Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 182 de 2011 senado - 20 de Marzo de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451045738

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 182 de 2011 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 182 DE 2011 SENADO. por medio de la cual se aprueba el ¿Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales¿ del 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978 y el 19 de marzo de 1991.

Bogotá, D. C., marzo 15 de 2011

Honorable Senadora

ALEXANDRA MORENO PIRAQUIVE

Presidenta Comisión Segunda

Senado de la República

Senadores:

En cumplimiento del encargo encomendado por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Permanente del Senado de la República procedo a presentar ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 182 de 2011 Senado, por medio de la cual se aprueba el ¿Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales¿ del 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978 y el 19 de marzo de 1991,en los siguientes términos.

Antecedentes ¿ Trámite Legislativo

El Proyecto de ley número 182 de 2011 Senado es de autoría del Gobierno Nacional ¿ Ministerios de Relaciones Exteriores y de Agricultura y Desarrollo Rural, fue radicado en la Secretaría General de la Corporación el 1° de diciembre del año 2011 y se encuentra pendiente de surtir su primer debate en la Comisión Segunda del Senado. El texto del proyecto de ley y su exposición de motivos fue publicado en la Gaceta del Congreso número 935 del 5 de diciembre 2011.

Contenido del proyecto de ley

Los tratados internacionales constan generalmente de 3 partes. La primera, hace referencia al Preámbulo que se compone a su vez de dos segmentos, enunciación de los Estados u Organizaciones Internacionales participantes y Exposición de Motivos. En el convenio objeto de discusión, en esta primera parte, se encuentran contenidas las justificaciones que existen para aprobar este instrumento, cuyo objetivo es proteger los derechos de los obtentores de nuevas variedades vegetales, teniendo en cuenta los propósitos esenciales de la política económica del actual gobierno, como es la modernización del aparato productivo dentro del proceso de apertura e internacionalización de la economía.

Así mismo, este convenio tiene por finalidad el cumplimiento por parte del Estado Colombiano de las obligaciones derivadas de la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América en Washington desde el 22 de noviembre de 2006, aprobado por el Congreso colombiano mediante la Ley 1143 de 2007.

La segunda parte de un tratado internacional lo constituye su cuerpo dispositivo el cual está integrado por las diferentes cláusulas en él contenidas. Entre las cláusulas del presente convenio encontramos: definiciones, obligaciones de las partes contratantes, condiciones para la concesión del derecho de obtentor, requisitos de la solicitud de la concesión, así como los derechos otorgados. El acuerdo establece disposiciones referentes a la Organización y sus miembros tales como el estatuto jurídico, sede, organismos que la conforman, y disposiciones finales (se refiere a temas como manifestación de la voluntad para vincularse a un tratado, la admisión o no de reservas, designación de Depositario, entrada en vigor, entre otros). La tercera y última parte de un tratado contendrá los anexos o apéndices en caso que estos existan.

Régimen constitucional y legal de los tratados en Colombia

¿Los tratados son actos jurídicos complejos, que se encuentran sometidos a un régimen jurídico complejo, pues están regidos tanto por normas internacionales como por disposiciones constitucionales. Así, el derecho internacional consagra la vida y los efectos internacionales de esos acuerdos, mientras que el derecho constitucional, establece la eficacia interna de los tratados así como las competencias orgánicas y los procedimientos institucionales por medio de los cuales un país adquiere determinados compromisos internacionales¿. (Corte Constitucional, Sentencia C-400 de 1998).

Nuestra Carta Política de 1991 diseñó un sistema claro y estructurado para que el Estado Colombiano pudiese asumir obligaciones internacionales. Este sistema está dispuesto para permitir la intervención de las tres Ramas en las que se divide el Poder Público. Por tanto, tal y como lo explica la Corte Constitucional en la Sentencia C-400...

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