Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Acto Legislativo 01 de 2018 Senado - 24 de Agosto de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 737519217

Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Acto Legislativo 01 de 2018 Senado

por medio de la cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes en lo que reste del período del 2018-2022 y en el período 2022-2026, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 04 de 2018 Senado, por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes. Bogotá, D. C., agosto 24 de 2018

Doctor

EDUARDO ENRÍQUEZ MAYA

Presidente Comisión Primera

Honorable Senado de la República

Ciudad

Asunto: Radicación del Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de Acto Legislativo número 01 de 2018 Senado, por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes en lo que reste del período del 2018-2022 y en el período 2022-2026, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 04 de 2018 Senado, por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes.

Cordial Saludo:

Rindo informe de ponencia para primer debate en la Comisión Primera Constitucional del honorable Senado de la República, conforme a lo establecido en el artículo 153 de la Ley 5ª de 1992.

I. EL TRÁMITE LEGISLATIVO

El 20 de julio de 2018, el Ministro del Interior, Guillermo Rivera Flórez, radicó en Secretaría del Senado un Proyecto de Acto Legislativo, el 01 de 2018, por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes en lo que reste del período del 2018-2022 y en el período 2022-2026.

A su vez, también ese 20 de julio de 2018, los senadores, Alexánder López Maya, Alberto Castilla Salazar, Gustavo Petro Urrego, Feliciano Valencia, Gustavo Bolívar Moreno, Victoria Sandino, Julián Gallo Cubillos, Antonio Sanguino Páez, Iván Cepeda Castro, Griselda Lobo Silva, y los Representantes, Ángela María Robledo, María José Pizarro, Omar de Jesús Restrepo, León Fredy Muñoz, David Racero, Luis Alberto Albán, Jhon Jairo Cárdenas, radicaron en la Secretaría el Proyecto de Acto Legislativo número 04 de 2018, por medio del cual se crean 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes.

La Mesa Directiva de la Comisión Primera del Senado designó como ponentes a los Senadores Roy Barreras (coordinador), José Obdulio Gaviria (coordinador), Miguel Ángel Pinto, Temístocles Ortega, Iván Ñame, Gustavo Petro, Alexánder López, Carlos Guevara, Juan Carlos García y Julián Gallo.

II. LOS PROYECTOS DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 01 Y 04 DE 2018 SENADO

La Carta Política establece que los Representantes a la Cámara son elegidos por y en tres tipos de circunscripciones -excluyentes-:

1. Circunscripción territorial.

2. Circunscripción especial, y

3. Circunscripción internacional. Dentro de las circunscripciones territoriales se eligen 161 representantes; en las especiales dos por comunidades negras, un indígena, uno por minorías [21] y uno por colombianos en el exterior.

Los proyectos de Acto Legislativo acumulados, cuya ponencia se me encomienda, pretenden, por segunda vez -luego del hundimiento del proyecto de Acto Legislativo número 05 de 2017 Senado, en noviembre de 2017, por no alcanzar la mayoría absoluta requerida-, pretenden, digo, que se creen las 16 denominadas ¿circunscripciones transitorias especiales de paz, para la Cámara de Representantes¿, en zonas creadas y delimitadas por los comandantes de ¿frentes¿ de las Farc; llevadas a la Mesa de La Habana por los ¿plenipotenciarios¿ de esa organización terrorista y acogidas en el Acuerdo Final por los ¿plenipotenciarios¿ del presidente Juan Manuel Santos. Regirían dichas circunscripciones creadas por la imaginación ¿fariana¿ para dos periodos constitucionales, 2022 al 2026 y 2026 al 2030.

El Gobierno del Presidente Santos y algunos congresistas que lo respaldaron, hicieron hasta lo imposible por incorporar a la Constitución las 16 espurias circunscripciones de las FARC. Ante la repulsión y consiguiente voto negativo del Senado, llegaron a atacar el principio de separación de poderes y; temerariamente, impetraron acciones de tutela y acciones de cumplimiento en contra del Senado de la República. Quisieron impedir que la corporación ejerciera su tarea legislativa constitucional con autonomía. No cayó el presidente del Senado, doctor Cepeda, en la celada. Las corporaciones judiciales le han dado la razón y han declarado sus pretensiones como abiertamente improcedentes.

III. RAZONES PARA OPONERSE A LOS TÉRMINOS PRETENDIDOS EN LOS PROYECTOS DE AL 01 Y 04 DE 2018 SOBRE ¿CIRCUNSCRIPCIONES TRANSITORIAS ESPECIALES DE PAZ¿

3.1 Generales

¿ Insisten los autores de la iniciativa en agregar al ya de por sí muy maltrecho texto constitucional, o tros 10 artículos transitorios, farragosos y sin técnica legislativa, para crear las curules adicionales que representen los feudos en los que campeó el terrorismo de las FARC -aunque, aclaro, después de la derrota del proyecto en el Senado, el Gobierno Santos y el ponente dieron un giro y comenzaron a hablar de ¿curules para las víctimas¿¿-. Buscando, en fin, concretar la expansión artificial de la bancada FARC en el congreso, los autores de los proyectos pretenden que se consagren reglas especialísimas para la inscripción, elección, financiación y acceso a medios regionales, entre otros injustificados beneficios.

Colombia compite con Venezuela en el manoseo y desnaturalización del texto constitucional. La rigidez y permanencia de la norma superior no existe. Hubo tal catarata de normas en los últimos ocho años, que ya los editores no se atreven a imprimir la carta en papel, puesto que no sabrían qué incorporar. Por ejemplo, ¿rige el llamado Marco Jurídico para la Paz? ¿Es, o no, Acto Legislativo, el que incorporó la reforma judicial promovida por el Ministro Vargas Lleras? No se puede seguir abusando del poder de reforma constitucional agregándole páginas y páginas a la Carta. A la Constitución se le perdió el respeto. Debemos ser nosotros, en este foro de la democracia, quienes enderecemos las cosas. Seguir elevando cualquier normativa a rango constitucional, ratifica la idea de que la constitución es un texto episódico e irrelevante y no la norma de normas. Gran parte del articulado propuesto en estos actos legislativos no son materia constitucional sino de leyes estatutarias. Los abogados de las FARC, maliciosamente, impusieron al Gobierno Santos y a su bancada, el criterio deformado de que la Constitución colombiana valía nada y que sus clientes eran los refundadores de la patria. Ese es el espíritu de los textos que incorporan los acuerdos FARC- Santos a nuestro ordenamiento.

- Reinciden los autores en poner a coincidir las ¿Circunscripciones Transitorias para la Paz¿ con las regiones en donde las FARC, como banda terrorista, sentó sus reales en forma de ¿frentes¿ donde ejerció el uso criminal de la fuerza.

- Usan como carnada a las ¿víctimas del conflicto armado¿ e implementan supuestos mecanismos...

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