Informe de ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de ley número 318 de 2021 Cámara, por medio de la cual se establecen medidas de protección a las personas en el flagelo de la prostitución procurando acceso a la salud y dignificación laboral y se dictan otras disposiciones - 22 de Octubre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879266752

Informe de ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de ley número 318 de 2021 Cámara, por medio de la cual se establecen medidas de protección a las personas en el flagelo de la prostitución procurando acceso a la salud y dignificación laboral y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación22 Octubre 2021
Fecha22 Octubre 2021
Número de Gaceta1516
Gaceta del Congreso 1516 Viernes, 22 de octubre de 2021 Página 13
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
318 DE 2021 CÁMARA
por medio de la cual se establecen medidas de protección a las personas en el agelo de la prostitución
procurando acceso a la salud y dignicación laboral y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D.C., octubre 19 de 2021
Honorable Representante
JAIRO HUMBERTO CRISTO CORREA
Presidente Comisión Séptima Constitucional
Cámara de Representantes
E. S. D.
Asunto: INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE
LEY No. 318 de 2021 CÁMARA:Por medio de la cual se establecen medidas de
protección a las personas en el flagelo de la prostitución procurando acceso a la
salud y dignificación laboral y se dictan otras disposiciones
Respetado Señor Presidente:
De conformidad con lo dispuesto por la Ley 5ª de 1992 y dando cumplimiento a la
designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Séptima de Cámara,
como ponente de esta iniciativa legislativa, mepermito rendir Informe de INFORME
DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY No. 318 de
2021 CÁMARA Por medio de la cual se establecen medidas de protección a las
personas en el flagelo de la prostitución procurando acceso a la salud y dignificación
laboral y se dictan otras disposiciones:
La presente ponencia se desarrollará de la siguiente manera:
I. Trámite y Antecedentes de la Iniciativa.
II. Objeto del Proyecto de Ley.
III. Contenido de la Iniciativa.
IV. Análisis y Consideraciones del Proyecto de Ley
V. Trámite en la Comisión
VI. Causales de Impedimento
VII. Pliego de Modificaciones
VIII. Proposición
IX. Texto Propuesto para Primer Debate.
Cordialmente,
_______________________________ ______________________
______
JAIRO GIOVANY CRISTANCHO CARLOS EDUARDO ACOSTA
Coordinador Ponente Ponente
I. TR ÁMITE Y ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA
El texto del proyecto de ley con su correspondiente exposición de motivos fue
radicado el pasado 09 de Septiembre de 2021 en la Secretaría General de la
Cámara de Representantes por los congresistas H.R. Carlos Eduardo Acosta
Lozano, Jennifer Kristin Arias Falla, Jairo Giovany Cristancho Tarache, Gabriel
Jaime Vallejo Chujfi.
Se han presentado dos iniciativas legislativas, la primera presentada por el Senador
Armando Benedetti, proyecto de ley 79 de 2013, cuyo objetivo era “Por la cual se
establece un trato digno a las personas que ejercen la prostitución, se fijan medidas
afirmativas a su favor y se dictan otras disposiciones orientadas a restablecer sus
derechos”, el cual fue archivado en segundo debate de senado. La segunda
iniciativa fue el proyecto de ley fue el 065 de 2017 presentado por la Representante
Clara Rojas, que tenía como objetivo “Por medio de la cual se establecen medidas
de protección a las personas que se encuentren en situación de prostitución,
víctimas de proxenetismo y trata de personas, y se dictan otras disposiciones.”. el
cual fue archivado en primer debate de esta corporación.
II. OBJETO DEL PROYECTO
La presente ley fija normas de orden público que tiene por objeto establecer
medidas en todo el territorio nacional para la protección de las personas en el
flagelo de la prostitución; procurando acceso a la salud y dignidad laboral en el
fomento de áreas que eviten la vulneración de los derechos humanos,
estableciendo que en Colombia el ejercicio de esta actividad sexual en ningún caso
constituye trabajo ni actividad comercial y no será promovida por ninguna persona,
entidad pública o privada, medio de comunicación, tipo o figura contractual.
III. CONTENIDO DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA
El Proyecto de Ley 318 de 2021 Cámara consta de cuatro (4) capítulos, y veintiún
(21) artículos distribuidos de la siguiente manera: el Capítulo I establece el objeto,
principios, definiciones y la creación y funciones del comité Interinstitucional de
prevención del flagelo de la prostitución y restitución en su salud y al campo laboral,
compuesto por los artículos 1° al 5°; el Capítulo II Segundo (Dignificación de las
personas bajo el flagelo de la prostitución), compuesto por los artículos 6° al
11°; el Capítulo III (Medidas de prevención y sensibilización), compuesto por
los artículos 12° al 16°, Capítulo IV (Sanciones) compuesto por los artículos 17°
al 21°.
IV. ANÁLISIS Y CONSIDERACIONES DEL PROYECTO DE LEY
Los autores de la iniciativa desarrollan la exposición de motivos en ocho (8) puntos
principales:
- Conveniencia del proyecto de Ley.
- Marco Jurídico
- Modelos y posturas frente al flagelo de la prostitución
- La prostitución en Colombia
- Una mirada desde los Derechos Humanos
- Ámbito de Salud
- Ámbito de empleo
- Ámbito social
A continuación, se presenta el desarrollo de cada uno de ellos, de acuerdo a lo
expuestos por los autores.
1. Conveniencia del proyecto de ley
EL presente proyecto de ley reviste total relevancia y conveniencia para Colombia
con base en el marco de su constitución política con un especial énfasis en los fines
del Estado y los derechos consagrados en la carta propendiendo por el respeto de
los Derechos Humanos y la dignidad de la mujer y el hombre en toda etapa de vida
y en toda actividad laboral dentro del país. Como sociedad colombiana, llegar a una
realidad en la que alcancemos el respeto por el ser humano y su dignidad y de
ninguna manera entender que puede existir esclavitud humana, comercio o
intercambio de seres humanos como meras mercancías u objetos de satisfacción
es un deber y una responsabilidad de todos máxime en el Congreso de la República.
1.1. Justificación del proyecto
Como ya se estudió en acápites anteriores, en un esfuerzo por crear herramientas
legislativas relacionadas con el flagelo de la prostitución, han surgido distintos
modelos que se acercan al fenómeno de distintas maneras. Sin embargo, teniendo
en cuenta la realidad que hay detrás de la prostitución y que es deber del Estado,
de acuerdo con los preceptos constitucionales y el bloque de constitucionalidad,
proteger y garantizar los derechos fundamentales de todas las personas y, en
específico, proteger a las personas que están en una situación de especial
vulnerabilidad, el presente proyecto de ley, se enmarca, específicamente, en un
modelo de respeto de los derechos Humanos que propugna por el respeto y la
dignidad humana en todas sus formas y actividades.
En la segunda mitad del siglo XIX, como una reacción frente a la normativa que
buscaba reglamentar el ejercicio de la prostitución surge la necesidad de abolir. Así
las cosas, el abolicionismo nace como una crítica ante los mecanismos misóginos,
opresivos y estigmatizantes que se plasmaban en las normas que buscaban regular
este fenómeno, en especial, se criticaba que no buscaba proteger a las mujeres que
estaban en esa situación, sino que se daban beneficios a los hombres que accedían

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