Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto al proyecto de ley número 630 de 2021 Cámara, por medio del cual se modifican las Leyes 1682 de 2013, 2069 de 2020, 2046 de 2020 y 81 de 1988; y se establecen medidas en favor del sector agropecuario"" o ""Ley de compromiso integral con el Agro de Colombia - 15 de Junio de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879263819

Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto al proyecto de ley número 630 de 2021 Cámara, por medio del cual se modifican las Leyes 1682 de 2013, 2069 de 2020, 2046 de 2020 y 81 de 1988; y se establecen medidas en favor del sector agropecuario"" o ""Ley de compromiso integral con el Agro de Colombia

Fecha de publicación15 Junio 2021
Número de Gaceta640
Gaceta del conGreso 640 Martes, 15 de junio de 2021 Página 7
1
Bogotá, 15 de junio de 2021
Doctor
JAIR JOSÉ EBRATT DÍAZ
SECRETARIO
Comisión Quinta Constitucional
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Informe de ponencia para primer debate al
Proyecto de Ley No. 630 de 2021 Cámara “Por medio del
cual se modifican las Leyes 1682 de 2013, 2069 de 2020,
2046 de 2020 y 81 de 1988; y se establecen medidas en
favor del sector agropecuario” o “Ley de compromiso
integral con el Agro de Colombia”.
Respetado Secretario,
Atendiendo la honrosa designación hecha por la Mesa Directiva de la Comisión
Quinta Constitucional de la Honorable Cámara de Representantes y con base en lo
establecido en los artículos 144, 150 y 156 de la Ley 5° de 1992, me permito rendir
informe de ponencia para primer debate del Proyecto de Ley N°. 630 de 2021
Cámara “Por medio del cual se modifican las Leyes 1682 de 2013, 2069 de 2020,
2046 de 2020 y 81 de 1988; y se establecen medidas en favor del sector
agropecuario” o “Ley de compromiso integral con el Agro de Colombia”.
TRÁMITE DE LA INICIATIVA
El pasado 2 de junio de 2021 fue radicado en la Secretaría General de la Cámara, el
Proyecto de Ley No. 630 de 2021 Cámara. La iniciativa tiene como autores a los
siguientes: H.R. Rodrigo Arturo Rojas Lara, H.R. Luciano Grisales Londoño, H.R.
Ángel María Gaitán Pulido, H.R. Flora Perdomo Andrade, H.R. Alejandro Carlos
Chacón, H.R. Crisanto Pisso Mazabuel y al H.S. Guillermo García Realpe.
2
Por designación de la Mesa Directiva de la Honorable Comisión Quinta Constitucional
de la Cámara fueron nombrados como ponentes para el estudio de esa iniciativa
legislativa a los Honorables Representantes Flora Perdomo Andrade, Crisanto Pisso
Mazabuel y Luciano Grisales Londoño.
1. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY
La iniciativa en estudio tiene por objeto principal establecer una política adecuada
para el control y vigilancia de los precios de los insumos necesarios para el sector
agropecuario, con el propósito de que los altos precios e incrementos constantes no
afecten la actividad productiva de los campesinos. Asimismo, en la propuesta se
establecen medidas en favor del sector agropecuario de Colombia con el propósito
de fortalecerlo y tecnificarlo, articulando esta iniciativa con algunas adiciones y
modificaciones a la normatividad vigente en el ordenamiento jurídico colombiano.
Entre las modificaciones introducidas al ordenamiento jurídico se encuentran la Ley
de Infraestructura de transporte para impulsar el despliegue y mejoramiento de la
infraestructura vial necesaria para garantizar la seguridad alimentaria, al establecer
como principio de la ley de infraestructura vial la conectividad. Ello con el fin de
lograr la priorización de mantenimiento y despliegue en las zonas rurales de esos
territorios y de aquellos lugares donde se requieran vías para la comercialización de
productos del sector agropecuario. De igual forma se modifica la Ley de
Emprendimiento y la de participación de pequeños productores locales
agropecuarios y de la agricultura campesina, familiar y comunitaria en los mercados
de compras públicas de alimentos.
Finalmente, dentro de este proyecto de ley se busca establecer permanentemente
medidas ya adoptadas por el Gobierno Nacional en el marco del estado emergencia
económica, social y ecológica como la de la exención del impuesto sobre las ventas
IVA para insumos para el sector agropecuario; así como implementar una medida
de tecnificación del sector agropecuario, en la que el Gobierno Nacional y las
Entidades Territoriales promoverán la búsqueda de inversiones en Ciencia,
Tecnología e Innovación para el sector agropecuario.
2. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE LEY
Este proyecto corresponde a un desarrollo de lo que ya el constituyente desde 1991,
había dejado consagrado en el rango de norma constitucional. En ese sentido, nos
remitimos al plexo de la carta política en donde algunos de sus artículos son diáfanos
3
cuando establecen como uno de los fines del Estado, el de proteger y promover el
desarrollo de las actividades agropecuarias, aparejado con un efectivo desarrollo de
la infraestructura adecuada que permita la óptima ejecución de toda la cadena de
producción (como lo es la tecnificación, vías, entre otros), con el objetivo de mejorar
las condiciones de los campesinos de Colombia en todo sentido, entre ellas su
tecnificación, su producción, distribución y por supuesto de su condiciones de vida.
Se habla concreta y expresamente de los artículos 64, 65, 79 y 80, que rezan:
ARTÍCULO 64. Es deber del Estado promover el acceso progresivo a
la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o
asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social,
recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productos,
asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y
calidad de vida de los campesinos.
ARTÍCULO 65. La producción de alimentos gozará de la especial protección
del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de
las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y
agroindustriales, así como también a la construcción de obras de
infraestructura física y adecuación de tierras.
De igual manera, el Estado promoverá la investigación y la
transferencia de tecnología para la producción de alimentos y
materias primas de origen agropecuario, con el propósito de
incrementar la productividad.
()
ARTÍCULO 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de
los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su
conservación, restauración o sustitución.
Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental,
imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.
Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas
situados en las zonas fronterizas.”
En ese camino de materializar los objetivos y fines del estado, plasmados en la
Constitución, resulta necesario adoptar una serie de medidas, en este caso
legislativas, para que el campo-agro y toda su cadena de valor cuenten con
herramientas jurídicas que aúnen esfuerzos del Gobierno Nacional, de las entidades
territoriales y en general de los actores sociales, para permitir que la actividad
agropecuaria pueda ser desarrollada de manera sostenible y rentable, que además
impulse a Colombia para ser competitivo en el mercado internacional.
Con este proyecto lo que se pretende es ofrecer instrumentos para la reactivación
del agro colombiano y mitigar el impacto negativo que ha dejado el COVID-19, pues
4
los retos pos-pandemia que deberá enfrentar el país y el sistema económico son
mayúsculos, y si se quiere tener una óptima y efectiva reactivación de uno de los
sectores más relevantes de la economía nacional deben tomarse medidas como las
que se proponen en el texto del articulado.
Relevancia del Sector Agro:
Las cifras del mismo Gobierno Nacional a través del Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural dan cuenta del gran potencial que tiene Colombia en este sector,
pues el Documento de Memorias al Congreso de la República de Colombia 2019
2020, resalta que el país tiene cerca de 40 millones de hectáreas de frontera agrícola
(400 mil kilómetros cuadrados, casi la superficie de países como Japón, Alemania,
Italia y otra centena de países en el mundo), de las cuales cerca de 8 millones están
destinadas para desarrollar económicas agrícolas, pecuarias, forestales y de
acuicultura y pesca, lo que convierte a Colombia en una potencia para ser despensa
de alimentos no solo a nivel nacional sino del mundo, esto sin afectar la fauna y
flora de las áreas protegidas en esta frontera agrícola.
Asi mismo, en dicho informe se alude a que 11 millones de colombianos (cerca del
22% de la población total del país), son los que residen y dependen laboral y
económicamente de este importante sector, razón más que suficiente para que todas
las acciones y estrategias que ayuden a generar estabilidad y buenas condiciones
sean aprobadas por el congreso y adoptadas por el gobierno nacional. Pues, además
debe tenerse en cuenta que no se estarían beneficiando solo los campesinos
productores, sino que se estaría generando una garantía para todo el país que
demanda diariamente de estos productos, pues además son en su inmensa mayoría
bienes de primera necesidad.
Frente al crecimiento según datos de la cartera de Agricultura, durante el primer
trimestre del año 2020 (antes de la pandemia) el sector había crecido un 6,8%
jalonando la economía del país, ubicándose 5,7 puntos porcentuales por encima del
PIB que presentó un crecimiento de 1,1%.
Más recientemente, según consideraciones del Decreto 682 de 2020, se establece
que de acuerdo al informe titulado "Propuesta sectorial de aislamiento inteligente:
Balance entre riesgo de salud e importancia económica" elaborado por el Ministerio
de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Política Macroeconómica, el
sector agropecuario aporta el 7.4% del PIB, generando un 15.8% del total de
empleos a nivel nacional, así como el abastecimiento de alimentos para toda la
población, con lo cual el gobierno resalta la importancia del sector en la economía
nacional.
PONENCIAS
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 630
DE 2021 CÁMARA
por medio del cual se modican las Leyes 1682 de 2013, 2069 de 2020, 2046 de 2020 y 81 de 1988; y
se establecen medidas en favor del sector agropecuario” o “Ley de compromiso integral con el Agro de
Colombia”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR