer seguimiento y promoción desde el Ministerio...

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