Informe de ponencia de primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de ley número 001 de 2022 Cámara, por medio del cual el Impuesto de Industria y Comercio por la explotación de recursos naturales no renovables de hidrocarburos y minerales, es compatible con el pago de regalías por asignaciones directas que reciben los municipios productores y se dictan otras disposiciones - 3 de Octubre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 912677730

Informe de ponencia de primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de ley número 001 de 2022 Cámara, por medio del cual el Impuesto de Industria y Comercio por la explotación de recursos naturales no renovables de hidrocarburos y minerales, es compatible con el pago de regalías por asignaciones directas que reciben los municipios productores y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación03 Octubre 2022
Número de Gaceta1178
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 1178 Bogotá, D. C., lunes, 3 de octubre de 2022 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA DE PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 001 DE 2022 CÁMARA
por medio del cual el Impuesto de Industria y
Comercio por la explotación de recursos naturales
no renovables de hidrocarburos y minerales, es
compatible con el pago de regalías por asignaciones
directas que reciben los municipios productores y se
dictan otras disposiciones.
I. COMPETENCIA
La Comisión Tercera Constitucional
Permanente es competente para conocer del
presente Proyecto de ley, de conformidad con
lo establecido por el artículo 2° de la Ley 3ª de
1992, por cuanto versa sobre: “hacienda y crédito
público; impuesto y contribuciones; exenciones
tributarias; régimen monetario; leyes sobre
el Banco de la República; sistema de banca
central; leyes sobre monopolios; autorización
de empréstitos; mercado de valores; regulación
económica; Planeación Nacional; régimen
de cambios, actividad financiera, bursátil,
aseguradora y de captación de ahorro”.
II. TRÁMITE DEL PROYECTO DE LEY
La presente iniciativa fue radicada el 20 de julio
de 2022 por el honorable Representante Juan Diego
Muñoz Cabrera, del departamento del Meta.
Posteriormente, fue designado como Coordinador
Ponente el honorable Representante Juan Diego
Muñoz Cabrera, y como ponentes a los honorables
Representantes Carlos Alberto Carreño Marín y
Jorge Hernán Bastidas Rosero, de acuerdo con la
comunicación enviada por la Secretaría General
de la Comisión Tercera Constitucional Permanente
Cámara de Representantes el pasado 10 de agosto
del 2022.
III. OBJETO
El presente proyecto de ley dentro del marco de
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asigna al Congreso de la República, tiene por objeto
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renovables de hidrocarburos y minerales, hace parte
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cobro y pago del Impuesto de Industria y Comercio,
cuyo sujeto pasivo serán las personas jurídicas
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modalidad contractual.
IV. CONTENIDO DEL PROYECTO
La iniciativa en mención se compone de 6
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siguiente:
Artículo 1°. Que establece la compatibilidad
entre el cobro del Impuesto de Industria y
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naturales no renovables de hidrocarburos y
minerales con el pago de regalías.
Artículo 2°. Establece los sujetos pasivos.
Artículo 3°. Establece dónde se pagará el
impuesto.
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impuesto.
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contrarían lo establecido en los artículos
anteriores.
Artículo 6°. Contiene la vigencia.
V. ANTECEDENTES NORMATIVOS Y
JURISPRUDENCIALES
El planteamiento jurídico principal del presente
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