Informe de ponencia para primer debate, modificaciones propuestas y texto propuesto al Proyecto de Ley número 428 de 2020 Cámara, por medio de la cual se crea el servicio social obligatorio microempresarial en los establecimientos oficiales y privados de educación formal en los niveles de educación media y educación superior y se dictan otras disposiciones - 19 de Marzo de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879265023

Informe de ponencia para primer debate, modificaciones propuestas y texto propuesto al Proyecto de Ley número 428 de 2020 Cámara, por medio de la cual se crea el servicio social obligatorio microempresarial en los establecimientos oficiales y privados de educación formal en los niveles de educación media y educación superior y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación19 Marzo 2021
Número de Gaceta156
PONENCIAS
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE PROYECTO DE LEY NÚMERO 428
DE 2020 CÁMARA
por medio de la cual se crea el servicio social obligatorio microempresarial en los establecimientos
ociales y privados de educación formal en los niveles de educación media y educación superior
y se dictan otras disposiciones.
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 156 Bogotá, D. C., viernes, 19 de marzo de 2021 EDICIÓN DE 24 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
PROYECTO DE LEY NO. 428 DE 2020 CÁMARA
“POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO
MICROEMPRESARIAL EN LOS ESTABLECIMIENTOS OFICIALES Y PRIVADOS DE
EDUCACIÓN FORMAL EN LOS NIVELES DE EDUCACIÓN MEDIA Y EDUCACIÓN
SUPERIOR Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
Bogotá D.C., 15 de marzo de 2021.
Doctora
ADRIANA G ÓMEZ MILLÁN
Vicepresidenta
Comisión Sexta Constitucional Permanente
HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
Ciudad.
Asunto: Informe de ponencia para primer debate del Proyecto de Le y No. 428 de 2020 Cámara “Por
medio de la cual se crea el servicio social obligatorio microempresarial en los establecimientos
oficiales y privados de educación formal en los niveles de educación m edia y educación superior y
se dictan otras disposiciones.
Respetada Vicepresidenta:
En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Sexta
Constitucional de la Cámara de Representantes y de conformidad con lo establecido en el
Artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, procedemos a rendir informe de ponencia para primer
debate en Cámara del proyecto de ley No. 428 de 2020 Cámara, en los siguientes términos:
I. TRÁMITE
El proyecto fue presentado ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes por
el honorable representante Héctor Vergara Sierra.
La publicación del proyecto de ley se surte en la Gaceta del Congreso No. 1000 de 2020
Cámara.
Se designan como ponentes para primer debate por parte de la Mesa Directiva de la
Comisión Sexta de Cámara a los representantes Oswaldo Arcos Benavides (Coordinador),
y a los representantes Martha Villalba y Esteban Quintero.
ll. OBJETO
La presente ley tiene por objeto crear el servicio social obligatorio microempresarial en
todos los establecimientos oficiales y privados de educación formal en los niveles de
educación media y educación superior, como estrategia de alfabetización financiera para
micros y pequeños empresarios, lo cual mejore su formación económica, contable y
financiera y les permita acceder a la formalización, al acceso a créditos y aumente su
productividad.
III. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
3.1. JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA
Señala el autor en la exposición de motivos lo siguiente:
En Colombia, según cifras del Departamento Nacional de Estadística-DANE, las Mipymes
representan más del 90% del sector productivo nacional, producen el 80% de los empleos
en el país y generan el 35% del Producto Interno Bruto, sin duda alguna son el principal
motor de la actividad productiva, Sin embargo, desde hace muchos años este primordial
sector empresarial se ha venido caracterizando por presentar ciclos de vida
sustancialmente cortos e indicadores de fracaso significativamente altos. El periodo de vida
de las Mipymes en el país se torna reducido por múltiples factores, entre los cuales el más
relevante está representado en la falta de acceso a fuentes de financiamiento sostenibles
que le permitan mantener su ciclo productivo.
Diferentes estudios desarrollados por Asociaciones como Acopi y como Bancoldex, arrojan
que la principal causa del no acceso a fuentes de financiamiento adecuadas por parte de
las Mipymes en Colombia, está representada en el bajo nivel de conocimiento en materia
económica y financiera por parte de este tipo de empresas, factor que les impide aprovechar
las distintas opciones de financiamiento que les ofrece el mercado.
La falta de alfabetización financiera en este importante sector empresarial se ve reflejada
principalmente en limitaciones para identificar cuál es la mejor manera de financiarse y en
la insuficiencia de cumplimiento de los requisitos técnicos para determinadas líneas de
financiación, lo cual genera la toma de malas decisiones que en una corta línea de tiempo
las lleva al fracaso, principalmente dentro de sus cinco (5) primeros años de vida. En
Colombia, las Mipymes tienen una probabilidad del 70% de fracasar en los primeros cinco
años.
Así mismo la falta de educación financiera ha generado que los micros, pequeños y
medianos empresarios apalanquen sus negocios con recursos propios, crédito con

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