Informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley número 228 de 2022 Cámara, por la cual se crea la Universidad del Sur y se dictan otras disposiciones - 17 de Noviembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 915238082

Informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley número 228 de 2022 Cámara, por la cual se crea la Universidad del Sur y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación17 Noviembre 2022
Número de Gaceta1453
G 1453 Jueves, 17 de noviembre de 2022 Página 29
PROYECTO DE LEY MODIFICACIONES
PROPUESTAS JUSTIFICACIÓN
Artículo 5°. Condiciones
laborales. La implementación del
salario mínimo profesional y salario
mínimo técnico no podrá desmejorar
las condiciones laborales actuales de
los trabajadores.
Artículo 5° 6°. Condiciones
laborales. La implementación
del salario mínimo profesional y
salario mínimo técnico para los
profesionales, tecnólogos y técnicos
no podrá desmejorar las condiciones
laborales actuales de los trabajadores.
Se ajusta redacción y se incluye
al tecnólogo conforme a la
     

de ley.
Artículo 6°. Vigencia y
derogatorias. La presente ley rige a
partir de su promulgación y deroga
demás disposiciones legales y
reglamentarias que le sean contrarias.
Artículo 6° 7. Vigencia y
derogatorias. La presente ley rige a
partir de su promulgación publicación
en el Diario Ocial y deroga demás
todas las disposiciones legales y
reglamentarias que le sean contrarias.
Se corrige la redacción y se
reenumera el artículo.
VIII. PROPOSICIÓN
Con fundamento en las consideraciones anteriores, en
virtud de lo establecido en la Ley 5a de 1992, rendimos
informe de ponencia favorable y solicitamos a los
Honorables Representantes de la Comisión Séptima de
la Cámara de Representantes, dar primer debate al
Proyecto de ley número 191 de 2022 Cámara, por medio
de la cual se ja el salario mínimo profesional y técnico
en Colombia,     
propuesto.
Cordialmente,
TEXTO PROPUESTO PARA PRIMER DEBATE
DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 191 DE
2022 CÁMARA
por la cual se ja el salario mínimo profesional,
tecnólogo y técnico en Colombia.
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto, nalidad y alcance de la presente
ley.         
un salario mínimo para los profesionales, tecnólogos
           
respuesta al tiempo y esfuerzos dedicados a sus estudios.
Artículo 2°. Salario mínimo profesional. Se entiende
por salario mínimo profesional el salario mínimo
asignado a los profesionales universitarios de cualquier
campo.
Parágrafo. El salario mínimo profesional será el
equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales
vigentes de cada año.
Artículo 3°. Salario mínimo técnico. Se entiende por
salario mínimo técnico al salario mínimo asignado a los
graduados con título técnico en cualquier campo.
Parágrafo. El salario mínimo técnico será el
equivalente a uno punto ocho (1.8) salarios mínimos
legales mensuales vigentes de cada año.
Artículo 4°. Salario mínimo para tecnólogo. Se
entiende por salario mínimo para tecnólogo al salario
mínimo asignado a los graduados con título de tecnólogo
en cualquier campo.
Parágrafo. El salario mínimo para los graduados con
título de tecnólogo será el equivalente a dos punto cinco
(2.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes de
cada año.
Artículo 5°. Cálculo del salario. Los salarios
establecidos en los artículos anteriores, tendrán como
base de su cálculo el salario mínimo legal mensual de
cada año establecido por el Gobierno nacional.
Artículo 6°. Condiciones laborales. La implementación
del salario mínimo para los profesionales, tecnólogos y
técnicos, no podrá desmejorar las condiciones laborales
actuales de los trabajadores.
Artículo 7°. Vigencia y derogatorias. La presente
ley rige a partir de su publicación en el Diario Ocial
y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Cordialmente,
* * *
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO
228 DE 2022 CÁM ARA
por la cual se crea la Universidad del Sur y se dictan
otras disposiciones.
Bogotá, D. C., noviembre 16 de 2022
Doctora
JEZMI LIZETH BARRAZA ARRAUT
Presidente Comisión Cuarta Constitucional
Permanente
Cámara de Representantes
Respetada presidente:
Atendiendo la designación que nos hizo la mesa
directiva de la Comisión Cuarta de la honorable Cámara
de Representantes, como ponentes y de conformidad
con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley
5a de 1992, nos permitimos rendir informe de ponencia
positiva para primer debate en Cámara al proyecto de ley
del asunto.
La presente ponencia consta de las siguientes partes:

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