Informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley número 336 y 126 de 2020 Cámara proyecto de ley número 126 de 2020, Pliego de modificaciones y Texto propuesto por medio de la cual se prohíbe en el territorio nacional la utilización de la Técnica de Fracturamiento Hidráulico Multietapa con Perforación Horizontal - FH-PH (""Fracking"") para la exploración y explotación de recursos naturales no renovables de hidrocarburos en roca generadora de yacimientos no convencionales acumulado con el 336 de 2020 Cámara por medio del cual se prohíbe en el territorio nacional la exploración y/o explotación de los Yacimientos No Convencionales (YNC) de hidrocarburos y se dictan otras disposiciones - 6 de Abril de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879266657

Informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley número 336 y 126 de 2020 Cámara proyecto de ley número 126 de 2020, Pliego de modificaciones y Texto propuesto por medio de la cual se prohíbe en el territorio nacional la utilización de la Técnica de Fracturamiento Hidráulico Multietapa con Perforación Horizontal - FH-PH (""Fracking"") para la exploración y explotación de recursos naturales no renovables de hidrocarburos en roca generadora de yacimientos no convencionales acumulado con el 336 de 2020 Cámara por medio del cual se prohíbe en el territorio nacional la exploración y/o explotación de los Yacimientos No Convencionales (YNC) de hidrocarburos y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación06 Abril 2021
Número de Gaceta224
Página 6 Martes, 6 de abril de 2021 Gaceta del Congreso 224
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PONENCIAS
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 336 Y 126 DE 2020 CÁMARA
PROYECTO DE LEY NÚMERO 126 DE 2020
por medio de la cual se prohíbe en el territorio
nacional la utilización de la Técnica de
Fracturamiento Hidráulico Multietapa con
Perforación Horizontal – FH-PH (“Fracking”) para
la exploración y explotación de recursos naturales no
renovables de hidrocarburos en roca generadora de
yacimientos no convencionales.
ACUMULADO CON EL 336 DE 2020
CÁMARA
por medio del cual se prohíbe en el territorio
nacional la exploración y/o explotación de
los Yacimientos No Convencionales (YNC) de
hidrocarburos y se dictan otras disposiciones.
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DEL
PROYECTO DE LEY 336 Y 126 DE 2020 CÁMARA
Proyecto Ley 126 de 2020 “Por medio de la cual se prohíbe en el territorio nacional la utilización de la
Técnica de Fracturamiento Hidráulico Multietapa con Perforación Horizontal FH-PH (Fracking)
para la exploración y explotación de recursos naturales no renovables de hidrocarburos en roca
generadora de yacimientos no convencionales” acumulado con el 336 de 2020 Cámara. “Por medio del
cual se prohíbe en el territorio nacional la exploración y/o explotación de los Yacimientos No
Convencionales (YNC) de hidrocarburos y se dictan otras disposiciones”
Bogotá D.C., marzo 24 de 2021.
Honorable Representante
LUCIANO GRISALES
Presidente
Comisión Quinta
MARA DE REPRESENTANTES
Ciudad.
Referencia: Informe de ponencia para primer debate del
Proyecto de Ley 126 de 2020 acumulado con el 336 de 2020
Cámara
Respetado Presidente,
En cumplimiento del encargo hecho por la Honorable Mesa Directiva de l a Comisión Quinta de la Cámara
de Representantes y de conformidad con lo establecido en el Artículo 156 de la Ley 5ªde 1992, procedemos
a rendir informe de ponencia para primer debate del Proyecto Ley 126 de 2020 “Por medio de la cual se
prohíbe en el territorio nacional l a utilización de la Técnica de Fracturamiento Hidráulico Mu ltietapa con
Perforación Horizontal FH-PH ( Fracking), para la exploración y explotación de recursos naturale s no
renovables de hidrocarburos en roca gene radora de yacimientos no convencionales” ac umulado con el 336
de 2020 Cámara. “Por medio del cual se prohíbe en el territorio nacional la exploración y/o explotación de
los Yacimientos No Convencionales (YNC) de hidrocarburos y se dictan otras disposiciones”. El Informe
de Ponencia se rinde en los siguientes término s:
Gaceta del Congreso 224 Martes, 6 de abril de 2021 Página 7
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Tabla de contenido
1 Trámites de la Iniciativa. .....................................................................................................................3
2. Objeto del Proyecto ..............................................................................................................................3
3. Introducción ........................................................................................................................................5
4. Justificación ...................................................................................................................................... 10
5. Obtención de energía a partir de hidrocarburos en la coyuntura de la crisis climática .................. 10
a. La crisis climática y el Acuerdo de París .................................................................................... 11
i. Tasa de Retorno Energética y declinación de YNC .................................................................... 11
ii. El gas metano no es el combustible de la transición ................................................................... 12
iii. Reservas en Colombia: uso para la transición ............................................................................. 13
b. La prohibición del fracking y YNC como elemento imprescindible de la transición .............. 14
6. Los YNC frente a la explotación convencional de hidrocarburos .................................................... 14
a. Prohibiciones especificas del proyecto de ley. ............................................................................. 15
b. Explicación sencilla de qué son los YNC y el fracking ............................................................... 15
i. Mayor cantidad de pozos, mayor cantidad de fallas ................................................................... 16
ii. Abandono de pozos inadecuado, impactos a perpetuidad ........................................................... 16
c. Impactos en el ambiente ............................................................................................................... 17
i. Escala de explotación y uso excesivo de agua, arena y tierra ..................................................... 17
ii. Impactos por uso de altos volúmenes de arena ........................................................................... 19
iii. Contaminación y Radiactividad .................................................................................................. 20
iv. Amenaza sísmica ........................................................................................................................ 21
d. Impactos en la Salud Pública ....................................................................................................... 21
e. Impactos sociales .......................................................................................................................... 23
i. Fracking y explotación de gas en mantos de carbón en regiones golpeadas por la violencia ...... 23
ii. YNC estimularán los conflictos socioambientales ...................................................................... 24
7. Contexto económico: la transición energética no requiere de crudos No Convencionales ............. 24
a. Seguridad Energética y Reservas Petroleras en Colombia ........................................................ 24
b. Contribución del sector extractivista al cre cimiento y desarrollo de la economía ................... 25
i. Colombia en el mercado internacional........................................................................................ 25
ii. Sector de hidrocarburos en la economía nacional ....................................................................... 27
iii. Participación en la economía. ..................................................................................................... 27
iv. Comercio exterior colombiano ................................................................................................... 28
c. Aporte del sector petrolero a las finanzas públicas .................................................................... 29
i. Regalías ...................................................................................................................................... 31
ii. Aporte a la generación de empleo ............................................................................................... 33
d. Países y provincias que han prohibido o declarado moratoria sobre el fracking .................... 35
e. Moratoria judicial en Colombia .................................................................................................. 39
f. Los Proyectos Pilotos de Investigación Integra l no son de carácter científico y sería n utilizados
con fines netamente comerciales.......................................................................................................... 40
8. Conclusiones...................................................................................................................................... 42
7. PLIEGO DE MODIFICACIONES. .................................................................................................. 47
7. PROPOSICIÓN. ................................................................................................................................ 58
Bibliografía ................................................................................................................................................ 63
1 TRÁMITES DE LA INICIATIVA.
El Proyecto de Ley 336 de 2020 Cámara, fue radicado el día 11 de agosto de 2020 por los Honorables
Congresistas: ANGÉLICA LOZANO; GUSTAVO BOLÍVAR; JAIRO CALA; GUILLERMO GARCÍA
REALPE; LUCIANO GRISALES LONDOÑO; ANTONIO SANGUINO PÁEZ; GUSTAVO PETRO U;
JORGE ENRIQUE ROBLEDO; TEMÍSTOCLES ORTEGA N; ROY BARRERAS; JORGE LONDOÑO
ULLOA; JUAN CARLOS LOZADA; JULIÁN PEINADO RAMÍREZ; FABIÁN DÍAZ PLATA; IVÁN
MARULANDA GÓMEZ; WILSON ARIAS CASTILLO; CIRO FERNANDEZ; MARÍA JOSÉ PIZARRO
RODRÍGUEZ; DAVID RACERO MAYORCA; JESÚS ALBERTO CASTILLA; WILMER LEAL;
CARLOS ALBERTO CARREÑO; CRISELDA LOBO; AIDA AVELLA ESQUIVEL; PABLO
CATATUMBO TORRES VICTORIA; JUAN LUIS CASTRO ; LEÓN FREDY MUÑOZ ; HARRY
GONZALEZ ; IVÁN CEPEDA CASTRO; IVAN LEONIDAS NAME ; VICTORIA SANDINO; LUIS
ALBERTO ALBÁN URBANO; ISRAEL ZÚÑIGA; MAURICIO TORO; JOSÉ LUIS CORREA; INTI
ASPRILLA; ABEL JARAMILLO; FELICIANO VALENCIA; ALEXANDER LOPEZ
El Proyecto de Ley 126 de 2020 Cámara, fue radicado el día 20 de julio de 2020 por los Honorables
Congresistas KATHERINE MIRANDA PEÑA, CÉSAR PACHÓN ACHURY Y CÉSAR AUGUSTO
ORTÍZ ZORRO.
El 4 de noviembre de 2019, por instrucciones de la Mesa Directiva de la Comisión Quinta de la Cámara de
Representantes, fueron designados como ponentes del proyecto los Honorables Representantes: CÉSAR
AUGUSTO ORTÍZ ZORRO, CRISANTO PISSO MAZABUEL, EDWIN GILBERTO BALLESTEROS
ARCHILA, FÉLIX ALEJANDRO CHICA CORREA, OSCAR CAMILO ARANGO CÁRDENAS,
ALONSO JOSÉ DEL RIO CABARCAS, CÉSAR AUGUSTO PACHÓN ACHURY y FRANKLIN DEL
CRISTO LOZANO DE LA OSSA.
2. OBJETO DEL PROYECTO
La prohibición en Colombia de la exploración y explotación de los hidrocarburos provenientes de
Yacimientos No Convencionales (en adelant e YNC), tipo Roca Generadora, con la técnica d el
fracturamiento hidráulico multietapa a través de pozo s horizontales y desde plataforma multipozo, es una
decisión de una enorme importancia política, no un asunto m eramente técnico. Están en juego asuntos
públicos de la mayor importancia para las actuales y futuras generaciones como entre otras , nuestro
compromiso de enfrentar de forma efectiva la crisis climática mitigando la emisión de gases efecto d e
invernadero y propendiendo por una transición energética, optimizando la capacidad de adaptación de
nuestros territorios (ya vulnerables frente a los efectos de la crisis clim ática), por mejorar la integridad
ecosistémica y la salud pública, contrib uyendo a la construcción de la paz, a la estabilid ad económica y a
varios compromisos internacionales y principios de nuestro ordenamiento constitucional que nos orienten
de forma concluyente en esta dirección. Adicionalmente, esta discusión debe recordar la promesa
incumplida de desarrollo y bienestar que ha traído la explotación petrolera a muchas regiones del país, cuyos
daños ambientales, sociales y culturales recae n sobre sus habitantes.
Es nuestro deber como Congresistas establecer los términos para que el Estado intervenga en la explotación
de los recursos naturales dentro de un marco de preservación de un ambiente sano (Art. 334 de la
Constitución Política), y determinar las condiciones para la explotación de los recursos naturales no
renovables, como lo son los hidrocarburos (Art. 3 60 de la Constitución Política). Ante las amenazas
ambientales, económicas, sociales y cult urales que conlleva la explotació n no convencional (fracturam iento
hidráulico multietapa a través de pozos horizontales desde plataformas multipozo), de los YNC tipo roca
generadora (RG en adelante), es obligación del Estado y las personas proteger las riquezas culturales y
naturales de la nación (Art. 8 de la Constitución Política), y prevenir y controlar los factores que generen
deterioro ambiental (Art. 80 de la Constitución Política).
Igualmente, como la explotación de los YNC tipo RG a través de pozos horizontales, aplicando
fracturamiento hidráulico multietapa, acarrea riesgos contra la salud por la extracción de desechos tóxicos
(isótopos radioactivos y minerales pesados), este proyecto de ley busca prohibir la disposición superficial
de estos residuos (Art. 81 de la Constitución Política), g arantizando el cuidado integral de la salud de las
comunidades del área de influencia directa y el saneamie nto ambiental (Art. 49 de la Constitución Polític a),
y sobre todo, garantizando que todas las personas que conforman esta nación, mantengan el derecho a gozar
de un ambiente sano, protegiendo la diversidad e integridad del ambiente (Art. 79 de la Constitución
Política), exigiendo que la industria petrolera ob re conforme al principio de solidaridad social, evitando
acciones o situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas, y protegiendo los recursos
naturales y la conservación de un ambie nte sano (Art. 95 de la Constitución Política). Recordemos que la
libertad económica, así sea de utilidad pública, como lo es la industria petro lera, tiene un límite cuando así
lo exija el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la nació n (Art. 333 de la Constitución
Así las cosas, en aplicación del principio de precaución, es al Congreso de la República a quien le compete
la decisión de prohibir el modo, forma o técnica, para la exploración y explotación de recursos naturales no
renovables de hidrocarburos, responsabilid ad que está cumpliendo con la presentación d el proyecto de ley,
por medio de la cual se prohíbe en el territorio colombiano la utilización de la Técnica No Convencional de
Fracturamiento Hidráulico Multietapa con Perforaci ón Horizontal FH-PH, para la exploración y
explotación de hidrocarburos proveniente de los YNC tipo RG (fracking), incluyendo las medidas legales y
administrativas para los proyectos piloto de investig ación integral (PPII).
La correcta gestión de los recursos natural es y en particular de los recursos energéticos es cru cial para el
desarrollo económico y sostenible de países desarrollados y en desarrollo, como es el caso de Colombia. En
la actualidad se usan grandes cantidades de energía para mantener el modelo mundial de desarrollo
económico, así como su modelo de p roducción y consumo asociado. Un recurso fundamental de uso en
Colombia son los combustibles fósiles prove nientes de Yacimientos No Convencionales (YNC), como el
gas asociado a mantos de carbón (campo Paujil en el Depart amento del Cesar), el gas de arenas apretadas o
“tight gas sands” (campos como Cusiana, Cu piagua, Pauto, Floreña y Volcanera en el Departame nto de
Casanare), gas asociado a carbonatos apretados (campos del Catatumbo Norte de Santander, como
Petrólea), el petróleo asociado a arenas apreta das (campo Guando en Melgar Tolima), o petróleo asociado
a rocas generadoras (como los campos de Totumal, Buturam a y Pital en el Valle Medio del Magdalena),
todos explotados con TECNOLOGÍAS CONVENCIONALES, cuyo impacto ambiental es bajo o
moderado.
En otros países como Canadá, EE:UU, China, Australia y Argentina, se explotan grandes cantidades de
petróleo y gas desde YNC de RG, usando la técnica No Convencional del fracturamiento hidráulico
multietapa a través de pozos horizontales (fracking), con demasiados impactos ambientales, los cuales se
buscan prohibir en Colombia, mediante este proyecto de ley. Este tipo de Yacimientos No Convencionales
de Roca Generadora explotados mediante la téc nica no convencional de fracturamiento hid ráulico
multietapa a través de pozos horizontales y desde plataformas multipozo (fracking), se han constituido en
el mecanismo de una importante ampliación de l a frontera petrolera y del crecimiento económico de las
naciones que lo han implementado. Sin embargo, los altos impactos y riesgos ambientales asociados a la
forma como se explotan, ponen en duda la convenienc ia de su uso para el acceso a las reservas
hidrocarburíferas de este tipo de yacimientos. Debido a esto, y con el fin de mostrar la pertinencia de la
prohibición del uso de la técnica no convencio nal de fracturamiento hidráulico multietap a a través de pozos
horizontales, desde plataformas multipozo, en yacimientos no convencionales tipo roca gene radora… a
continuación se presentan algunas d e las características que definen el alto impacto y riesgo de la técni ca, y
las condiciones que presenta la institucionalidad am biental colombiana para enfrentar dichos riesgos e
impactos.
3. INTRODUCCIÓN
La exposición de motivos de este proyecto de ley, se estructura planteando los argumentos políticos y
científicos más relevantes para la prohibición de la explotación y explotación de los YNC tipo Roca
Generadora mediante el uso de la tecnología no convencio nal de fracturamiento hidráulico multietapa a
través de pozos horizontales desde plataformas multipozo (fracking). Los apartes de este texto son los
siguientes cinco:
En primer lugar, se argumenta que la prohibición de la exploración y la explotación de este tipo de YNC
(RG), mediante esta técnica (fracking), es un paso necesario para la mitigación de la emisión de gase s efecto
de invernadero, como el metano y el CO2, contribuyendo a enf rentar de forma efectiva la crisis climática,
por un lado, y a fortalecer la resiliencia ecosistémica, social, económica y cultural de los territorios del país,
por el otro. La crisis climática, como se describe en este p unto, es el mayor reto que la humanidad ha
enfrentado como especie. Hacerlo con efectivi dad implica rapidez y contundencia, como fue el compromiso
de Colombia con la ratificación del Acuerdo de París. El Congreso actual tiene una responsabilidad

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