Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 152 de 2012 senado - 7 de Mayo de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451040922

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 152 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 152 DE 2012 SENADO. por medio de la cual se modifica el artículo 5° del Decreto-ley 4184 de 2011 (Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano).

Bogotá, D. C., 6 de mayo de 2013

Senadora

KARIME MOTA Y MORAD

Presidenta

Comisión Primera Constitucional Permanente

Senado de la República

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 152 de 2012 Senado.

Respetada señora Presidenta:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, con toda atención, me permito presentar informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 152 de 2012 Senado, por medio de la cual se modifica el artículo 5° del Decreto-ley 4184 de 2011 (Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano), para lo cual fuimos designados por la honorable Mesa Directiva de la Comisión Primera, ponencia que se sustenta en los siguientes términos:

I. Antecedentes

El presente proyecto de ley es de iniciativa congresional, siendo firmado por los Honorables Senadores Carlos Alberto Baena y Manuel Virgüez y la Honorable Representante Gloria Stella Díaz, quienes lo radicaron ante la Secretaría General del Senado de la República el 6 de noviembre de 2012. La publicación del proyecto se efectuó en las Gaceta del Congreso números 767 y 959 de 2012. El citado proyecto fue enviado a la Comisión Tercera Constitucional Permanente, y por solicitud del autor se pidió la reasignación de Comisión. Siendo enviado al suscrito ponente para Informe de Ponencia para Primer Debate mediante Oficio fechado el 10 de abril de 2012.

II. Objeto y contenido del proyecto de ley

La iniciativa bajo estudio tiene por finalidad modificar el artículo 5° del Decreto-ley 4184 de 2011

De la exposición de motivos pueden extraerse los siguientes capítulos: (i) objeto de la ley; (ii) generalidades; (iii) fundamentos constitucionales; (iv) impacto fiscal.

La iniciativa legislativa consta de dos (2) artícu los que, en su orden, tratan de la importancia del desarrollo industrial en Colombia (artículo 1º), reservándose el artículo 2º para la vigencia del proyecto en cuanto se promulgue como Ley de la República.

III. Consideraciones frente al proyecto de ley

Antecedentes

La Constitución Política de Colombia consagra en su artículo 150 que corresponde al Congreso hacer las leyes, y en el numeral 10 de este artículo especifica que por medio de ellas puede ¿Revestir, hasta por seis meses, al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias, para expedir normas con fuerza de ley cuando la necesidad lo exija o la conveniencia pública lo aconseje. Tales facultades deberán ser solicitadas expresamente por el Gobierno y su aprobación requerirá la mayoría absoluta de los miembros de una y otra Cámara (...)¿.

Dichas facultades extraordinarias han sido examinadas por la Corte Constitucional, quien en varios pronunciamientos afirma: ¿Dado que la facultad de legislar está asignada al Congreso por mandato expreso de la Carta, cuando el Presidente de la República ejerce dicha función por traslado temporal de esa competencia, debe hacerlo dentro de los estrictos y precisos términos señalados por el legislador ordinario. En consecuencia, al hacer el estudio de constitucionalidad de los decretos leyes expedidos en desarrollo de tales facultades, debe la Corte determinar si el legislador extraordinario respetó o no dichos límites, y para hacerlo ha de definir previamente los conceptos involucrados en la norma habilitante¿ (Sentencia C-180 de 1997).

Siguiendo esta disposición constitucional, se expidió la Ley 1444 de 2011[1][1] ¿Por medio de la cual se escinden unos Ministerios, se otorgan precisas facultades extraordinarias al Presidente de la República para modificar la estructura de la Administración Pública y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones¿ que en su artículo 18 establecía facultades extraordinarias en cabeza del Presidente de la República y cuya constitucionalidad fue expuesta en la Sentencia C-240 de 2012 con...

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