Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto al Proyecto de ley número 376 de 2021 Senado, por medio de la cual se honra a las víctimas del Covid-19 en el país - 15 de Abril de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264647

Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto al Proyecto de ley número 376 de 2021 Senado, por medio de la cual se honra a las víctimas del Covid-19 en el país

Fecha de publicación15 Abril 2021
Número de Gaceta283
Página 4 Jueves, 15 de abril de 2021 Gaceta del conGreso 283
FELICIANO VALENCIA
Senador de La República
Circunscripción Especial Indígena
Bogotá D.C., Edificio Nuevo del Congreso, Carrera 7 N° 8 68, Oficinas 601 630B
Teléfono 382 3682 382 4190; Celular 313 394 92 51
felicianovalenciasenado@gmail.com
11
6. Proposición
Con base en las anteriores consideraciones, solicito a la Comisión Segunda del Senado de la República
aprobar el Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de Ley Proyecto de Ley N° 358 de 2020
Senado, 110 de 2020 Cámara Por la cual se establece el primero (1°) de agosto, día de la emancipación del
pueblo raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, como el Día Nacional del
Pueblo Raizal, con las modificaciones propuestas.
Del congresista,
__________________________
FELICIANO VALENCIA MEDINA
Senador de la República
Circunscripción Especial Indígena
Movimiento Alternativo Indígena y Social MAIS
FELICIANO VALENCIA
Senador de La República
Circunscripción Especial Indígena
Bogotá D.C., Edificio Nuevo del Congreso, Carrera 7 N° 8 68, Oficinas 601 630B
Teléfono 382 3682 382 4190; Celular 313 394 92 51
felicianovalenciasenado@gmail.com
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TEXTO PROPUESTO PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 358 DE 2020 SENADO,
110 DE 2020 CÁMARA
“Por la cual se establece el Primero (1) de Agosto, día de la emancipación del Pueblo Raizal del
Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, como el Día Nacional del Pueblo Raizal
El Congreso de la República de Colombia
DECRETA
Artículo 1. Establézcase el Primero (1°) de agosto de cada anualidad, día de la emancipación del Pueblo
Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, como el Día Nacional del Pueblo
Raizal.
Artículo 2. En homenaje a los Ciento ochenta y siete (187) años de la primera emancipación de los
esclavizados en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, ocurrida el 1° de agosto de
1834, y en reconocimiento a los aportes significativos del Pueblo Raizal a la construcción de la Nación
Colombiana y la Soberanía en el Mar Caribe, se desarrollará una campaña de conmemoración de este
pueblo ancestral, cuya coordinación estará a cargo del Gobierno nacional, en conjunto con las entidades
departamentales y municipales y de la instancia de representación y participación del Pueblo Raizal dentro
de los límites del Estado Colombiano.
Artículo 3. El Gobierno nacional queda autorizado para efectuar las apropiaciones presupuestales
necesarias y realizar los traslados requeridos para el cumplimiento de la presente ley.
Artículo 4. La presente ley rige a partir de su promulgación y sanción.
Del congresista,
__________________________
FELICIANO VALENCIA MEDINA
Senador de la República
Circunscripción Especial Indígena
Movimiento Alternativo Indígena y Social MAIS
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
376 DE 2021 SENADO
por medio de la cual se honra a las víctimas del
Covid-19 en el país.
1
Bogotá D.C., 14 de abril de 2021
Honorable
MESA DIRECTIVA
Comisión Segunda Constitucional Permanente
HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
Ciudad.
Ref.: Ponencia para primer debate al Proyecto de Ley No 376 de 2021 Senado
Por medio de la cual se honra a las víctimas del covid-19 e n el país”
Respetados señores:
Cumpliendo con el honroso encargo que nos hiciera la Mesa Direct iva de la
Comisión y de conformidad con lo señalado en el artículo 153 de la Ley 5 de 1992,
procedemos a someter a consideración de los integrant es de la Comisión Segunda
Constitucional Permanente, el informe de ponencia p ara primer debate al Proyecto
de Ley Nº 376 de 2021 Senado Por medio de la cual se honra a las v íctimas del
covid-19 en el país”, en los siguientes términos:
1. TRÁMITE
Este proyecto de ley ordinaria fue presentado en esta legislatura , por el Honorable
Senador Andrés García Zuccardi. Su publicac ión se surtió en la Gaceta del
Congreso No. 16 de 2021.
2. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL
La presente iniciativa tiene fundamento constitucional en el artículo 150, numeral 15
que faculta al Congreso para decretar honores a los ciudadanos que hayan prestado
servicios a la patria, numeral que sirve de f undamento para las denominadas leyes
de honores como la presente.
De igual manera, la iniciativa legislativa de los congr esistas, tiene su asidero
constitucional en el artículo 154 de la Carta F undamental.
3. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
2
La Organización Mundial de la Salud señala 1 que La COVID-19 es la enfermedad
causada por el nuevo coronavirus conocido como SARS-CoV -2. Afirma la
Organización al interior de su sitio web que tuvo noticia por prim era vez de la
existencia de este nuevo virus el 31 de dici embre de 2019, al ser informada de un
grupo de casos de «neumonía vírica» que se habían declarado en Wuhan
(República Popular China).
Si bien se estima que más del 80% de los contagia dos con este virus se recuperan
de la enfermedad sin que sea necesario su tratamiento hospitalar io, cerca del 15%
desarrollan una enfermedad grave y requieren oxígeno , restando un 5% que llega
a un estado crítico y precisa de cuidados intens ivos.
Menciona la OMS que entre las complicaciones que p ueden llevar a la muerte se
encuentran la insuficiencia respiratoria , el síndrome de dificultad respiratoria aguda,
la septicemia y el choque septicémico, la tr omboembolia y/o la insuficiencia
multiorgánica, incluidas las lesiones cardíacas , hepáticas y renales.
Se afirma en la justificación del proyecto de ley, que el 30 de enero de 2020, d urante
la reunión del Comité de Emergencias convocado por el Director G eneral de la
Organización Mundial de la Salud (OMS) , se declaró como emergencia de salud
pública de importancia internacional (ESPII )2 en virtud del Reglamento Sanitario
Internacional, lo que equivale a la palabr a pandemia, de acuerdo con definición del
diccionario de la RAE3
1. f. Med. Enfermedad epidémica que se extiende a muc hos países o
que ataca a casi todos los individuos de una localid ad o región.
1 https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/question-and-answers-hub/q-a-
detail/coronavirus-disease-covid-19
2 https://www.who.int/es/news/item/30-01-2020-statement-on-the-second-meeting-of-the-international-health-
regul ations-(2005)-emergency-committee-regarding-the-outbreak-of-novel-coronavirus-(2019-ncov)
3 https://dle.rae.es/pandemia?m=form

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