Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 223 de 2018 Senado, 095 de 2017 Cámara - 5 de Septiembre de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 738225081

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 223 de 2018 Senado, 095 de 2017 Cámara

por la cual se establece una medida transitoria para la continuidad del servicio de educación superior del país Bogotá, D. C., 4 de septiembre de 2018.

Honorable Senador

ANTONIO LUIS ZABARAÍN GUEVARA

Presidente de la Comisión Sexta

Senado de la República

Asunto: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 095 de 2017 de Cámara, 223 de 2018 Senado, por la cual se establece una medida transitoria para la continuidad del servicio de educación superior del país.

Respetado señor Presidente:

Atendiendo la designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Sexta del honorable Senado de la República como ponente y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 5ª de 1992, me permito rendir informe de ponencia para primer debate al Proyecto de Ley 095 de 2017 de Cámara, 223 de 2018 Senado, por la cual se establece una medida transitoria para la continuidad del servicio de educación superior del país, de acuerdo con los siguientes criterios y de conformidad a lo aprobado en la Sesión Plenaria del día 11 de abril de 2018 de la honorable Cámara de Representantes según consta en las actas de Sesión Plenaria número 280 de abril 11 de 2018.

I. OBJETO

Adicionar un parágrafo transitorio al artículo 61 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 ¿Todos por un nuevo país¿, con el fin de garantizar la continuidad de las becas y créditos a programas no acreditados o de instituciones de educación superior no acreditadas.

II. CONTENIDO

La iniciativa legislativa consta de dos artículos, los cuales desarrollan el objeto de la propuesta, así:

Artículo 1°. Adiciónese un parágrafo transitorio al artículo 61 de la Ley 1753 de 2015, el cual quedará así:

Parágrafo Transitorio. Con el fin de garantizar el acceso y la cobertura a la educación de toda la ciudadanía, se podrán seguir otorgando becas y créditos para cursar programas académicos de educación superior que no cuenten con acreditación o en su defecto programas en instituciones de educación superior no acreditadas institucionalmente. Siempre y cuando los resultados de las pruebas saber PRO de los estudiantes de dicho programa y/o institución sea superior a la media nacional. Después de los dos (2) años siguientes contados a partir de la entrada en vigencia de este parágrafo, se procederá de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8° del presente artículo¿.

Artículo 2°. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

III. TRÁMITE DEL PROYECTO DE LEY

El Proyecto de ley número 095 de 2017 de Cámara, llega a primer debate en Senado tras hacer curso por la Cámara de Representantes con la ponencia en primer debate de la honorable Representante Martha Patricia Villalba Hodwalker, quien rindió informe de ponencia para el primer debate el 12 de septiembre de 2017, según reporta la Gaceta del Congreso número 786 de 2017 y aprobado en primer debate de Cámara el 27 de septiembre de 2017; posteriormente, el 10 de octubre de 2017 se rindió informe de ponencia para segundo debate del Proyecto de ley número 095 de 2017 de Cámara, por parte de los honorables Representantes Martha Patricia Villalba Hodwalker e Iván Darío Agudelo Zapata, como consta en la Gaceta del Congreso número 913 de 2017.

El Proyecto de ley número 095 cumplió su trámite en segundo debate de la Cámara de Representantes en la Sesión Plenaria del día 11 de abril de 2018, en la que se aprobó el texto definitivo con modificaciones según consta en la Gaceta del Congr eso número 267 de 2018 correspondiente al Acta número 279.

A continuación se presentan los cambios entre los textos propuestos y los textos aprobados en primero y segundo debate.

Texto propuesto vs Texto aprobado Comisión Sexta de Cámara de Representantes
Informe de ponencia para primer debate en la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes, honorable Representante Martha Patricia Villalba Hodwalker Texto aprobado en primer debate por la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes
Artículo 1°. Adiciónese un parágrafo transitorio al artículo 61 de la Ley 1753 de 2015, el cual quedará así: Parágrafo transitorio. Con el fin de garantizar el acceso y la cobertura a la educación de toda la ciudadanía, se podrán seguir otorgando becas y créditos para cursar programas
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