Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 03 de 2011 senado - 7 de Diciembre de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451477250

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 03 de 2011 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 03 DE 2011 SENADO. por medio de la cual se establece el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser criados, cuidados y formados sin ningún tipo de maltrato y se dictan otras disposiciones.

ACUMULADO CON LOS PROYECTOS DE LEY NÚMERO 33 DE 2011 SENADO

por la cual se adiciona la Ley 599 de 2000 o Código Penal.

PROYECTO DE LEY NÚMERO 43 DE 2011 SENADO

por medio de la cual se modifica la Ley 599 de 2000, relacionado a los niños y niñas víctimas del conflicto armado.

PROYECTO DE LEY NÚMERO 44 DE 2011 SENADO

por medio de la cual se modifica la Ley 599 de 2000 para eliminar la prescripción de la acción penal contra las conductas punibles de genocidio, crímenes de lesa humanidad u otros actos.

PROYECTO DE LEY NÚMERO 130 DE 2011 SENADO

por la cual se modifica el artículo 376 del Código Penal.

Señor doctor

LUIS FERNANDO VELASCO CHAVES

Presidente

Comisión Primera

Honorable Senado de la República

Ciudad

En cumplimiento del honroso encargo por usted encomendado, atentamente nos permitimos rendir informe de ponencia para primer debate en Senado de la República alProyecto de ley número 03 de 2011 Senado, por medio de la cual se establece el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser criados, cuidados y formados sin ningún tipo de maltrato y se dictan otras disposiciones, acumulado con los Proyectos de ley número 33 de 2011 Senado, por la cual se adiciona la Ley 599 de 2000 o Código Penal; Proyecto de ley número 43 de 2011 Senado, por medio de la cual se modifica la Ley 599 de 2000, relacionado a los niños y niñas víctimas del conflicto armado; Proyecto de ley número 44 de 2011 Senado, por medio de la cual se modifica la Ley 599 de 2000 para eliminar la prescripción de la acción penal contra las conductas punibles de genocidio, crímenes de lesa humanidad u otros actos; Proyecto de ley número 130 de 2011 Senado, por la cual se modifica el artículo 376 del Código Penal, en los siguientes términos.

  1. Consideraciones previas

    1. Acumulación de proyectos

      La Mesa Directiva de la Comisión Primera del Senado de la República dispuso la acumulación de los proyectos señalados, decisión que los ponentes consideramos razonable si se tiene en cuenta que las iniciativas pretenden reformar un mismo cuerpo normativo creando tipos penales, haciendo descripciones de conductas típicas y señalando penas, entre otras. Se puede decir entonces que existe unidad de materia para proceder a la acumulación de los proyectos de ley. Sin embargo, los ponentes queremos poner de presente a la Comisión, como a continuación se explicará, que es necesario excluir de la ponencia y por lo tanto proceder a la desacumulación de los Proyectos de ley número 44 de 2011 Senado y 130 de 2011 Senado pues sobre estas iniciativas no se ha pronunciado el Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria y es el querer de los ponentes conocer la opinión de dicho organismo sobre esos importantes temas.

    2. Solicitud de concepto al Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria

      El 31 de agosto del año en curso se presentó en sesión de la Comisión Primera del Senado de la República una proposición en la que se solicitó enviar al Consejo Superior de Política Criminal los proyectos arriba relacionados con la excepción del Proyecto número 130 de 2011 que fue acumulado después, para que de acuerdo a lo establecido en la Ley 888 de 2004 dicha entidad emitiera concepto sobre tales iniciativas.

      La proposición fue aprobada y los proyectos fueron remitidos al Consejo Superior de Política Criminal en aquella fecha. En virtud de esta decisión tomada en la Comisión Primera los miembros de la comisión de ponentes designados para el estudio de las iniciativas acordamos esperar, como resulta obvio, la respuesta de dicho órgano y sólo presentar el informe de ponencia cuando el ente mencionado se manifestara sobre el contenido de las propuestas.

      El concepto fue remitido al Congreso de la República tal como consta en el respectivo informe de recibo el día 28 de noviembre y notificado a los ponentes el 6 de diciembre de los corrientes. El concepto contiene observaciones respecto a los Proyectos de ley número 03 de 2011 Senado; 33 de 2011 Senado y 43 de 2011 Senado, y se obvian los proyectos 44 de 2011 Senado y 130 de 2011 Senado, sobre los cuales, señala en Consejo, se ocupará en la próxima sesión del organismo.

      Con las anteriores anotaciones, procede la Comisión de Ponentes a manifestarse en torno a los Proyectos de ley número 03 de 2011 Senado, 33 de 2011 Senado y 43 de 2011 Senado, acogiendo el concepto del Consejo Superior de Política Criminal y dejando pendiente la decisión referida a los Proyectos de ley número 44 de 2011 Senado y 130 de 2011 Senado, hasta que el citado organismo se pronuncie sobre ellos.

  2. Importancia de la Política Criminal en Colombia

    La Corte Constitucional se ha referido al contenido y alcance de la Política Criminal en diferentes providencias[1][2], y ha sostenido que está contenida en documentos políticos y jurídicos elaborados a través de tres momentos: la enunciación de sus componentes, la articulación de estos elementos y la definición de los medios y el tiempo en que deben desarrollarse. El Alto Tribunal lo ha definido como ¿el conjunto de respuestas que un Estado estima necesario adoptar para hacerle frente a conductas consideradas reprochables o causantes de perjuicio social con el fin de garantizar la protección de los intereses esenciales del Estado y de los derechos de los residentes en el territorio bajo su jurisdicción¿. Se puede decir entonces que dicho concepto ¿comprende la respuesta penal tradicional al fenómeno criminal¿[2][3].

    De acuerdo con la jurisprudencia constitucional, son materias objeto de la política criminal, entre otras, las siguientes: la definición de bienes jurídicos con miras a su protección a través de la tipificación de conductas punibles; el reconocimiento de los derechos de las...

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