Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto al proyecto de ley número 392 de 2022 Senado, 116 de 2021 Cámara, Por medio del cual se establecen parámetros para el cobro de la expedición de las tarjetas y/o matrículas profesionales - 5 de Diciembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 916320092

Informe de ponencia para primer debate y texto propuesto al proyecto de ley número 392 de 2022 Senado, 116 de 2021 Cámara, Por medio del cual se establecen parámetros para el cobro de la expedición de las tarjetas y/o matrículas profesionales

Fecha de publicación05 Diciembre 2022
Número de Gaceta1587
G 1587 Lunes, 5 de diciembre de 2022 Página 5
b. Los Infantes de Marina bachilleres que hayan obtenido el grado de suboficial de
reserva, de acuerdo con reglamentación que expida el Comando General de las Fuerzas
Militares.
c. Las personas con título decarreras técnicas y tecnológicas
Artículo 4. Modifíquese el artículo 129del Decreto Ley 1790 de 2000, el cual quedará
así:
ARTÍCULO 129. RESERVA DE PRIMERA CLASE DE SUBOFICIALES DE LA
FUERZA AEREA. La reserva de primera clase de suboficiales de la Fuerza Aérea está
constituida por los ex alumnos de la Escuela de Formación de suboficiales de la Fuerza
Aérea que hayan presta do en ella por lo menos un (1 ) año de servicio y que acred iten
haber cursado y aprobado estudios sobre mantenimiento de aeronaves en escuelas o
institutos del país o del exterior,y Las personas con título de carreras técnicas y
tecnológicas, mientras no hayan cumplido los sesenta y cinco (65 ) años de edad y
reúnan las condiciones de aptitud sicofísica”.
Artículo 5. Reglamentación. El Comando General de las Fuerzas militares dentro de
un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la promulgación de la presente
Ley, expedirá el Reglamentopara los técnicos y tecnólogos Suboficiales de Reserva de
las Fuerzas Militares.
Artículo 6. Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas
las disposiciones que le sean contrarias.
De los Honorables Congresistas,
GLORIA FLOREZ SCHNEIDER
Senadora de la República
Ponente
Ponente
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
392 DE 2022 SEN ADO, 116 DE 2021 CÁMARA
Por medio del cual se establecen parámetros para el cobro de la expedición de las tarjetas y/o matrículas
profesionales.
Bogotá D.C., 30 de noviembre de 2022
Senador
CARLOS ANDRÉS TRUJILLO GONZÁLEZ
Presidente
Comisión Sexta Constitucional Permanente
Ciudad,
Ref.: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de Ley Nos. 392/22
Senado, No.116/21 Cámara “Por medio del cual se establecen parámetros para
el cobro de la expedición de las tarjetas y/o matrículas profesionales”.
En mi calidad de Senadora y con base en la designación que me hizo la mesa directiva
de la Comisión Sexta Constitucional Permanente del Senado, notificada el 15 de
noviembre de 2022, me permito rendir ponencia positiva para primer debate al Proyecto
de Ley Nos. 392/22 Senado, No.116/21 Cámara “Por medio del cual se establecen
parámetros para el cobro de la expedición de las tarjetas y/o matrículas profesionales”.
Cordialmente,
SANDRA YANETH JAIMES CRUZ
Senadora de la República.
Edificio Nuevo del Congreso Segundo Piso 216.
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE LEY Nos. 392/22 Senado, No.116/21 Cámara
“POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN PARÁMETROS PARA EL COBRO DE
LA EXPEDICIÓN DE LAS TARJETAS Y/O MATRÍCULAS PROFESIONALES”
Bogotá D.C., 30 de noviembre de 2022
Senador
CARLOS ANDRÉS TRUJILLO GONZÁLEZ
Presidente
Comisión Sexta Constitucional Permanente
Ciudad,
Ref.: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de Ley Nos. 392/22
Senado, No.116/21 Cámara “Por medio del cual se establecen parámetros para el
cobro de la expedición de las tarjetas y/o matrículas profesionales”.
Señor Presidente,
En cumplimiento de la designación como Senadora Ponente de la iniciativa en
referencia, en los términos legales que para dicho fin ha dispuesto el reglamento
interno del Congreso, me permito rendir informe de ponencia positiva para primer
debate ante la Comisión Sexta Constitucional Permanente del Senado de la República,
conforme a lo establecido en el artículo 153 de la Ley de 1992, en los siguientes
términos:
I. TRÁMITE LEGISLATIVO
La presente iniciativa de ley fue radicada por los Honorables Representantes Ocar
Hernán Sánchez León, José Luis Correa López, Rodrigo Arturo Rojas Lara, Adriana
Magali Matiz Vargas, Carlos Julio Bonilla Soto, Alejandro Alberto Vega Pérez, Alfredo
Rafael Deluque Zuleta, Julio César Triana Quintero, Juan Carlos Lozada y Jairo
Edificio Nuevo del Congreso Segundo Piso 216.

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