Informe de Ponencia para primer debate y texto propuesto al Proyecto de ley 388 de 2020 Cámara de Representantes, por la cual se establecen las condiciones de acceso a mecanismos de protección social a las personas que prestan servicios personales a través de plataformas digitales, y se dictan otras disposiciones - 23 de Noviembre de 2020 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 900359330

Informe de Ponencia para primer debate y texto propuesto al Proyecto de ley 388 de 2020 Cámara de Representantes, por la cual se establecen las condiciones de acceso a mecanismos de protección social a las personas que prestan servicios personales a través de plataformas digitales, y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación23 Noviembre 2020
Número de Gaceta1354
Tipo de documentoColombian History Events
Gaceta del Congreso 1354 Lunes, 23 de noviembre de 2020 Página 5
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Artículo 5. Vigencia. La presente Ley rige a partir de su aprobación, sanción y publicación.
De los Honorables Representantes,
COMISIÓN SEXTA CONSTITUCIONAL PERMANENTE
SUSTANCIACIÓN
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
Bogotá D.C., 23 de noviembre de 2020
En la fecha fue recibido el informe de ponencia para pri mer debate al Proyecto
de Ley No. 144 DE 2020 CAMARA “POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA
PATRIMONIO CULTURAL E INMATERIAL DE LA NACIÓN “EL ENCUENTRO
CULTURAL Y ARTESANAL COLOMBO ECUATORIANO” Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES”.
Dicha ponencia fue f irmada por la Honorable Representante ADRIANA GÓMEZ
MILLÁN.
Mediante Nota Interna No. C.S.C.P. 3.6 933 / del 23 de noviembre de 2020, se
solicita la publicación en la Gaceta del Congres o de la República.
DIANA MARCELA MORALES ROJAS
Secretaria General
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY 388 DE
2020 CÁMARA DE REPRESENTANTES
por la cual se establecen las condiciones de
acceso a mecanismos de protección social a
las personas que prestan servicios personales a
través de plataformas digitales, y se dictan otras
disposiciones.
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INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY
388 DE 2020
CÁMARA DE REPRESENTANTES
“Por la cual se establecen las condiciones de acceso a mecanismos de protección social a
las personas que prestan servicios personales a través de plataformas digitales, y se dictan
otras disposiciones”
Bogotá D.C, Noviembre de 2020
Honorable Representante
JUAN DIEGO ECHAVARRÍA SÁNCHEZ
Preside nte Comi sión Sép tima Con stituc ional
CÁMARA DE REPRESENTANTES
E. S. D.
Asunto: Informe de Ponencia Positiva para primer debate en sesión de Comisión VII
al Proyecto de Ley No. 388 de 2020 Cámara, “Por la cual se establecen las
condiciones de acceso a mecanismos de protección social a las personas que prestan
servicios personales a través de plataformas digitales, y se dictan otras disposiciones”
Respetado Presidente,
En cumplimiento del honroso encargo que nos hiciera la Mesa Directiva de la Comisión
Séptima de la Cámara de Representantes el pasado 21 de Septiembre de 2020, y en desarrollo
de lo dispuesto en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5 de 1992, nos permitimos rendir
Informe de Ponencia para Primer Debate del Proyecto de Ley No. 388 de 2020 Cámara,
“Por la cual se establecen las condiciones de acceso a mecanismos de protección social a las
personas que prestan servicios personales a través de plataformas dig itales, y se dictan otras
disposiciones”. Para tal efecto, la presente ponencia se desarrollará de la siguiente manera:
1. Origen y trámite del proyecto de ley.
2. Objeto del proyecto de ley y explicación del articulado.
3. Consideraciones generales.
4. Marco jurídico.
5. Pliego de modific aciones.
6. Propos ición.
7. Conflictos de interés
8. Texto propuesto para primer debate.
Atentamente,
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FABER ALBERTO MUÑOZ JORGE ENRIQUE BENEDETTI
Representante a la Cámara Representante a la Cámara
Coordinado r ponente Ponente
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
Proyecto de ley N° 388 de 2020 C
“Por la cual se establecen las condiciones de acceso a mecanismos de protección social a
las personas que prestan servicios personales a través de plataformas digitales, y se dictan
otras disposiciones”
Origen y trámite del Proyecto de Ley
El Proyecto de Ley es autoría del Honorable Ministro de Trabajo Ángel Custodío Baéz y del
Viceministro de Empleo y Pensiones- Andrés Felipe Uribe Medina.
El proyecto de ley fue radicado el 20 de Julio de 2020 y le correspondió el número 388 de
2020 en la Cámara de Representantes; posteriormente fue remitido a la Honorable Comisión
Séptima de la Cámara, quien procedió a designarnos como ponentes para pr imer debate el
a 21 de Septiembre de 2020.
Así mi smo, en ra zón al art ículo 15 0 de la Con stitució n Política y con los artículos 115, 138
y subsiguientes de la Ley 5 de 1992 , al presente proyecto de ley se ha de tramitar bajo e l
procedimiento de una ley ordinaria. Igualmente, el presente p royecto cuenta con los avales
de los ministerios de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Tecnolog ías de la
Infor mación y la s Comunic aciones y M inister io de Salud.
El día 30 de Octubre de 2020 en virtud de la proposición número 23 aprobada el día 29 de
septiembre de 2020, se realizó una audiencia pública con el propósito de escuchar a los
diferentes actores inmersos en el trámite legislativo d el presente proyecto de ley. Dentro de
los invitados a dicha audiencia se escucharon a los representantes de varias plataformas
digitales, representantes de varias agremiaciones de platafor mas digitales y delegados de
varios ministerios. Varias de sus observaciones y comentar ios fueron recogidos y aplicados
en el presente informe de ponencia.

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