Informe de ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de ley número 377 de 2022 Senado, 221 de 2021 Cámara, por medio de la cual se ajusta la Ley 769 de 2002 y se dictan disposiciones tendientes a garantizar el buen funcionamiento de los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA) - 24 de Noviembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 915769131

Informe de ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de ley número 377 de 2022 Senado, 221 de 2021 Cámara, por medio de la cual se ajusta la Ley 769 de 2002 y se dictan disposiciones tendientes a garantizar el buen funcionamiento de los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA)

Fecha de publicación24 Noviembre 2022
Número de Gaceta1494
Página 6 Jueves, 24 de noviembre de 2022 Gaceta del Congreso 1494
cuando las condiciones geográficas lo requieran para garantizar el
acceso y la permanencia en el sistema educativo de niños
pertenecientes a los estratos más pobres.
PARÁGRAFO 3o. TRANSITORIO. Con cargo a los recursos de la
participación para educación del Sistema General de Participaciones, se
financiará por una sola vez el faltante establecido para el cubrimiento de
los costos de nómina de los docentes de los departamentos y de los
convenios de cobertura educativa a diciembre 31 de 2001, siempre y
cuando los recursos propios de los respectivos departamentos hayan
sido insuficientes para cumplir con estas obligaciones. Para ello
deberán someterse a planes de racionalización educativa y presentar
para validación del Ministerio de Educación, información sobre el déficit
a financiar. El giro de los recursos se hará inmediatamente se haya
recibido la información respectiva.
PARÁGRAFO NUEVO. La asignación de recursos para el programa
“Bono Escolar” se hará con cargo a los recursos de la
participación para educación del Sistema General de
Participaciones..
Artículo 12. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas
aquellas disposiciones que le sean contrarias.
Cordialmente,
ESTEBAN QUINTERO CARDONA
Senadora de la República
Ponente
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO
377 DE 2022 SEN ADO, 221 DE 2021 CÁMAR A
por medio de la cual se ajusta la Ley 769 de 2002 y se dictan disposiciones tendientes a garantizar el buen
funcionamiento de los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA).
Bogotá, D.C., 23 de noviembre de 2022
Doctor
CARLOS ANDRÉS TRUJILLO GONZÁLEZ
Presidente Comisión Sexta Constitucional Permanente
Senado de la República
Asunto: Informe de ponencia para primer debate del Proyecto de Ley No. 377 de
2022 Senado, 221 de 2021 Cámara “Por medio de la cual se ajusta la Ley 769 de
2002 y se dictan disposiciones tendientes a garantizar el buen funcionamiento de los
Centros de Enseñanza Automovilística CEA”.
Respetado Presidente:
En cumplimiento del encargo recibido por parte de la honorable Mesa Directiva de la
Comisión Sexta del Senado de la República y de conformidad con lo establecido en el
artículo 150 de la Ley 5ª de 1992, procedo a rendir Informe de Ponencia para primer
debate al Proyecto de Ley No. 377 de 2022 Senado, 221 de 2021 Cámara “Por medio de la
cual se ajusta la Ley 769 de 2002 y se dictan disposiciones tendientes a garantizar el buen
funcionamiento de los Centros de Enseñanza Automovilística CEA”.
Cordialmente,
ANA MARÍA CASTAÑEDA GÓMEZ
Senadora de la República.
1. TRÁMITE
El Proyecto de Ley No. 377 de 2022 Senado, 221 de 2021 Cámara, de autoría de los
Honorables Representantes Milton Hugo Angulo Viveros, Emeterio José Montes de Castro,
Luis Fernando Gómez Betancurt y el Honorable Senador John Harold Suárez Vargas, fue
radicado en la Secretaría General de la Cámara el 11 de agosto de 2021, publicado en la
Gaceta No. 1081 de 2021.
El Proyecto fue asignado para el inicio de su discusión a la Comisión Sexta
Constitucional Permanente, por considerarlo de su competencia, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 1º de la Ley 3ª de 1992.
La ponencia para primer debate en Cámara de Representantes del presente Proyecto se
publicóel 30 de septiembre de 2021, en la Gaceta No. 1349 de 2021. Fue debatido y
aprobado el 14 de diciembre de 2021 en sesión de la Comisión Sexta Constitucional
Permanente de la Cámara de Representantes.
Durante el debate en la Comisión Sexta fue puesto a consideración de la Comisión una
proposición de archivo radicada por los Representantes María JoséPizarro, León F redy
Muñoz y Wilmer Leal; en la que se argumentaba que la iniciativa no era conveniente por
las razones expuestas por parte del Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de
Transporte y algunos representantes del sector. Dicha proposición fue negada mediante
votación en la Comisión.
La ponencia para segundo debate en Cámara de Representantes de este Proyecto se
publicóel 28 de diciembre de 2021 y el 8 de febrero de 2022, en las Gacetas No. 1921 de
2021 y 044 de 2022. Fue debatido y aprobado el 18 de mayo de 2022 en sesión Plenaria de
la Cámara de Representantes, según consta en la Gaceta No. 563 de 2022.
2. OBJETO
1
La iniciativa organiza y complementa de acuerdo a las exigencias actuales, las
condiciones para garantizar un óptimo desempeño y el cumplimiento de la función misional
de los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA) como Organismos de Apoyo al
Tránsito (OAT). También, corrige las falencias que se presentan en el desarrollo de su
operación y permite que puedan efectuar una transición a persona jurídica sin
contratiempos y sin la obligación de suspender su ejercicio. De igual manera, impacta con
responsabilidad en la formación de buenos e idóneos conductores en las vías del país.
1
Tomado de la exposición de motivos y de los informes de ponencia para primer y segundo debates en la
Cámara de Representantes y el texto aprobado por la Plenaria de la Cámara de Representantes, Gacetas No.
1081, 1349 y 1921 de 2021, 044 y 563 de 2022, respectivamente.

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