Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 137 de 2010 cámara - 20 de Mayo de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451398426

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 137 de 2010 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 137 DE 2010 CÁMARA. por la cual se promueve la cultura en seguridad social en Colombia, se establece la Semana de la Seguridad Social, se implementa la Jornada Nacional de la Seguridad Social y se dictan otras disposiciones.

Doctora

DIELA LILIANA BENAVIDES SOLARTE

Presidenta Comisión Séptima Constitucional Permanente

Cámara de Representantes

Ciudad

Asunto: Informe de ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 137 de 2010 Cámara, por la cual se promueve la cultura en seguridad social en Colombia, se establece la Semana de la Seguridad Social, se implementa la Jornada Nacional de la Seguridad Social y se dictan otras disposiciones.

Respetada señora Presidenta:

En cumplimiento de la honrosa designación que la Mesa Directiva dirigida por usted de la Comisión Séptima de Cámara de Representantes nos hiciera, de la manera más atenta, por medio del presente escrito y dentro del término establecido para el efecto, procedemos a rendir informe de ponencia para Primer debate al proyecto de la referencia.

ANTECEDENTES

  1. Por intermedio de las honorables Representantes Diela Liliana Benavides Solarte, Rosmery Martínez Rosales y Marta Cecilia Ramírez Orrego se presentó a consideración del Congreso de la República el proyecto de ley que promueve la cultura en Seguridad Social en Colombia, establece la semana de la seguridad social e implementa la Jornada Nacional de la Seguridad Social en nuestro país.

  2. Argumentan las autoras que la iniciativa legislativa puesta en consideración busca evidenciar en la política pública de seguridad social y educativa, la importancia estratégica de fomentar, construir y apropiar por parte de todos, los principios, valores, derechos y deberes de la seguridad social. Para lograrlo, proponen la creación de la jornada nacional por una cultura de seguridad social, la adopción del Programa ¿Estrategia regional para una ciudadanía con cultura en seguridad social: seguridad social para todos.

    CONTEXTO HISTÓRICO INTERNACIONAL Y NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

    Para comprender la importancia de la generación de una cultura de seguridad social en Colombia que fomente, construya y apropie en los colombianos los principios, valores, derechos y deberes, que rigen el funcionamiento del Sistema General de Seguridad Social al que se encuentran afiliados, resulta necesario referirnos brevemente al origen de la seguridad social y recordar la manera en que los instrumentos internacionales de Derechos Humanos actualmente recogen esta materia.

    No obstante a que los servicios de salud pública y los regímenes de seguridad social tienen unos antecedentes históricos diferentes, desde que nacieron han tenido objetivos similares. El interés y la necesidad de procurar protección social a todas las personas ha sido un objetivo común de las sociedades[1][1].

    Los orígenes más próximos al surgimiento de la seguridad social y particularmente de la salud pueden encontrarse en el mundo occidental concretamente en países como Inglaterra, Francia y Alemania[2][2].

    En 1601 Inglaterra expide la primera ley que establece una tasa obligatoria para asistencia a los más pobres, garantizar el trabajo a los desempleados y socorrer a los incapaces bajo el criterio de una dádiva de orden selectivo.

    En un intento por abandonar el criterio de la beneficencia y más próximo a los derechos que se derivan de la actividad laboral, en Francia el denominado ¿Reglamento de Colbert¿ estableció un descuento exclusivamente al salario percibido por los trabajadores con la finalidad de atender sus gastos de hospitalización. Para el año 1709 se sumó otro descuento obligatorio para accidentes de trabajo. Hacia 1793 promulgaron los franceses el primer proyecto de pensiones orientado a cubrir las necesidades básicas insatisfechas de la población más desfavorecida.

    El modelo de protección creado en Francia se vino a perfeccionar en Alemania. Allí se persiguió establecer la obligación de llamar también al empleador para que participara en el cubrimiento de las necesidades de los trabajadores. Se recapacitó en el papel que el Estado estaría llamado a cumplir respecto a las necesidades insatisfechas de la población bajo una protección más integral que comprendiera el núcleo familiar del trabajador. Así surgieron las Cajas de Socorros Mutuos, instaurando un sistema de aportes equitativos entre el trabajador y el empleador. El canciller alemán Bismarck adoptó el concepto de ¿seguro¿ que definió como un contrato que contiene derechos y obligaciones recíprocas encaminadas a garantizar la protección del trabajador y su núcleo familiar frente a todas las contingencias que pudieran presentarse.

    Se registra así la creación de los ¿seguros sociales¿ que viene a consolidar la seguridad social hasta el día de hoy toda vez que de ella se derivan los derechos y obligaciones que el sistema comporta, las entidades prestadoras del servicio e incluso para el Estado en su función reguladora del sistema o prestador directo de los servicios. Además de adoptar el concepto solidario de los aportes, consolidó la creación del seguro de enfermedades (1883), de accidentes (1884) y de invalidez y vejez (1889). A dichos seguros Bismarck los dotó de las características de obligatoriedad, separación de los riesgos, no selección de los riesgos, aportación bipartita y subvención del Estado.

    Ha de resaltarse que en la Gran Bretaña el informe Beveridge influyó también en la elaboración de los sistemas de seguridad social. Fue presentado en 1942 para plantear el reemplazo de la asistencia pública por el Seguro Social y concertar la iniciativa individual al lado del seguro colectivo obligatorio.

    De esta manera, la seguridad social se amplió a todos los países de Europa según las distintas particularidades que ofrece cada Estado como el nivel de desarrollo económico, social, político y cultural.

    En América, Chile expidió una Ley en 1924 que extendía la seguridad social para cubrir los costos de asistencia médica general. Estableció una ¿Caja de Seguro Obligatorio¿ a la que cotizaban los trabajadores, los empleadores y el Gobierno, mediante la cual se prestaba asistencia médica a los trabajadores aunque no a las personas a su cargo.

    Estados Unidos desde 1935 promulgó el ¿Acta de Seguridad Social¿, que además de cubrir las contingencias de salud, pensión y riesgos profesionales, previó otros beneficios que pueden asimilarse a los ¿Servicios Sociales Complementarios¿. Se establece la estructura financiera sobre una sólida base de aportes y una coherencia entre los fines esenciales del Estado y los programas del sistema de seguridad social.

    En Perú la ¿Caja Nacional de Seguro Social del Obrero¿ se estableció en 1936. Dado que los trabajadores contribuían con cotizaciones deducidas de sus salarios, se consideró que tenían derecho a disfrutar de mejores servicios que los que prestaban los hospitales públicos, que se destinaban en gran proporción a las personas indigentes[3][3].

    En Colombia el sistema de seguridad social recoge los clásicos modelos alemán y británico y por ello se sostiene que es de corte mixto[4][4]. La seguridad social en salud para los trabajadores se estableció en forma muy estratificada empezando con los grupos ocupacionales de mayor poder gremial. Se acogió el modelo bismarckiano de seguro social fundado en la relación de empleo dependiente, que formó el sistema y bajo las características consistentes en la cobertura obligatoria sólo para asalariados, programas separados para atender distintos riesgos, cotizaciones basadas en aportes del trabajador y empleador (también regulación por el Estado), prestaciones directamente relacionadas con las cotizaciones y régimen de capitalización para pensiones[5][5].

    Bajo la Constitución Nacional de 1886, la preocupación del Estado colombiano por la seguridad social estuvo dirigida particularmente a garantizar los servicios básicos en materia de salud. Dominó un sistema discriminatorio y desordenado dividido entre lo privado y lo público dependiendo de la capacidad de pago de sus afiliados. Al sistema privado acudían los más pudientes accediendo a los centros de atención médica especializada en tanto que al público concurría la población con menos recursos recibiendo servicios denominados de ¿caridad¿, incluso supeditando en algunos casos su prestación a la obligación de por lo menos hacer una donación de sangre por parte de los familiares del paciente. Debido al incremento de la demanda de servicios, el Estado se vio obligado a crear el sistema de beneficencia, garantizando mediante instituciones la atención en salud de las personas de más escasos recursos económicos[6][6].

    En nuestra historia constitucional la cuestión social llevaría a la reforma constitucional de 1936, consagrándose allí la asistencia pública como función del Estado que se debe prestar a quienes careciendo de medios de subsistencia y de derecho para exigirla de otras personas, estén físicamente incapacitadas para trabajar.

    Como hitos de la seguridad social en Colombia pueden reseñarse la creación de la Caja Nacional de Previsión Social Cajanal con la Ley 6ª de 1945, a la que inicialmente le correspondió el pago de las pensiones para los servidores públicos y después se amplió a la salud y los riesgos profesionales, y que se hizo extensivo a todo el territorio nacional a través de las Cajas de Previsión Social. Mientras ello ocurría en el sector público, en el sector privado...

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