INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY ESTATURARIA NÚMERO 418 DE 2020 CÁMARA, por medio de la cual se fortalece la planeación estratégica, se crean los mecanismos de coordinación y concurrencia entre las autoridades nacionales y territoriales y de participación ciudadana para la exploración y explotación del subsuelo y de recursos naturales no renovables y se dictan otras disposiciones - 7 de Diciembre de 2020 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 900358939

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY ESTATURARIA NÚMERO 418 DE 2020 CÁMARA, por medio de la cual se fortalece la planeación estratégica, se crean los mecanismos de coordinación y concurrencia entre las autoridades nacionales y territoriales y de participación ciudadana para la exploración y explotación del subsuelo y de recursos naturales no renovables y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación07 Diciembre 2020
Número de Gaceta1447
Tipo de documentoColombian History Events
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXIX - Nº 1447 Bogotá, D. C., lunes, 7 de diciembre de 2020 EDICIÓN DE 24 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY ESTATURARIA
NÚMERO 418 DE 2020 CÁMARA
por medio de la cual se fortalece la planeación estratégica, se crean los mecanismos de coordinación y
concurrencia entre las autoridades nacionales y territoriales y de participación ciudadana para la
exploración y explotación del subsuelo y de recursos naturales no renovables y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, diciembre de 2020
Doctor
ALFREDO RAFAEL DELUQUE ZULETA
Presidente
Comisión primera Constitucional
Cámara de Representantes
Referencia: Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Ley Estatutaria
418 de 2020 Cámara “Por medio de la cual se fortalece la planeación estratégica, se
crean los mecanismos de coordinación y concurrencia entre las autoridades
Nacionales y Territoriales y de participación ciudadana para la exploración y
explotación del subsuelo y de recursos naturales no renovables y se dictan otras
disposiciones”.
Señor Presidente de la Honorable Comisión Primera Constitucional,
En cumplimiento del encargo encomendado por la Mesa Directiva de la Comisión
Primera de la Honorable Cámara de Representantes, y en los términos del art ículo
156 de la Ley 5ª de 1992, se rinde ponencia para primer debate en Cámara, al
Proyecto de Ley Estatutaria 418 de 2020 Cámar a “Por medio de la cual se fortalece
la planeación estratégica, se crean los mecanismos de coordinación y concurrencia
entre las autoridades Nacionales y Territoriales y de participación ciudadana para la
exploración y explotación del subsuelo y de recursos naturales no renovables y se
dictan otras disposiciones”.
Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Ley Estatutaria
418 de 2020 Cámara
“Por medio de la cual se fortalece la planeación estratégica, se crean los
mecanismos de coordinación y concurrencia entre las autoridades
Nacionales y Territoriales y de participación ciudadana para la
exploración y explotación del subsuelo y de recursos naturales no
renovables y se dictan otras disposiciones”.
1. TRÁMITE DE LA INICIATIVA.
El Proyecto de Ley Estatutaria 418 de 2020 Cámara fue presentado el 16 de
septiembre de 2020 por el H.R.Héctor Javier Ver gara Sierra , H.R.Jaime Rodriguez
Contreras, H.R.Óscar Darío Pérez Pineda, H.R.Alfredo Rafael Deluque Zuleta ,
H.R.Edwin Gilberto Ballesteros Archila, H.R.Andres David Calle Aguas y H.R.Wadith
Alberto Manzur. Proyecto publicado en la Gaceta 947 de 2020.
Igualmente, el pasado 29 de septiembre de 2020, la Mesa Direct iva de la Comisión
Primera de la Cámara de Representantes designó como ponentes para el Proyecto
en mención a los HH.RR. Gabriel Jaime Vallejo Chujfi -C-, Jaime Rodríguez Contreras
(C), Andrés David Calle Aguas, Jose Gustavo Padilla Oroz co, Alfredo Rafael Deluque
Zuleta, Juanita Maria Goebertus Estrada, Luis Alberto Albán Urbano, Carlos Germán
Navas Talero y Ángela María Robledo Gómez.
Mediante resolución 025 del 29 de octubr e de 2020 fue aprobada audiencia pública
del proyecto de ley en mención, proposición suscrita por los Honorables
Representantes Juanita María Goebertus y Luis Alberto Alban Urbano, la cual fue
realizada el 6 de noviembre de 2020, y de la cual se extraen las siguientes
conclusiones:
CIUDADANO RODRIGO NEGRET: Indicó que la ley por medio de la cual se deben
tramitar este tipo de iniciativas, e s una ley orgánica de acuerdo al artículo 282 y 151
de la Constitución Política y la propia Corte Constitucional.Si se trata de
competencias de entes territoriales debería ser una ley orgánica y cuando hay
consulta previa debe ser ley estatutaria, sin embargo dado que la orgánica tiene una
jerárquia superior, debe ser orgánica. Considera que el proyecto no resuelve los
conflictos de coordinación y concurrencia. Indica que para que ello se solucione se
deben poner a las dos partes en igualdad de condiciones y, ello no ocurre porque lo
que ocurre es que todos se someten a las autoridades mineras. El principio de
igualdad también se está afectando porque se está sometiendo a las entidades
territoriales y se están excluyendo a los concejales que son quienes regularizan el
uso del suelo.
Indicó que el artículo 288 de la Constitución Política establece los principios de
coordinación y concurrencia dentro del marco de la autonomía territorial, es
importante tener en cuenta que la competencia de los municipios no es residual es
principal, porque no se puede explorar el subsuelo sin pasar por el suelo y esa
regulación le corresponde a los municipios.En ese sentido, las autoridades
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ambientales son los grandes ausentes de este proyecto de ley. Le estan dando la
carga de la prueba a los municipios de donde no se puede hacer mineria, cuando la
norma preeé que quien debe demostrar que su p royecto no afecta es aquel que lo
va a realizar porque son proyectos altamente impactantes. El Ministerio de Minas no
es un ente superior de los municipios ni un organo de cierre, lo que rompe el
principio de autonomia.
Le preocupa que las audiencias sean convocadas por la autoridad minera, porque el
tema es de igualdad en el sentido que dond e está la autonomia de los municipios,
violando la reserva de ley, por lo cual debería procederse a su archivo. Sentencia
C035 de 2015 establece que para determinar las áreas estrategicas se deben
consultar los planes de ordenamiento ter ritorial para saber si son viables o no.
MARCELA CAICEDO ANDI: Enfatizó en que el proyecto tiene cuatro ejes, el
primero es la creación de la mesa general de cordinación y concurrencia, el segundo
la creación de la mesa particular de cordinación y concurrencia, el tercero la creación
de un nuevo espacio de participación ciu dadana de carácter obligatorio, denominado
audiencia pública regional de asuntos prioritarios de desarrollo y, por último, el
establecimiento de una tasa para la financiación de las audiencias públicas
regionales.
Consideró que es una buena iniciativa para d efinir quienes son los responsables, de
que son responsables, lograr que sea reglame ntado y efectivo. Lo anterior brindaría
seguridad al sector minero y de hidrocarburos. Consideran que se debe revisar el
artículo 14 para proprender de tal manera que cuando no se llegue a un acuerdo
sobre estos auntos, no sea el Minister io de Minas y Energia el encargado de resolver
esa diferencia, sino un organismo colegiad o que dote a esa decisión de pluralidad,
así mismo se debe detallar como van a operar las mesas par ticulares y generales de
cordinación y concurrencia.
HERNANDO ESCOBAR- SÉCTOR M INERO: Está de acuerdo con que el proyecto
de ley subordina a las entidades territor iales a las autoridades del orden nacional.
Indicó que los principios que se deben ap licar en este tipo de actuaciones son los de
concertación, integración de las iniciativas de planeación y coordinación, lo que si
implica un plano de horizontalidad. Se tiene que proceder con base en estudios
técnicos para poder planear de acuerdo a los distritos mineros, incorporando en los
planos los usos del suelo. No se trata solo de sentarse a decir que no están de
acuerdo, las discusiones y decisiones se toman con base en estudios técnicos y
planeación.
CESAR CHAPARRO: Indicó que si bien el proyecto crea nuevas instancias de
participación ciudadana, deben estar b asadas en la calidad de la información.
DAVID MOSQUERA: Manifestó que el proyecto es un espacio interesante para
incorporar participación ciudadana a todos los procesos, que permite dar
cumpimiento a la sentencia de la Corte Constitucional.
LIZ AVILA- COMITÉ AMBIENTAL: Indicó que el proyecto no plant ea diferencia
con respecto a lo que viene ocurriendo en l as regiones, considera que empeora aún
más el tema de participación ciudadana. Hay secciones del proyecto de ley que le
quitan poderes a las regiones.
MARIA ELENA ROSAS – REPRESENTANTE LEGAL FUNDACIÓN HÍDRICA DE
COLOMBIA. Enfatizó en que este proyecto afecta la autonomia de los territorios,
se impone el desarrollo minero energético versus el desarrollo social, no tiene en
cuenta las areas estratégicas como por ejempl o los páramos y es un proyecto lesivo
que busca favorecer la inversión extranjera.
MERCEDES MEJIA- UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA. Manifestó que el
proyecto desconoce los artículos 1, 311 y 313 de la ConstituciónPolítica, que
establecen que las entidades territoriales gozan de autonomia, que incluye
determinar si en una parte de su territorio se debe haber una actividad agricola o
industrial. La actividad minera debe realizarse con los distintos niveles de
administración y que tengan competencia en la materia, esto incluye concejos
territoriales de planeación. La Corte Constitucional ha establecido que las entidades
territoriales y los entes nacionales deben actuar con concurrencia, cordinación y
subsidariedad. Deben concertar el aprovechamiento del suelo, para tomar las
medidas necesarias para la protección de un ambiente sano en el marco del
desarrollo sostenible y sustentable.
JULIAN VILLA- MESA HIDRICA DEL PIEDEMONTE LLANERO. La
normatividad debe abordar un dialogo social.
ROBINSON MEJIA- COLECTIVO DE CAJAMARCA. Indicó que el proyecto de ley
no resuelve la situación, ya que se están sup editando a los territorios, lo que impide
que se realice un ejercicio autónomo. El proyecto solo beneficia a los actores
económicos.
VIVIANA TACHA-SIEMBRA. Considera que el proyecto es ab iertamente contrario
a la constitución, es un despropósito q ue se creen audiencias de participación para
que sea utilizadas como insumos, cuando lo que se diga no va a tener mayor
incidencia en la toma de las decisiones. El Ministerio de Minas va a tomar toda la
palabra, seria una extración de recursos antidemocrático, por lo cual solicitan su
archivo.
OSVALDO ORDOÑEZ-GEÓLOGO. Manifestó que el proyecto no da los insumos y
actualmente ningún municipio tiene información geológica sobre sus recursos. No
tenemos información geológica suficiente para poder ordenar el territorio frente a
actividades mineras, y eso es prior idad antes de hablar de un proyecto de ley que
lo reglamente, porque para que hablamos de consultas p opulares si en el municipio
puede que no tengan recursos mineros.
MAURICIO CABRERA. Enfatizó en que con el proyecto no se están resolviendo
los conflictos existentes, e incluso este lo s podría aumentar. Debe tenerse en cuenta
que además de desconocer el subsuelo, en nuestro país también se desconoce la
biodiversidad. No se enuncian otros principios como el de precación, la función
ecológica de la propiedad. En el artículo 6 h ay una prevalencia del Gobierno Nacional
sobre los gobiernos regionales, la Secretaría Técnica va a ser formulada por el
Ministerio de Minas y Energia y no se consid era al Ministerio de Ambiente y mucho
menos a otras autoridades ambientales, lo que significa que hay una única mirada
al respecto del desarrollo del subsuelo. La exclusión de sociedades civiles la
considera un tema delicado.
LUIS ALVARO PARDO BECERRA. Considera oportuno el proyectode ley, teniendo
en cuenta el mandato de la Corte Constitucional, lo más importante del proyecto es
reducir la conflictividad que se p resenta en los territorios. Mencionó cinco eleme ntos
que haría que el proyecto no tuviera ninguna eficacia: el primero que no tiene nada
que ver con una de las preocupaciones mundiales que es el tema del cambio
climático, se esta promulgando una ley para cordinar el nivel central con las
autoridades territoriales, el segundo es que no se puede ser excesivamente
centralista invocando la utilidad pública, en tercer lugar hay un deficit de
participación ciudadana porque se están definiendo los proy ectos de vida, en cuarto
lugar estudios biológicos, de biodiversidad y social y por último captura corporativa
territorial.
JAIME ARTEAGA. La transición energetica nos hace pensar que la min eria debe
estar presente en los territorios y la centraliza ción ha limitado la participación de la
gente. Se debe garantizar la presencia int egral del Estado en todo el territorio, el
proyecto carece de buscar la presencia efectiv a del Estado en todo el territorio.
JEFERSON ROJAS. Considera que en el proyecto no hay una participación directa
de las comunidades.
JAIME ORLANDO. MINISTERIO DE AMBIENTE. Considera muy importante la
iniciativa para fortalecer la planeación estratégica de los recursos y para avanzar en
los mecanismos de cordinación y concurrencia.
LUCAS ARBOLEDA. MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA. Consideran el
proyecto fundamental, en cumplimiento de la orden de la Corte constitucional y
porque para el gobierno nacional es fundamental tener una base legal para
desarrollar las actividades de coordinación y concurrencia. La idea de no tener
conflictividad va a permitir que hablemo s de desarrollo sostenible.
MARIA PAOLA SUAREZ. MINISTERIO DEL INTERIOR. Presentó varias
consideraciones, entre ellas resaltó qu e se acogen las recomendaciones realizadas
por la Corte Constitucional, como el avance en el dialogo entre la Nación y el
territorio, se establecen con claridad los escenarios donde deben acudir las
autoridades locales y otras instancia s que logran dirimir los conflictos. Ven además
que se presentan espacios de participación ci udadana, no obstante la invitación al
proyecto es ahondar más en los temas de calid ad de tiempos, si bien se habla de
audiencias publicas, debe revisarse la posibilidad de existir un tiempo intermedio
entre estos eventuales momentos de af ectacion de los esquemas de ordenamiento
territorias y los tiempos de explotación. Debe trat arse que los temas sean de doble
via en el sentido que las autoridades conozcan la opinión de la ciudadanía, pero
también la ciudadanía conozca la opinion de las autorid ades.
ANDRES FELIPE RODRIGUEZ. Indicó que no hay información técncia geológica
para organizar el territorio, lo que implica hacer una exploración exhaustiva para
definir las areas de reserva estratégica. Ve importante el proyecto para tener una
base de coordinación y concurrencia.
2. OBJETO DEL PROYECTO
Han sido innumerables las zonas en el territorio colombiano en los cuales se han
encontrado minerales e hidrocarburos, recursos estos que desde la costumbre
implantada por la corona española son propiedad del Estado. No obstante lo
anterior, por la misma costumbre conquistadora, el título minero ha sido la figura
utilizada para que sea una persona natural o jurídica diferente al Estado el que
obtenga beneficios por la explotación de los mismos, otorgando en todo caso una
contraprestación al primero.

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