Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 246 de 2012 senado - 5 de Junio de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451036678

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 246 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 246 DE 2012 SENADO. por medio de la cual se crean estímulos para el fomento de la práctica del fútbol femenino en Colombia y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., 6 de junio de 2012

Doctor

ANTONIO JOSÉ CORREA JIMÉNEZ

Presidente

Comisión Séptima

Senado de la República

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 246 de 2012 Senado, por medio de la cual se crean estímulos para el fomento de la práctica del fútbol femenino en Colombia y se dictan otras disposiciones.

Señor Presidente:

En cumplimiento de la designación que me fue encomendada, presento el informe para primer debate en el Senado de la República al Proyecto de ley número 246 Senado, y para efectos de lo cual me permito hacer las siguientes consideraciones:

I. Objeto y contenido de la iniciativa legislativa

Objeto del proyecto

El Proyecto de ley número 246 Senado, por medio de la cual se crean estímulos para el fomento de la práctica del fútbol femenino en Colombia y se dictan otras disposiciones, tiene por objeto fomentar, promover, difundir y estimular la práctica del fútbol femenino en el territorio nacional en todos sus niveles deportivos, otorgando estímulos, estableciendo políticas, planes, proyectos y programas que promuevan la participación deportiva en el fútbol colombiano de las mujeres en el ámbito nacional, en términos de inclusión social.

II. Contenido y alcance del proyecto

El proyecto de ley consta de 10 artículos que hacen alusión a lo siguiente:

Artículo 1° El objeto de la presente ley es fomentar, promover, difundir y estimular la práctica del fútbol femenino en el territorio nacional en todos sus niveles deportivos.
Artículo 2° Para el cumplimiento del objeto señalado en el artículo anterior, se dará a conocer masivamente en los medios de comunicación la valoración de los esfuerzos deportivos en materia de fútbol del género femenino, dándole el merecido reconocimiento y otorgándole estímulos.
Artículo 3° Con el fin de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades de las mujeres en la práctica del fútbol, el Estado establecerá políticas, planes, proyectos y programas que promuevan la participación deportiva en el fútbol colombiano de las mujeres en el ámbito nacional, en términos de inclusión social.
Artículo 4°

El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación Nacional deberá fomentar, promover y asegurar la práctica del fútbol femenino, a nivel recreativo, competitivo, y profesional en los niveles de educación básica primaria, secundaria, y universitaria, en igualdad de oportunidades, realizándose de manera periódica campeonatos deportivos, integrados al cronograma de actividades, donde se otorguen, estímulos económicos, simbólicos, becas académicas y deportivas, así como el acceso a los medios de comunicación local para efectos de resaltar los méritos deportivos de las mujeres.

Para la formación y práctica del fútbol, las mujeres dispondrán de escenarios deportivos adecuados, tendrán la orientación de entrenadores deportivos calificados y/o docentes capacitados y tendrán las mismas garantías a nivel deportivo, con que cuentan los deportistas del género masculino.

Artículo 5° El Gobierno Nacional incluirá, dentro del presupuesto anual destinado para el deporte, los recursos necesarios para promover la práctica del fútbol femenino y para la creación de los estímulos.
Artículo 6° Los institutos departamentales y municipales de fomento deportivo deberán ejecutar el presupuesto de forma incluyente y equitativa, permitiendo la real participación de las mujeres futbolistas, ante lo cual deberán:

¿ Incentivar la participación femenina en el fútbol, por medio de difusión y divulgación en escuelas, colegios, instituciones universitarias, entidades públicas, empresas y hogares.

¿ Deberán hacer sostenible una política a largo plazo donde se incluyan planes de entrenamiento deportivos en materia de fútbol, entrenador(es), apoyo logístico, apoyo médico, nutricional y fisioterapéutico que sea necesario para el desarrollo deportivo.

¿ Promover la incorporación de personal capacitado en la práctica del fútbol en los equipos femeninos de fútbol.

¿ Incentivar el nivel competitivo entre los equipos de fútbol femenino escolares.

¿ Identificar talentos en materia deportiva con relación al fútbol femenino.

¿ Gestionar la creación de campeonatos de fútbol femenino.

Artículo 7° Las Entidades Territoriales deberán crear a través de ordenanzas Departamentales o Acuerdos Municipales escuelas deportivas que estimulen el fútbol femenino.

Las organizaciones encargadas de la dirección del fútbol en Colombia, en...

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