Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 212 de 2012 senado - 4 de Mayo de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451043370

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 212 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 212 DE 2012 SENADO. por medio de la cual se aprueba la ¿Convención para combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales¿, adoptada por la Conferencia Negociadora en París, República Francesa, el 21 de noviembre de 1997.

Bogotá, D. C., mayo 4 de 2012

Honorable Senadora

ALEXANDRA MORENO PIRAQUIVE

Presidenta Comisión Segunda

Senado de la República

Senadores:

En cumplimiento del encargo encomendado por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Permanente del Senado de la República procedo a presentar ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 212 de 2012 Senado, por medio de la cual se aprueba la ¿Convención para combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales¿, adoptada por la Conferencia Negociadora en París, República Francesa, el 21 de noviembre de 1997,en los siguientes términos:

Antecedentes ¿ Trámite legislativo

El Proyecto de ley número 212 de 2012 Senado es de autoría del Gobierno Nacional ¿ Ministerios de Relaciones Exteriores y Ministerio de Justicia, fue radicado en la Secretaría General de la Corporación el 23 de marzo de 2012 y se encuentra pendiente de surtir su primer debate en la Comisión Segunda del Senado. El texto del proyecto de ley y su exposición de motivos fue publicado en la Gaceta del Congreso número 96 del 23 de marzo del año en curso.

Objetivo del proyecto de ley

La ¿Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales¿ de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ¿ OCDE, es un acuerdo que tiene por objeto que los Estados establezcan medidas para prevenir y penalizar las infracciones cometidas por toda persona que, en transacciones comerciales internacionales, directamente o mediante intermediarios, dé o prometa gratificaciones a un servidor público extranjero para que actúe o se abstenga de actuar en relación con el ejercicio de sus funciones oficiales.

Origen de la Convención

La palabra cohecho proviene etimológicamente del vocablo latino ¿confectus¿, cuya significación es negociar o acabar. Los romanos para evitar el abuso de ciertos funcionarios crearon la figura penal llamada ¿crimen repetundae¿ que castigaba la aceptación de la dádiva, hoy una de las modalidades de cohecho.

En términos generales el cohecho ha sido tipificado como aquella conducta punible que ocurre cuando un servidor público recibe para sí o para otro, dinero u otra utilidad, o acepta promesa remuneratoria directa o indirectamente para retardar u omitir un acto propio de su cargo o para ejecutar uno contrario a sus deberes oficiales.

Mediante Sentencia C-709 de 1996, la Honorable Corte Constitucional, sostuvo:

¿¿ Las normas que estructuran el delito de cohecho en sus diferentes modalidades tienen como sustrato un valor moral y ético en cuanto persiguen una finalidad útil a la comunidad, como es la de combatir los fenómenos de corrupción asociados a las acciones que ponen a precio la función pública, es decir, la venta concluida entre un particular y un servidor público de un acto u omisión perteneciente al haz de funciones o competencias que en desarrollo de aquella le han sido asignadas y para los cuales el ordenamiento jurídico no autoriza una contraprestación¿.

Tal como lo manifiestan los Ministerios de Relaciones Exteriores y Ministerio de Justicia en la exposición de motivos, del presente proyecto, la corrupción es uno de los fenómenos más lesivos para los Estados modernos. Aunque el país no dispone de información suficiente sobre la situación y tendencias de este fenómeno, existen numerosos indicios sobre la magnitud y gravedad del problema. En 2011, Colombia obtuvo un puntaje de 3,4 en el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional (donde 10 es cero corrupción y 0 es corrupción muy grande). Según este indicador, Colombia ocupó el puesto 80 entre los 183 países que fueron objeto de estudio.

Por otro lado, el Barómetro Global de Corrupción 2010 mostraba que para el 56% de los ciudadanos colombianos, la corrupción en el país aumentó en los últimos tres años; decreció según el 20% y se mantuvo igual para el 24%. Igualmente, dicha medición señalaba que para el 46% de los ciudadanos las acciones del gobierno para combatir la corrupción han sido ineficaces.

Por su parte, la encuesta LAPOP 2010 revelaba que frente a la pregunta ¿¿Qué le falta a la democracia en su país?¿, la respuesta ¿reducir la corrupción¿ fue escogida por el 62% de los colombianos encuestados, ocupando la primera posición en los países de América Latina. Esta misma encuesta, en su versión del 2011, demostraba que el 81% de los colombianos concuerdan con la afirmación según la cual ¿La corrupción de los funcionarios públicos está muy generalizada¿. Frente a la cuestión de qué tan válido es pagar dádivas para agilizar trámites, apenas el 45% consideró que dicha práctica debe ser castigada.

El Índice de Competitividad Global del Foro Económico Mundial del 2011 reveló que, en el indicador ¿Desviación de fondos públicos¿, Colombia ocupó el puesto 106 entre 142 Naciones (mientras que en el 2008 se ubicó en el puesto 87). A su vez, el indicador de ¿Pagos irregulares y sobornos por parte de las empresas para obtener diversos beneficios¿ ubicó a Colombia en el puesto 90, al mismo nivel que México. El indicador de ¿Favoritismo en las decisiones de gobierno en aspectos relacionados con las decisiones de contratación¿, nos ubicó en el puesto 118. En lo que tiene que ver con la ¿Confianza en las normas y ética de los políticos¿ el puntaje también resultó considerablemente bajo.

La Encuesta de Desempeño Institucional del DANE, que se aplica a funcionarios públicos, mostró que en el 2010 el 17% de los encuestados estimaron que las decisiones de contratación estuvieron influenciadas por el intercambio de favores para favorecer un determinado proponente; un 15% que dichas decisiones estuvieron influenciadas por vínculos regionalistas; un 19.3% que obedecían a vínculos o presiones políticas y un 19% que fueron consecuencia de vínculos personales.

En el mismo sentido, una encuesta realizada por Transparencia por Colombia y la Universidad Externado de Colombia mostró que 93% de las grandes empresas, 88% de las medianas y 92% de las pequeñas reconocieron que sí han ofrecido sobornos en sus relaciones con el Estado; mientras que el 61% de los empresarios consideraba que ¿se pierden los negocios¿ si no se acude al pago de sobornos.

El estudio de Confecámaras del 2006, por su parte, reveló que el 84.4% de los empresarios consultados manifestaron no haber participado en licitaciones por considerar que la competencia no era justa, por la complejidad del proceso licitatorio y por tener la convicción que el mismo estaba politizado. Con respecto a la percepción de la utilización del soborno por parte del sector privado para influir en políticas, leyes y regulaciones, el 33% considera que ocurre casi siempre y otro 18% que ocurre a menudo, lo cual refleja la idea que tienen los ciudadanos sobre la actuación indebida de los empresarios privados.

El Procurador General de la Nación señaló que, según los cálculos de su entidad, el país pierde anualmente el 13% del presupuesto de inversión de la Nación por fenómenos de corrupción, es decir, una cifra cercana a los 9 billones de pesos. Según un estudio del Departamento Nacional de Planeación del 2010, en sectores como educación, salud y agua potable las fugas de recursos públicos pueden representar entre el 20% y el 25% de los recursos asignados, es decir, unos $200.000 millones de pesos anuales. En cuanto a regalías, la misma entidad reportó más de 21.000 irregularidades a los organismos de control. A su turno, según un informe reciente de la Auditoría General de la Nación, de cada $1.000 de detrimento en los recursos públicos, apenas había posibilidad de recuperar 8 pesos.

Si bien Colombia cuenta con un marco normativo para la lucha contra la corrupción, en particular contra el cohecho, es necesario propender por la implementación y aplicación efectiva de nuevas disposiciones que permitan ser más asertivos en la lucha contra este fenómeno.

Para combatir este tipo de crímenes internacionales, una...

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