Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley número 643 de 2021 Cámara - 218 de 2020 senado, por medio de la cual se protege el patrimonio espeleológico colombiano - 24 de Septiembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 883985522

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley número 643 de 2021 Cámara - 218 de 2020 senado, por medio de la cual se protege el patrimonio espeleológico colombiano

Fecha de publicación24 Septiembre 2021
Fecha24 Septiembre 2021
Número de Gaceta1307
Gaceta del Congreso 1307 Viernes, 24 de septiembre de 2021 Página 15
VI. CONCLUSIONES
El ordenamiento jurídico colombiano protege los ecosistemas de páramo de manera
suficiente, el cual ha permitido el desarrollo de instrumentos para su efectiva
protección, algunos de los cuales se encuentran en proceso de implementación.
El artículo 79 de la Constitución Política de Colombia protege a los ecosistemas de
páramo imponiendo al Estado la obligación de conservar las zonas de importancia
ecológica. En el marco de esta obligación se han proferido normas que han prohibido
el desarrollo de actividades mineras en las áreas delimitadas como páramos y que en
consecuencia han permitido a la Autoridad Minera rechazar y archivar todas las
solicitudes de contratos mineros sobre estas áreas.
Los títulos mineros existentes en zonas de páramo, así como las áreas que ocupan, se
han reducido ostensiblemente, dando cuenta del efecto legal de las disposiciones
normativas que protegen los ecosistemas de páramo. En la actualidad se ha
identificado que en su gran mayoría responden a proyectos de pequeña minería que
se encuentra a espera de la definición regulatoria de las condiciones en las que se dará
paso a la reconversión o/y sustitución de las actividades extractivas en los términos
señalado por la Ley de páramos.
Por todas estas razones y al considerar que la propuesta no presenta la solvencia
técnica suficiente que permita concretar su pertinencia y relevancia, y al ser una
iniciativa cuya conveniencia y viabilidad resultan inciertas ya que su análisis no
permite establecer la relación costo efectiva de la misma, el sentido de este informe de
ponencia sugiere su archivo.
Resulta evidente la pertinencia y la relevancia de instrumentos legislativos que
avancen de forma decidida en la toma de conciencia del momento crítico actual del
ambiente y desarrollen un nuevo tipo de relación entre los seres humanos y su
entorno ambiental. Toda propuesta en ese sentido debe ser saludada como un
esfuerzo para reducir el grave deterioro del planeta y en nuestro país de todos los
ecosistemas que generan la enorme riqueza biótica que nos caracteriza.
A pesar de esto, es deber del legislador velar porque en el conjunto de iniciativas, las
propuestas encaminadas a tan loable fin se construyan sobre principios facticos y de
realidad. Ello porque no es infrecuente que proyectos con loables propósitos terminen
generando problemas públicos más complejos que aquellos que tratan de resolver.
Aunque como ponente y representante a la Cámara con interés profundo en estos
temas considero que es necesario que desde el legislativo se insista en construir un
marco coherente, sistemático y robusto para el sector ambiental, esta labor debe estar
precedida por el rigor científico y el enfoque basado en evidencia, que aplique los
principios de prevención y de precaución en la protección del ambiente.
Es por todas estas razones que considero que, aunque bien intencionado, el Proyecto
de Ley Proyecto 172 de 2021 Cámara “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA
DELIMITACIÓN DE ZONAS DE TRANSICIÓN BOSQUE ALTO ANDINO-PÁRAMO EN EL
TERRITORIO NACIONAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”, resulta técnica y
jurídicamente inviable.
Esperando haber cumplido con el honroso encargo de la mesa directiva de la
Comisión Quinta Constitucional de la Cámara de Representantes, quedo atento a
cualquier observación adicional que sea requerida.
Atentamente,
RUBÉN DAO MOLANO PIÑEROS
Representante a la Cámara
Por Cundinamarca
Ponente
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Atentamente,
PROPOSICIÓN
Por los argumentos esbozados anteriormente, presento ponencia negativa y solicito a
la Comisión Quinta Constitucional de la Honorable Cámara de Representantes
archivar el proyecto 172 de 2021 cámara “Por medio de la cual se ordena la
delimitación de zonas de transición Bosque Alto Andino-Páramo en el territorio
nacional y se dictan otras disposiciones”
RUBÉN DARIÓ MOLANO PIÑEROS
Representante a la Cámara
Por Cundinamarca
Ponente
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ARIÓ MOL
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚM ERO 643 DE 2021 CÁMARA – 218 DE
2020 SENADO
por medio de la cual se protege el patrimonio
espeleológico colombiano.
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE EN CÁMARA AL PROYECTO DE LEY NRO. 643 DE 2021
CÁMARA 218 DE 2020 SENADO “POR MEDIO DE LA CUAL SE PROTEGE EL PATRIMONIO
ESPELEOLÓGICO COLOMBIANO”.
I.TRAMITE
El Proyecto de Ley número 643 de 2021 Cámara 218 de 2020 Senado, de autoría de los Honorables Representantes
Julián Peinado Ramírez, Carlos Julio Bonilla Soto, John Jairo Roldan Avendaño, Nevardo Eneiro Rincón Vergara,
Diego Patiño Amariles Andrés Cristo Bustos, Rodrigo Villalba Mosquera, Horacio José serpa Moncada, Julián Bedoya
Pulgarín, Miguel Angel Pinto Hernández, Fabio Raúl Amin Saleme, Guillermo García Realpe, Laura Esther Fortich
Sánchez, Mauricio Gómez Amin, Lidio García Turbay, Mario Alberto castaño Pérez, Ivan Darío Agudelo zapata, fue
radicado el 06 de Julio de 2021 ante la secretaria de la H. Cámara de Representantes, asignado para el inicio de su
discusión a la Comisión Sexta Constitucional Permanente (artículo 1º de la Ley 3ª de 1992) y la designación del
ponente para primer debate correspondiendo a la HR Adriana Gómez Millán.
El contenido de la presente iniciativa ha surtido primer debate en comisión VI Constitucional permanente del Senado
de la Republica, publicación en la gaceta 202 del 26 de agosto de 2020, segundo debate plenaria de Senado de la
República, publicación en la gaceta 754 del 18 de Junio de 2021.
II.EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y OBJETO DEL PROYECTO
Esta iniciativa tiene por objeto la adopción de medidas orientadas a la efectiva conservación, estudio científico,
identificación, restauración y uso sostenible del patrimonio espeleológico dentro del territorio nacional.
MOTIVACIÓN GENERAL
La iniciativa nace del esfuerzo de divulgación periodística adelantado por varios medios de comunicación, en el sentido
de sensibilizar acerca de la importancia científica y ambiental de los ecosistemas kársticos, cuevas, grutas, sumideros,
cenotes y demás patrimonio espeleológico.
El trabajo del periodista Nicolás Bustamante Hernández publicado en el periódico El Tiempo en su especial “Colombia
Subterránea”1, muestra cómo cuevas, grutas, sumideros y cenotes constituyen importantes fuentes de información
para conocer el pasado geológico del territorio, al tiempo que tienen gran relevancia para las ciencias atmosféricas en
el estudio de la adaptación de la humanidad al cambio climático, entre otros aspectos.
En 2014, la Universidad Nacional de Colombia ha publicado el artículo “Deterioro y abandono de cuevas en el país
preocupa a expertos”2, donde se expuso cómo el turismo indiscriminado y la escasa legislación destinada a su
protección, tienen en riesgo estos espacios, patrimonio natural y cultural del país. En el mismo texto, se destaca que
1
Bustamante, Nicolás. En: El Tiempo. “Colombia Subterránea”. En: Especiales El Tiempo. 2018. https://www.elti empo.com/vida/ciencia/colombia-
subterranea-exploracion-de-cuevas-y-espeleologia-en-el-pais -314346}
2
UN Periódico. “Deterioro y abandono de cuevas en el país preocupa a expertos” En: Ciencia y Tecnología. Agencia de Noticias 2014. URL.
http://agenciadenoticias.unal.edu.co/index.php?id=19 37&L=2&tx_ttnews%5Btt_news%5D=61533&cHash=129f77ea0 6d08da8fb5cdf153f8f631e

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