Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto al Proyecto de Acto legislativo número 214 de 2022 Cámara, por medio del cual se interpreta el parágrafo 2° del artículo transitorio 5° del Acto Legislativo 02 de 2021 - 11 de Octubre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 913238509

Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto al Proyecto de Acto legislativo número 214 de 2022 Cámara, por medio del cual se interpreta el parágrafo 2° del artículo transitorio 5° del Acto Legislativo 02 de 2021

Fecha de publicación11 Octubre 2022
Número de Gaceta1223
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 1223 Bogotá, D. C., martes, 11 de octubre de 2022 EDICIÓN DE 41 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE ACTO
LEGISLATIVO NÚMERO 214 DE 2022
CÁMARA
por medio del cual se interpreta el parágrafo 2°
del artículo transitorio 5° del Acto Legislativo 02
de 2021.
I. ANTECEDENTES DE LA LEY
El texto del Informe de Conciliación al
Proyecto de Acto Legislativo número 017
de 2017 Cámara, 05 de 2017 Senado, por
medio del cual se crean 16 Circunscripciones
Transitorias Especiales de Paz para la Cámara
de Representantes en los períodos 2018-2022 y
2022-2026 - Procedimiento Legislativo Especial
para la Paz, propuso la creación de 16 curules
de la Cámara de Representantes adicionales para
los periodos constitucionales 2018-22 y 2022-26;
las cuales según fallo de la Corte Constitucional
fueron aplazadas para los periodos 2022-2026 y
2026-2030.
En este sentido, mediante Acto Legislativo
02 del 25 de agosto de 2021 se crean las 16
circunscripciones transitorias especiales de Paz para
la Cámara de Representantes en los periodos 2022-
2026 y 2026-2030.
II. OBJETO
El proyecto de Acto Legislativo busca interpretar
el parágrafo 2° del artículo transitorio 5° del Acto
Legislativo 02 de 2021.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO
El Proyecto de Acto Legislativo se compone de
dos artículos:
El primero plantea la interpretación de
la expresión “No podrán presentarse como
candidatos quienes hayan sido candidatos elegidos
o no a cargos públicos” en el Parágrafo 2 del
artículo Transitorio 5 del Acto Legislativo 02 de
2021, y establecer explícitamente dos causales de
inhabilidad para ser candidatos a las CITREP: en
primer lugar, a que quiénes hayan sido candidatos
elegidos o no a cargos públicos dentro de los cinco
años anteriores a la fecha de la inscripción con el
aval de partidos o movimientos políticos con tres
     
el Congreso; b) Con personería Jurídica; c) Cuya
personería jurídica se haya perdido; en segundo
lugar, a quienes hayan hecho parte en el último año
de las direcciones de los partidos o movimientos
políticos con tres condiciones a) Con representación
en el Congreso; b) Con personería jurídica; c) Cuya
personería jurídica se haya perdido.
El segundo plantea la vigencia del Acto
Legislativo.
IV. PLIEGO DE MODIFICACIONES
PROYECTO DE ACTO
LEGISLATIVO ORIGINAL
PROPUESTA PLIEGO
MODIFICATORIO
JUSTIFICACIÓN DE LAS
MODIFICACIONES PROPUESTAS
TÍTULO
“Por medio del cual se interpreta el
parágrafo 2° del artículo transitorio 5°
TÍTULO
Se mantiene igual
Artículo 1°. Interprétese la expresión
“No podrán presentarse como
candidatos quienes hayan sido
candidatos elegidos o no a cargos
Artículo 1°. Interprétese la expresión
“No podrán presentarse como
candidatos quienes hayan sido
candidatos elegidos o no a cargos
Se elimina parte del texto por repetirse
en los numerales 1 y 2.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR