Informe de ponencia para Primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de Ley número 103 de 2023 Cámara, por medio de la cual se estimula y fomenta la recreación como estrategia para promover la visita de sitios culturales y turísticos y se dictan otras disposiciones - 4 de Octubre de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 950514597

Informe de ponencia para Primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de Ley número 103 de 2023 Cámara, por medio de la cual se estimula y fomenta la recreación como estrategia para promover la visita de sitios culturales y turísticos y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación04 Octubre 2023
Número de Gaceta1398
G 1398 Miércoles, 4 de octubre de 2023 Página 29
Artículo 11. Funciones del (la) Coordinador(a)
de la Comisión del Adulto Mayor. El (la) Coordinador
(a) de la Comisión del Adulto Mayor tendrá las
siguientes funciones:
1. Realizar y coordinar la labor administrativa
de la Comisión.
2. Contribuir en la ejecución de las funciones
de la Comisión.
3. Elaborar el Orden del Día de cada sesión,
en coordinación con la Mesa Directiva de la
Comisión.
4. Mantener informados a las integrantes de la
Comisión sobre el curso de los temas tratados
en las sesiones, así como hacer seguimiento
al desarrollo de los mismos.
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quórum y ejercer como Secretario ad hoc en
las sesiones de la Comisión.
6. Establecer un vínculo constante con la
comunidad académica y organismos
nacionales e internacionales para facilitar
el análisis de los temas tratados por la
Comisión.
7. Las demás que le sean asignadas, por las
leyes y normas reglamentarias posteriores de
acuerdo con la naturaleza de su cargo.
Artículo 12. De los judicantes y practicantes. La
Comisión del Adulto mayor podrá tener en su planta
pasantes y judicantes acogiendo las disposiciones
y convenios que para tal efecto ha establecido
el Congreso de la República con las distintas
Instituciones de Educación Superior.
Artículo 13. Costo scal. Las mesas directivas
de Senado y Cámara incluirán en el Presupuesto
Anual de Gastos del Congreso de la República,
que hace parte de la Ley de Presupuesto General
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correspondientes al pago de la planta de personal
conforme con lo estipulado en la presente
ley. Los gastos generales necesarios para la
implementación y funcionamiento de la Comisión
Legal del Adulto Mayor, serán asumidos con
cargo a las disponibilidades presupuestales que
para cada vigencia se le asigne a la respectiva
Corporación.
Artículo 14. Vigencia. La presente ley rige a
partir de su promulgación, adiciona la Ley 5ª de
1992, y deroga todas las disposiciones que le sean
contrarias.
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 103 DE 2023 CÁMARA
por medio de la cual se estimula y fomenta la
recreación como estrategia para promover la visita
de sitios culturales y turísticos y se dictan otras
disposiciones.
Bogotá, D. C., octubre de 2023
Doctor
JULIÁN DAVID LÓPEZ TENORIO
Presidente
Comisión Sexta Constitucional
Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Informe de Ponencia para Primer
Debate del Proyecto de ley número 103 de 2023,
por medio de la cual se estimula y fomenta la
recreación como estrategia para promover la visita
de sitios culturales y turísticos y se dictan otras
disposiciones.
En cumplimiento del encargo hecho por la mesa
directiva de la Comisión Sexta de la Cámara de
Representantes y de conformidad con lo establecido
en el artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, procedemos
a rendir informe de ponencia para primer debate del
Proyecto de ley número 103 de 2023 Cámara, por
medio de la cual se estimula y fomenta la recreación
como estrategia para promover la visita de sitios
culturales y turísticos y se dictan otras disposiciones,
con base en las siguientes consideraciones:
I. OBJETO
El objeto del presente proyecto de ley es
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de promover la cultura, el turismo, la recreación, la
unidad familiar y la sostenibilidad de la actividad
regional, únicamente para sitios culturales y
turísticos de carácter público y privado.
II. TRÁMITE DE LA INICIATIVA
Este proyecto de ley fue radicado en julio del
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Cámara -181 del 2021 Senado, de autoría del
honorable Representante José Luis Pinedo Campo
y como coautores, los Congresistas: Mauricio
Parodi Díaz, Karina Estefanía Rojano Palacio,
Modesto Enrique Aguilera Vides, César Augusto
Lorduy Maldonado, José Gabriel Amar Sepúlveda,
Ángela Patricia Sánchez Leal, Karen Violette Cure
Corcione, Gustavo Hernán Puentes Rico Rico,
Eloy Chichi Quintero Romero, David Ernesto
Pulido Novoa, Carlos Mario Farelo Daza, Jaime
Rodríguez Contreras, Jairo Humberto Cristo
Correa, Ciro Fernández Núñez, Atilano Alonso
Giraldo Arboleda, Jorge Méndez Hernández, Salim
Villamil Quessep, Aquileo Media Arteaga, Oswaldo
Arcos Benavides, Óscar Camilo Arango Cárdenas y
Tem ístocles Ortega Narváez.

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