Informe de ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de ley número 362 de 2023 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 151 de la Ley 2200 de 2022 y se dictan otras disposiciones - 19 de Mayo de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 932672612

Informe de ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de ley número 362 de 2023 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 151 de la Ley 2200 de 2022 y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación19 Mayo 2023
Número de Gaceta503
PONENCIAS
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 503 Bogotá, D. C., viernes, 19 de mayo de 2023 EDICIÓN DE 25 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 362 DE 2023 CÁMARA
por medio del cual se modica el artículo 151
de la Ley 2200 de 2022 y se dictan otras
disposiciones.
Bogotá, D. C., 17 de mayo de 2023
Honorable Representante
JUAN CARLOS WILLS OSPINA
Presidente
Comisión Primera Constitucional
Cámara de Representantes
Ciudad.
Referencia: Informe de Ponencia para Primer
Debate al Proyecto de ley número 362 de 2023
Cámara, por medio del cual se modica el artículo
151 de la Ley 2200 de 2022 y se dictan otras
disposiciones.
Honorables Representantes:
En cumplimiento del encargo hecho por la
Honorable Mesa Directiva de la Comisión Primera
Constitucional de la Cámara de Representantes
del Congreso de la República y de conformidad
con lo establecido en el artículo 156 de la Ley 5ª
de 1992, me permito rendir Informe de Ponencia
para Primer Debate al Proyecto de ley número 362
de 2023 Cámara, por medio del cual se modica
el artículo 151 de la Ley 2200 de 2022 y se dictan
otras disposiciones con base en las siguientes
consideraciones.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. INTRODUCCIÓN
La intención principal de esta iniciativa de
ley es exaltar la tradición Etnocultural de San
Basilio de Palenque, y de todos aquellos lugares
en Colombia que han sido reconocidos como
Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad
por la Unesco, y sean declarados por el Estado
colombiano a través de actos administrativos como
Bienes de Interés Cultural de carácter Nacional. De
conformidad, se busca implementar la posibilidad
de que estos territorios adquieran la Categoría
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de que se impulse el desarrollo de los mismos,
entendiendo que dentro del eje funcional de estos
se encuentra principalmente la prestación de los
servicios públicos dentro de su territorio, junto con
la obligación de gestionar el desarrollo del mismo,
el mejoramiento social y cultural de sus habitantes,
entre muchas más.
De acuerdo con el artículo 286 de la Constitución
Política de Colombia son entidades territoriales los
departamentos, los distritos, los municipios y los
territorios indígenas; y como se evidencia, no se
encuentra enunciado el concepto de corregimiento
en la organización territorial del Estado colombiano.
Asimismo, el artículo 311 de la Carta Magna
reconoce al municipio como entidad fundamental
de la división político-administrativa del Estado,
otorgándole la tarea de prestar servicios que
determine la ley, ordenar el desarrollo de su territorio,
promover el mejoramiento social y cultural de sus
habitantes y cumplir las demás funciones que le
asignen la Constitución y las leyes.
Con la implementación de la presente iniciativa
legislativa se instituye en los territorios reconocidos
como Patrimonios Orales e Inmateriales de la
Humanidad la autonomía territorial, la cual se
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entiende como aquella capacidad que posee la
entidad territorial de gestionar sus propios intereses,
dentro de los límites de la Constitución y la ley,
como también, para el desarrollo de los elementos
esenciales del municipio.
Así la iniciativa legislativa provee la necesidad
de crear una institución territorial con facultades que
permitan a los territorios tener una administración
que genere oportunidades y que no dependa
absolutamente del poder central u otros territorios.
Por último, esta iniciativa busca exaltar el aporte
cultural que los habitantes de estos lugares han
realizado a la Nación, y se pretende potencializar
aquellos elementos característicos de estos territorios
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conservar nuestro patrimonio cultural.
II. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY
Esta iniciativa legislativa tiene por objeto adicionar
a las excepciones de las Asambleas Departamentales
para crear municipios, propendiendo por brindar
protección y salvaguarda a las comunidades que han
sido reconocidas y declaradas por la Unesco como
Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad, y
a su vez declaradas por el Ministerio de Cultura
de la República de Colombia como Bien de
Interés Cultural de carácter Nacional, en aras de
lograr el fortalecimiento territorial del Estado con
justicia, servicios, seguridad, recursos públicos e
instituciones democráticas.
III. ANTECEDENTES EN EL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DEL
PROYECTO DE LEY QUE BUSCA ELEVAR
EL CORREGIMIENTO DE SAN BASILIO
DE PALENQUE A LA CATEGORÍA DE
MUNICIPIO ESPECIAL:
En el Congreso de la República de Colombia
durante los últimos años se ha tramitado en distintas
legislaturas el proyecto de ley que busca elevar
al Corregimiento de San Basilio de Palenque a la
Categoría de Municipio Especial y Etnocultural.
Por ello, a continuación hacemos un breve recuento
de los antecedentes que esta iniciativa ha tenido en
dicho órgano legislativo, en aras de contextualizar
un poco sobre el esfuerzo que los Honorables
Parlamentarios y la Comunidad Palenquera han
puesto en lograr que el Primer Pueblo Libre de
América como lo es el Corregimiento de San Basilio
de Palenque obtenga la reivindicación histórica y
social que ha venido esperando de parte del Estado
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Categoría de Municipio Especial y Etnocultural,
máxime cuando en su momento el doctor Iván
Duque Márquez quien fungía como Presidente de la
República de Colombia visitó la Comunidad de San
Basilio de Palenque el 11 de abril de 2019, y en la
Plaza Principal se comprometió con esta población
en asumir el trámite legislativo correspondiente
ante el Congreso de la República con el propósito
de lograr que este corregimiento fuese elevado a
municipio.
En primer lugar, cabe destacar que, el día 16
de agosto de 2019 el Congreso de la República
de Colombia realizó una Audiencia Pública en el
Corregimiento de San Basilio de Palenque, a la
cual asistieron delegados del Gobierno nacional,
Autoridades Locales, Municipales, Departamentales,
y la Comunidad en general. En esta Audiencia se
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proyecto de ley que busca elevar a este corregimiento
a la categoría de municipio especial.
En segundo lugar, cabe reseñar que, de acuerdo a
la Gaceta del Congreso número 1206 del Congreso
de la República de Colombia del 10 de diciembre
de 2019 se presentó el Proyecto de ley número
276 de 2019 Senado, por medio del cual se buscó
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propósito era incluir una nueva excepcionalidad
que permitiera la creación de municipios por
razones de preservación del Patrimonio Cultural
e Inmaterial de la Humanidad declarado por la
Unesco, y que por parte del Ministerio de Cultura
haya sido declarado como Bien de Interés Cultural
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facilitar las condiciones jurídicas para que desde
la Asamblea del Departamento de Bolívar se
procediera a crear el Municipio Especial de San
Basilio de Palenque.
Cabe destacar que, esta iniciativa de ley fue
radicada en la Secretaría General del Senado de la
República de Colombia por la entonces Ministra del
Interior Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda, con
el acompañamiento de los honorables Senadores
Fernando Araújo Rumié, María del Rosario Guerra,
y los honorables Representantes Enrique Cabrales,
y Juan Pablo Celis Vergel.
En tercer lugar, hay que señalar que, el día 10
de junio de 2020 la honorable Senadora María
Fernanda Cabal Molina presentó ante la Comisión
Primera Permanente Constitucional del Senado de
la República el Informe de Ponencia Positiva para
Primer Debate del Proyecto de ley número 276 de
2019 Senado, por medio del cual se buscó modicar
el artículo 16 de la Ley 617 de 2000, publicada en
la Gaceta del Congreso número 336 de 2020 del
Congreso de la República. Sin embargo, el proyecto
de ley fue retirado el 16 de julio de 2020 por los
autores en virtud del artículo 155 de la Ley 5ª de
1992.
En cuarto lugar, es importante mencionar que,
en la Legislatura del año 2021-2022 nuevamente
fue presentado el proyecto de ley ante la Cámara de
Representantes del Congreso de la República bajo
el número 261, por medio de la cual se modica el
artículo 16 de la Ley 617 de 2000 y se dictan otras
disposiciones.
En quinto lugar, cabe resaltar que, el 29 de
septiembre de 2021 el honorable Representante Juan
Manuel Daza Iguarán presentó ante la Comisión
Primera Constitucional Permanente de la Cámara de
Representantes la Ponencia Positiva para dar trámite
al Proyecto de ley número 261 de 2021 Cámara, por

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