Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto del Proyecto de ley número 231 de 2022 Cámara, por medio de la cual se promueve el uso y aprovechamiento económico de la infraestructura deportiva, recreativa, de actividad física y cultural - 15 de Noviembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 915223994

Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto del Proyecto de ley número 231 de 2022 Cámara, por medio de la cual se promueve el uso y aprovechamiento económico de la infraestructura deportiva, recreativa, de actividad física y cultural

Fecha de publicación15 Noviembre 2022
Número de Gaceta1423
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 1423 Bogotá, D. C., martes, 15 de noviembre de 2022 EDICIÓN DE 48 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 231 DE 2022 CÁMARA
por medio de la cual se promueve el uso y
aprovechamiento económico de la infraestructura
deportiva, recreativa, de actividad física y cultural.
Bogotá, D. C., noviembre de 2022
Doctor
RAÚL FERNANDO RODRÍGUEZ RINCÓN
Secretario
Comisión Sexta
Cámara de Representantes
Respetado Secretario:
En cumplimiento del encargo hecho por la
Mesa Directiva de la Comisión Sexta de la Cámara
de Representantes y de conformidad con lo
establecido en el artículo 156 de la Ley 5ª de 1992,
procedo a rendir Informe de Ponencia para Primer
Debate del Proyecto de ley número 231 de 2022
Cámara, por medio de la cual se promueve el uso
y aprovechamiento económico de la infraestructura
deportiva, recreativa, de actividad física y cultural.
El informe de ponencia se rinde en los siguientes
términos:
I. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA.
El presente proyecto de ley fue radicado el 6 de
octubre de 2022 por los honorables Representantes,
Alfredo Ape Cuello Baute y Libardo Cruz Casado.
El 26 de octubre de 2022, la Honorable Comisión
Sexta de la Cámara de Representantes, designó
como ponente al suscrito representante.
II. JUSTIFICACIÓN.
La población de los estratos 1 y 2 ven limitadas
sus posibilidades de acceder a la infraestructura
deportiva, recreativa y para la actividad física,
debido a que los organismos deportivos, recreativos,
de actividad física y cultural de derecho privado
adscritos al sistema nacional del Deporte deben
realizar un pago o retribución por el uso y/o
aprovechamiento económico de los mismos.
Los organismos deportivos, recreativos y de
actividad física en los estratos socioeconómicos
1 y 2, a pesar de hacer uso y aprovechamiento
económico de la infraestructura deportiva, recreativa
y para la actividad física, realizan una labor de
interés público y social, al fomentar y desarrollar
la práctica del deporte, la recreación y la actividad
física a una población que cuenta con escasos
recursos económicos para solventar el pago por
este tipo de servicios, ya que presentan necesidades
básicas insatisfechas de mayor prelación; es por ello
que el Estado debe garantizar la accesibilidad de
toda la población a todos sus servicios, al deporte, la
recreación, la actividad física y la cultura.
Así como, para el Sector salud existe un régimen
contributivo para quienes tienen capacidad de pago
y un régimen subsidiado para quienes no cuentan
con recursos para satisfacer sus necesidades
básicas, en materia de deporte, recreación,
actividad física y cultural, se pretende que quienes
tengan la capacidad económica de contribuir a la
sostenibilidad y corresponsabilidad por el uso y
aprovechamiento económico de la infraestructura
deportiva, recreativa y para la actividad física
puedan realizarlo de conformidad con las políticas
y lineamientos del Ministerio del deporte, el Plan
de Ordenamiento Territorial y el Manual de Uso
y Aprovechamiento Económico, mientras que la
población de estratos socioeconómicos 1 y 2 que ve
limitadas sus capacidades para solventar el servicio
del deporte, la recreación y la actividad física, sean
subsidiados por parte del Estado y así garantizar la

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