Informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley número 113 de 2021 cámara, por medio de la cual se crea el tipo penal que sanciona a quien constriña a la mujer a la maternidad subrogada con fines de lucro y se prohíbe su práctica, se frena la ‘cosificación de los bebés’, y se dictan otras disposiciones - 29 de Septiembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 883985409

Informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley número 113 de 2021 cámara, por medio de la cual se crea el tipo penal que sanciona a quien constriña a la mujer a la maternidad subrogada con fines de lucro y se prohíbe su práctica, se frena la ‘cosificación de los bebés’, y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación29 Septiembre 2021
Fecha29 Septiembre 2021
Número de Gaceta1331
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 1331 Bogotá, D. C., miércoles, 29 de septiembre de 2021 EDICIÓN DE 27 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIAS
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 113 DE 2021 CÁMARA
por medio de la cual se crea el tipo penal que
sanciona a quien constriña a la mujer a la maternidad
subrogada con nes de lucro y se prohíbe su práctica,
se frena la ‘cosicación de los bebés’, y se dictan
otras disposiciones.
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NO. 113
DE 2021 “POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL TIPO PENAL QUE SANCIONA A
QUIEN CONSTRIÑA A LA MUJER A LA MATERNIDAD SUBROGADA CON FINES DE
LUCRO Y SE PROHÍBE SU PRÁCTICA, SE FRENA LA ‘COSIFICACIÓN DE LOS
BEBÉS’, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.
Bogotá D.C. 28 septiembre de 2021
Señora
Amparo Yaneth Calderón Perdomo
Secretaria
Comisión Primera Constitucional Permanente
Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia. Informe de ponencia positiva para primer debate del Proyecto de Ley No. 113
de 2021 Cámara, Por medio de la cual se crea el tipo penal que sanciona a quien constriña
a la mujer a la maternidad subrogada con fines de lucro y se prohíbe su práctica, se frena
la ‘cosificación de los bebés’, y se dictan otras disposiciones”.
Estimada Secretaria Calderon:
En cumplimiento de la designación como ponente úncio para rendir ponencia en primer
debate del Proyecto de Ley No. 113 de 2021 Cámara, “Por medio de la cual se crea el tipo
penal que sanciona a quien constriña a la mujer a la maternidad subrogada con fines de
lucro y se prohíbe su práctica, se frena la ‘cosificación de los bebés’, y se dictan otras
disposiciones”, mediante notificación del 13 de septiembre de 2021 y de conformidad con
el Acta No. 08 de la Mesa Directiva de la Comisión Primera de la Cámara de
Representantes; segun con lo establecido en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley5 de
1992, me permito presentar dicho informe de manera positiva para consideración y
discusión de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes.
Por tanto, el Informe de Ponencia para primer debate se desarrolla de acuerdo a la siguiente
estructura:
I. Contenido y objeto del proyecto
II. Antecedentes y trámite del proyecto
III. Justificación e importancia del proyecto de Ley
IV. Articulado de la iniciativa
V. Impacto Fiscal y Sostenibilidad
VI. Conflicto de Intereses
VII. Pliego de modificaciones
VIII. Proposición final Dar primer debate
IX. Texto propuesto
En consecuencia, se rinde Informe de Ponencia positiva para primer debate, así:
I. CONTENIDO Y OBJETO DEL PROYECTO
El proyecto de ley garantiza el derecho fundamental a la vida, la protección de los derechos
e intereses del recién nacido, regular la prohibición mediante la penalización de la
maternidad subrogada con fines de lucro, y busca frenar la ‘cosificación de los bebés’. El
tipo penal se incluye en el artículo 188F de la ley599 de 2000. Este delito se configurará
cuando se promueva, financie, pague, colabore o constriña a una mujer para alquilar su
vientre con fines de lucro; es decir, cuando haya un provecho económico o contraprestación
de algún tipo a cambio de la gestación. La sanción consiste en prisión de 6 a 8 años y multa
de 50 a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
II. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA INICIATIVA
El Proyecto de Ley No. 113 de 2021 Cámara, fue radicado el día 21 de julio de 2021, siendo
sus autores los Representantes a la Cámara José Jaime Uscategui Pastrana, Juan
Fernando Espinal Ramirez, y los Senadores de la República Maria del Rosario Guerra de
la Espriella y, Santiago Valencia Gonzalez
El Proyecto de Ley fue publicado en la Gaceta del Congreso No. 958 de 2021.
El 1 de septiembre de 2021, la Mesa Directiva de la Comisión Primera de la Cámara de
Representantes designó como ponente único al Representante a la Cámara José Jaime
Uscategui Pastrana, coautor del proyecto.
III. JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DEL PROYECTO
El proyecto de Ley fue motivado por sus autores en los siguientes términos:
La maternidad subrogada o maternidad de sustitución -más conocida como alquiler de
vientre- ha sido entendida en Colombia como la contratación de una mujer que se
compromete a gestar un bebé con la obligación de entregarlo a los solicitantes cuando
nazca. Estos últimos se comprometen a criarlo y la mujer gestante debe renunciar a la
filiación1.
En otras palabras, la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional en Sentencia T-
968 de 2009 aproximandose al concepto de alquiler de vientre o útero, manifiesta que esta
técnica de reproducción no está previsto en nuestro ordenamiento jurídico.
Sin embargo, es definido por la doctrina como “el acto reproductor que genera el nacimiento
de un niño gestado por una mujer sujeta a un pacto o compromiso mediante el cual debe
1
Corte Constitucional. Sentencia T -968 de 2009

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