Informe de Ponencia para primer debate en Cámara de Representantes y texto propuesto al Proyecto de ley número 325 de 2022 Cámara, 01 de 2022 Senado, por medio de la cual se modifica el artículo 1° de la Ley 1335 de 2009 y se dictan otras disposiciones
Fecha de publicación | 23 Marzo 2023 |
Número de Gaceta | 201 |
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almacenamiento mediante ruta domiciliaria en los
Artículo 12. Incentivo a la donación. El Estado
Colombiano, en cabeza del Ministerio de Salud y
tanto para la persona donante, como para el lactante,
radio y redes sociales, así mismo en establecimientos
de salud en el territorio nacional.
Parágrafo.
consejería en lactancia materna como temática
los profesionales de la salud entre ellas medicina,
Artículo 13. Plan decenal de lactancia materna:
Colombiano, por intermedio del Ministerio de Salud
lactancia materna.
Artículo 14. Articulación con políticas públicas:
El Gobierno nacional por intermedio del Ministerio
podrá complementar, coordinar y armonizar la Política
seguridad alimentaria de madres y primera infancia;
desde un enfoque de desarrollo y reconocimiento de
capacidades, siempre y cuando se cumpla con los
lineamientos establecidos en la presente ley.
y efectivas, en conjunto con los territorios,
especialmente aquellos con mayores índices
desempleo e informalidad.
Artículo 15. Iniciativas legislativas articuladas
con la política pública. El Gobierno nacional,
madre donante, que incluya incentivos para la
complementaria de forma integral.
Parágrafo 1°. El Gobierno nacional realizará
avances concretos en materia sancionatoria con
respecto a las estrategias de mercadeo perjudiciales
leche materna.
Parágrafo 2°. En el marco de desarrollo
nacional trabajará en garantías de derechos para
que la persona y mujer lactante pueda acceder a un
empleo digno.
Artículo 16. Vigencia y derogatorias. Esta ley
disposiciones legales que le sean contrarias.
Atentamente,
* * *
INFORME DE PONENCIA PARA
PRIMER DEBATE EN CÁMARA DE
REPRESENTANTES AL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 325 DE 2022 CÁMARA, 01 DE
2022 SENADO.
Por medio de la cual se modica el artículo 1° de
la Ley 1335 de 2009 y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., marzo de 2023
Doctor
Permanente.
Cámara de Representantes
Asunto: Informe de Ponencia para Primer
Debate en Cámara de Representantes al Proyecto
de ley número 325 de 2022 Cámara, 001 de 2022
Senado.
Respetado secretario
En cumplimiento del honroso encargo realizado
Constitucional Permanente de la Cámara de
Representantes, y en desarrollo de lo dispuesto en
de coordinador ponente, me permito radicar Informe
de Ponencia para primer debate en Cámara de
2022 Cámara, 001 de 2022 Senado, por medio de
2009 y se dictan otras disposiciones en la Secretaría
Cordialmente,
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INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE EN CÁMARA DE REPRESENTANTES
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 325 DE
2022 CÁMA RA, 01 DE 2022 SENAD O
por medio de la cual se modica el artículo 1° de la
Ley 1335 de 2009 y se dictan otras disposiciones.
Palabras clave: Sistemas Electrónicos de
Administración de Nicotina (SEAN); Sistemas
Similares Sin Nicotina (SSSN); Cigarrillos
Electrónicos; Productos de Tabaco Calentado (PTC);
Vapeadores; Derivados; Sucedáneos; Imitadores;
Vapear; Fumar; Cigarrillo; Tabaco.
Instituciones clave: Ministerio de Salud y
Protección Social; Instituto Nacional de Salud; Invima.
I. INTRODUCCIÓN
El objetivo del presente documento es realizar un
de 2022 Cámara, 01 de 2022 Senado, “por medio
de 2009 y se dictan otras disposiciones” (de ahora
en adelante, “el Proyecto de ley”) para determinar
la conveniencia de los cambios propuestos al
ordenamiento jurídico colombiano.
La presente ponencia consta de las siguientes
secciones:
• Trámite y antecedentes.
• Objeto y contenido del Proyecto de ley.
• Consideraciones del ponente.
• Texto propuesto.
II. TRÁMITE Y ANTECEDENTES
01 de 2022 Senado, por medio de la cual se modica
el artículo 1° de la Ley 1335 de 2009 y se dictan otras
disposiciones fue radicado el día 20 de julio de 2022
publicado en la Gaceta del Congreso874 de
2022. Son autores de la iniciativa los senadores Norma
Esta iniciativa ha sido tramitada en el Congreso
de 2018 Senado, 218 de 2019 Cámara, por la cual se
modica la Ley 1335 de 2009 fue radicado el día 5 de
octubre de 2018 en la Secretaría General del Senado
aprobada en tercer debate (primer debate Cámara de
legislatura.
La iniciativa aquí estudiada fue vuelta a introducir
como el Proyecto de ley 39 de 2022 Senado, siendo
autores de la misma los senadores Norma Hurtado
publicada en la Gaceta 595 de 2020. Su trámite
proyecto de ley fue archivado por tránsito de legislatura.
como ponentes a las senadoras Norma Hurtado
CSP-CS-1021-2022 del 22 de agosto de 2022. La
publicada en la Gaceta 1289 de 2022.
El día 9 de noviembre de 2022, el Proyecto de ley
Senado de forma unánime.
El día 13 de diciembre de 2022, el Proyecto de ley
fue debatido y aprobado en la Plenaria del Senado
la Gaceta del Congreso 1659 de 2022.
III. OBJETO Y CONTENIDO
DEL PROYECTO DE LEY
El Proyecto de ley ⎯que cuenta con 2 artículos⎯
tiene por objeto actualizar la Ley 1335 de 2009, con el
(SEAN), los Sistemas Similares Sin Nicotina
(SSSN) y los Productos de Tabaco Calentado (PTC)
no anunciaban ser tan populares como ocurre en la
actualidad, una realidad que se acopla con estudios que
ciudadanos el uso de aquellos artefactos.
• Artículo 1°: Adiciona y extiende como
de 2009 a los derivados, sucedáneos o
imitadores de los cigarrillos y productos de
Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN) y
los Productos de Tabaco Calentado (PTC).
• Artículo 2°: Establece las vigencias y
derogatorias.
IV. ARGUMENTOS DE LA EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS
mediante iniciativas legislativas como esta, actualice
que se van presentando en el país. Los Sistemas
los Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN) y los
Productos de Tabaco Calentado (PTC) han venido
adquiriendo gran popularidad principalmente entre
las personas menores de edad, lo cual sin duda alguna
genera un llamado al poder legislativo para regular
esta nueva práctica, que se ha venido incrementando
notablemente y permite que las personas, en especial
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