Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 39 de 2012 senado - 24 de Abril de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451034926

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 39 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 39 DE 2012 SENADO. por medio de la cual se aprueba el ¿Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez¿ firmado el 23 de junio de 2001 en la ciudad de Valencia, República Bolivariana de Venezuela.

Bogotá, D. C., 24 de abril de 2013

Doctora

MYRIAM ALICIA PAREDES AGUIRRE

Presidenta

Comisión Segunda Constitucional Permanente

Senado de la República

Señora Presidenta:

Por decisión de la Mesa Directiva de la honorable Comisión Segunda del Senado me ha correspondido rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 39 de 2012 Senado, por medio de la cual se aprueba el ¿Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez¿, firmado el 23 de junio de 2001 en la ciudad de Valencia, República Bolivariana de Venezuela, que me permito exponer en los siguientes términos:

Origen del proyecto

El Proyecto de ley número 39 de 2012 fue presentado por los señores Ministros de Relaciones Exteriores y de Trabajo, según registro de la Secretaría General del Senado, el 7 de septiembre de 2011. Para el inicio del trámite correspondiente, se publicó en la Gaceta del Congreso número 665 de 2011.

Objeto

El Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina busca promover la dimensión socio laboral del proceso de integración a través de una efectiva articulación de sus acciones con los Ministerios de Trabajo de la Subregión así como con los demás órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración.

El Convenio Simón Rodríguez, fue suscrito en Caracas el 26 de octubre de 1973, este Convenio tenía por objeto: ¿adoptar estrategias y planes de acción que orienten la actividad de los organismos subregionales y nacionales, de modo que las medidas tendientes a alcanzar los objetivos del Acuerdo de Cartagena conduzcan al mejoramiento integral de las condiciones de vida y de trabajo en los Países del Grupo Andino¿.

En reunión del Consejo de Ministros de Trabajo realizada en Cartagena en 1999, Colombia propone la modificación del Convenio, para dar un espacio de participación tripartita en los temas socio-laborales, y ajustarlo a las normas laborales vigentes.

El Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez fue suscrito por los Ministros de Relaciones Exteriores de los Países Miembros de la Comunidad Andina en la ciudad de Valencia, República Bolivariana de Venezuela, el 23 de julio de 2001, luego de más de dos años de trabajos del CAMT y sus equipos técnicos. El Protocolo sustituye los textos del Convenio firmado en el año 1973 así como su modificación del año 1976. Para esta época el Convenio Simón Rodríguez funcionó como un foro exclusivo de Ministros de Trabajo de los países andinos.

El actual Protocolo Sustitutorio convierte el Convenio Simón Rodríguez en un Foro de Debate, de Participación y Coordinación para los temas sociolaborales de la CAN, forma parte del Sistema Andino de Integración (SAI). Participando de sus acciones los representantes del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo y de los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral Andinos.

La situación Actual del Protocolo Sustitutorio del Convenio Sociolaboral Simón Rodríguez en Colombia se resume de la siguiente manera:

En reunión en Cancillería efectuada el día 17 de octubre de 2006, se pone a consideración del Ministerio de Relaciones Exteriores el Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez, y donde este Ministerio manifiesta que este Protocolo puede ser certificado siempre y cuando:

¿Exista la Voluntad Política del Ministerio de la Protección Social de su ratificación, situación que se dará en la medida en que se analicé la conveniencia de nuestra participación¿.

En agosto de 2009, se...

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