Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 138 de 2006 senado - 12 de Abril de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451455918

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 138 de 2006 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 138 DE 2006 SENADO. por la cual se reestructura el Sistema de Salud de la Fuerza Pública, se crea la Dirección General de Salud de la Fuerza Pública (DGSFP), se modifica y establece la naturaleza jurídica del Hospital Militar Central y del Hospital Central de la Policía Nacional así como de la Red Hospitalaria del Sistema Nacional de Salud de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad social para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

Bogotá, D. C., 9 de abril de 2007

Doctor:

JESUS MARIA ESPAÑA VERGARA

Secretario

Comisión Séptima Constitucional Permanente

Honorable Senado de la República

Ciudad.

Referencia: Informe de ponencia para primer debate en el Senado de la República al Proyecto de ley número 138 de 2006 Senado, por la cual se reestructura el Sistema de Salud de la Fuerza Pública, se crea la Dirección General de Salud de la Fuerza Pública (DGSFP), se modifica y establece la naturaleza jurídica del Hospital Militar Central y del Hospital Central de la Policía Nacional así como de la Red Hospitalaria del Sistema Nacional de Salud de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad social para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

Señor Secretario:

Para los fines de su competencia, conforme al artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, me permito remitir a usted el informe de ponencia para Primer Debate en Senado de la República, correspondiente al proyecto de ley arriba referenciado.

Dicho informe lo entregamos en original y dos copias impresas y una copia en medio magnético.

Del señor secretario de la Comisión Séptima Constitucional Permanente, del honorable Senado de la República.

Atentamente,

Reginaldo Enrique Montes Alvarez,

Senador de la República.

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE

AL PROYECTO DE LEY NUMERO 138 DE 2006 SENADO

por la cual se reestructura el Sistema de Salud de la Fuerza Pública, se crea la Dirección General de Salud de la Fuerza Pública (DGSFP), se modifica y establece la naturaleza jurídica del Hospital Militar Central y del Hospital Central de la Policía Nacional así como de la Red Hospitalaria del Sistema Nacional de Salud de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad social para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

Bogotá, D. C., 9 de abril de 2007

Doctor

MIGUEL PINEDO VIDAL

Presidente Comisión Séptima Constitucional Permanente

Senado de la República.

Ciudad.

Referencia: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 138 de 2006 Senado, por la cual se reestructura el Sistema de Salud de la Fuerza Pública, se crea la Dirección General de Salud de la Fuerza Pública (DGSFP), se modifica y establece la naturaleza jurídica del Hospital Militar Central y del Hospital Central de la Policía Nacional así como de la red hospitalaria del Sistema Nacional de Salud de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones en materia de Seguridad Social para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

Conforme a la honrosa designación que se me hizo como ponente del Proyecto de ley número 138 de 2006 Senado, por la cual se reestructura el Sistema de Salud de la Fuerza Pública, se crea la Dirección General de Salud de la Fuerza Pública (DGSFP), se modifica y establece la naturaleza jurídica del Hospital Militar Central y del Hospital Central de la Policía Nacional así como de la red hospitalaria del Sistema Nacional de Salud de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones en materia de Seguridad Social para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, presento a consideración de la Comisión Séptima del honorable Senado de la República, la ponencia para primer debate.

  1. TRAMITE DE LA INICIATIVA

    El Proyecto de ley número 138 de 2006 Senado, fue radicado el día 3 de octubre del año 2006 por el honorable Senador Luis Elmer Arenas Parra en la Secretaría General del Senado de la República. Con anterioridad lo planteado en dicho proyecto de ley ya había sido presentado por el honorable Senador Arenas en las legislaturas 2004-2005 y 2005-2006.

    En la legislatura 2004-2005 aunque se alcanzó a realizar la asignación de ponentes de dicha iniciativa (Proyecto de ley número 277 de 2005 Senado), siendo ellos los honorables Senadores Angela Cogollos y Jesús Bernal Amorocho, esta fue retirada a solicitud de su autor el día 3 de junio del 2005.

    En la legislatura 2005-2006 el proyecto de ley que hoy se pone en consideración de la Comisión Séptima del honorable Senado, correspondía al Proyecto de ley número 15 de 2005 Senado y los ponentes para primer debate fueron los honorables Senadores Oscar Iván Zuluaga, Angela Cogollos y Jesús Bernal Amorocho. En ese momento los ponentes rindieron ponencia negativa y el proyecto fue archivado en Comisión el 6 de diciembre del 2005.

  2. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

    El proyecto de ley consta de cinco (5) títulos:

    ¿ TITULO I

    DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD DE LA FUERZA PUBLICA

    ¿ TITULO II

    DE LA COBERTURA DE USUARIOS Y BENEFICIOS DEL SISTEMA

TITULO III

DE LA FINANCIACION Y ADMINISTRACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD DE LA FUERZA PUBLICA (SNSFP)

¿ TITULO IV

DE LAS EMPRESAS SOCIALES DE SALUD DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD DE LA FUERZA PUBLICA

¿ TITULO V

DE LAS DISPOSICIONES FINALES.

A continuación se presenta una breve descripción del contenido de cada uno de los anteriores títulos.

TITULO I

DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD DE LA FUERZA PUBLICA

Consta de cuatro capítulos compuestos por 21 artículos en los cuales se crea el Sistema Nacional de Salud de la Fuerza Pública (SNSFP) para las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se define la naturaleza del sistema, los objetivos y principios del sistema y se especifican las características del mismo.

Entre otras, se establece lo siguiente:

¿ Se crea la Dirección General de Salud de la Fuerza Pública (DGSFP) como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, de carácter científico, técnico y especializado con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Defensa Nacional. Se establece que el régimen presupuestal, contractual y de control fiscal de la Dirección General de Salud de la Fuerza Pública (DGSFP) será el mismo establecido en la ley para los establecimientos públicos del orden nacional. (Artículo 7°).

¿ El objeto de la (DGSFP) sería la administración general del Sistema Nacional de Salud de la Fuerza Pública. Los órganos de dirección de la DGSFP serían: El Consejo Superior de Salud de la Fuerza Pública (CSSFP), el Director Nacional de Salud de la Fuerza Pública (DNSFP), los Comités de los Subsistemas de Salud de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional y las Direcciones de Salud de los Subsistemas (artículo 8°). De igual forma se enuncia la conformación y funciones de cada una de las anteriores estancias.

¿ Se establecen la Dirección, integración y funciones de dos subsistemas: del...

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