Informe de ponencia para primer debate en Senado y texto propuesto al Proyecto de ley número 303 de 2020 Senado, 106 de 2019 Cámara, por medio del cual se autoriza el uso de plantas de beneficio móviles para el sacrificio y faenado de las especies de animales que han sido declaradas como aptas para el consumo humano - 25 de Marzo de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264140

Informe de ponencia para primer debate en Senado y texto propuesto al Proyecto de ley número 303 de 2020 Senado, 106 de 2019 Cámara, por medio del cual se autoriza el uso de plantas de beneficio móviles para el sacrificio y faenado de las especies de animales que han sido declaradas como aptas para el consumo humano

Fecha de publicación25 Marzo 2021
Número de Gaceta183
Gaceta del Congreso 183 Jueves, 25 de marzo de 2021 Página 5
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE EN SENADO PROYECTO DE LEY
NÚMERO 303 DE 2020 SENADO, 106 DE 2019 CÁMARA
por medio del cual se autoriza el uso de plantas de benecio móviles para el sacricio y faenado
de las especies de animales que han sido declaradas como aptas para el consumo humano.
PONENCIA PARA PRIMER EN SENADO DEBATE PROYECTO DE LEY
NÚMERO 303 2020 SENADO, 106 -2019 CÁMARA
“Por medio de la cual se autoriza el uso de plantas de beneficio móviles para el sacrificio
y faenado de las especies de animales que han sido declaradas como aptas para el
consumo humano
Bogotá, D.C 05 marzo de 2021
Doctor
JOSÉ RITTER LÓPEZ
Presidente
Comisión Séptima Constitucional Permanente Senado de la República
E. S. D.
Asunto: Ponencia para segundo debate proyecto de ley No 303 2020 Senado, 106 - 2019
Cámara Proyecto de Ley “Por medio de la cual se autoriza el uso de plantas de beneficio
móviles para el sacrificio y faenado de las especies de animales que han sido declaradas
como aptas para el consumo humano.
Respetado Presidente,
De conformidad con 678,-lo dispuesto por la Ley 5ª de 1992 y dando cumplimiento a la
designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Séptima de Senado, como
ponentes de esta iniciativa legislativa, nos permitimos rendir Informe de Ponencia
POSITIVA para Primer Debate del Proyecto de Ley No. 303 2020 Senado, 106 de 2019
Cámara Proyecto de Ley “Por medio de la cual se autoriza el uso de plantas de beneficio
móviles para el sacrificio y faenado de las especies de animales que han sido declaradas
como aptas para el consumo humano:
1. Antecedentes de la Iniciativa
2. Objeto y Justificación del Proyecto
3. Marco Jurídico
4. Consideraciones sobre el Proyecto de Ley
5. Texto Aprobado Plenaria Cámara
6. Modificaciones al Texto
7. Texto Propuesto para primer debate
8. Proposición
1. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA
El Proyecto de Ley No. 106 de 2019 Cámara fue radicado el 30 de julio de 2019 en la
Secretaría General de la Cámara de Representantes. Son autores del Proyecto los
Honorables Representantes Jairo Giovany Cristancho, Carlos Eeduardo Acosta, Yenica
Sugein Acosta, Mónica Liliana Valencia, Henry Fernando Correal, Gustavo Londoño, Jhon
Arley Murillo, Juan Diego Echavarria, Enrique Cabrales y otras firmas. El texto original
radicado fue publicado en la Gaceta del Congreso No. 699 de 2019,
El proyecto de ley de fue presentado ante la Comisión Séptima de la Cámara de
Representantes, Posteriormente, el día 06 de octubre de 2019 su reparto decidió que su
trámite debía darse en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes y el día 27 de
agosto de 2019 fueron designados como ponentes los Honorables Representantes a la
Cámara Jairo Giovany Cristancho Tarache y Jorge Enrique Benedetti.
El día 10 de diciembre de 2019 fue aprobado por la Comisión Séptima de la Cámara de
Representantes por la totalidad de sus integrantes, y dentro de este marco se incluyó como
ponente a la H.R Jairo Reinaldo Cala Suarez.
Su trámite en Cámara de Representantes se materializó el día 15 de septiembre de 2020, el
Proyecto de Ley surtió su último debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes,
según consta en la Gaceta 980 de 2020.
Al momento de presentación no se ha solicitado concepto a las entidades toda vez que el
proyecto tuvo cambios importantes durante su trámite en Cámara de Representantes. Se
presentó consenso entre los ponentes y el Gobierno Nacional, por tal razón no se modifica
el texto aprobado en cámara.
2. OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO
Este proyecto de ley tiene por objeto autorizar el uso de plantas de beneficio móviles para
el sacrificio y faenado de las especies animales que han sido declaradas aptas para el
consumo humano.
El proyecto consta de seis artículos incluidos la vigencia, el primero de ellos es el objeto
del proyecto, el segundo es la autorización del uso de las plantas de beneficio móviles, el
tercero es un plazo que se le da al Gobierno Nacional para reglamentar la implementación y
funcionamiento de las plantas de beneficio móviles, el cuarto busca garantizar la ausencia
de sufrimiento en el sacrificio de las especies aptas para el consumo humano, el quinto
busca establecer la destinación de recursos para la compra de equipos de plantas de
beneficio móviles para el sacrifico y faenado de especies animales por parte de municipios
de cuarta y quinta categoría y el sexto establece la vigencia y derogatorias.
3. MARCO JURÍDICO
El Articulo 78 de la Constitución Política de Colombia establece la obligación a cargo del
Estado de regular el control de la calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la
comunidad señalando que “(…) Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la
producción y en la comercialización de bienes y servicios atenten contra la salud, la
seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. (…)”
Decreto 1036 de 1991, Por medio del cual se establece la clasificación de los mataderos en
el país
Ley 170 de 1994, el acuerdo de la Organización Mundial del Comercio, el cual contiene,
entre otros, el “Acuerdo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias” y el “Acuerdo sobre
obstáculos técnicos al comercio” que reconocen la importancia de que los países miembros
adopten medidas necesarias para la protección de la salud y vida de las personas, los
animales, las plantas y preservación del miedo ambiente y para la protección de los
intereses esenciales en materia de seguridad de todos los productos, comprendidos los
industriales y agropecuarios, dentro de los cuales se encuentran, los reglamentos técnicos.
Artículo 34 de la ley 1122 de 2077 dispuso que es competencia exclusiva del Instituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos Invima, la inspección, vigilancia y
control de las plantas de beneficio animales.
Decreto 1500 de 2007 creó el sistema oficial de inspección, vigilancia y control de carne,
cuya finalidad es proteger la vida, la salud humana, el ambiente y prevenir prácticas que
afecten a los consumidores de carne animal.
Decreto 2270 de 2012 por medio de la cual se actualizo el Sistema Oficial de Inspección,
Vigilancia y control de la Corte y Productos Cárnicos Comestibles, destinados para el
consumo humano en todo el territorio nacional, establecido en el Decreto 1500 de 2007
Decreto 3600 de 2007 y 4066 de 2008 del ministerio del medio ambiente, índice de
Ocupación e índice de Construcción.
4. CONSIDERACIONES SOBRE EL PROYECTO DE LEY
La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación FAO, ha afirmado que la
carne ha sido considerada como una de las causas de las enfermedades humanas de origen
alimentario, por esta razón se inicia por parte del Gobierno Nacional la adopción de
políticas que mitiguen el impacto de estas enfermedades en los consumidores.
Por su parte, el Instituto Nacional de Salud, ha establecido que las enfermedades
transmitidas por alimentos - ETA, se producen por la ingestión de alimentos y/o bebidas
contaminados con microorganismos patógenos que afectan la salud del consumidor en
forma individual o colectiva.
1
Y ha determinado que estas constituyen un importante
problema de salud pública debido al incremento en su ocurrencia. “(…) la incidencia de
estas enfermedades es un indicador directo de la calidad higiénico-sanitaria de los
alimentos y se ha demostrado que la contaminación de estos puede ocurrir durante su
procesamiento o por el empleo de materia prima contaminada, pues algunas bacterias
patógenas para el hombre forman parte de la flora normal de las aves, cerdos y ganado
2
La Organización Mundial de la Salud OMS, en relación con las Plantas de Beneficio
Animal, resalta la importancia de promover en estas un proceso de producción seguro e
inocuo, bajo la implementación de estándares sanitarios que garanticen a los consumidores
productos cárnicos de la más alta calidad, al mismo tiempo que garantiza la competitividad
de la producción a nivel nacional e internacional.
Actualmente en Colombia la cadena cárnica o sector primario por parte de los productores
en la cual se define como la cría primeramente, levante, ceba, feria y transporte a los
centros autorizados para sacrificio de especies autorizadas para consumo humano.
Las plantas de beneficio reducen los riesgos de enfermedades profesionales y de accidentes
de trabajo, eliminándose lugares inseguros, pasos peligrosos y materiales en los pasillos,
adicionalmente aumenta la producción, mientras mejora la distribución y disminuyen los
tiempos de proceso y se aceleran los flujos.

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