INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATEPROYECTO DE LEY NÚMERO 365 DE 2020 SENADO, 565 DE 2021 CÁMARA, por medio de la cual se modifican y se adicionan algunos artículos de las Leyes 56 de 1981, 142 de 1994, 143 de 1994 y 1715 de 2014 y se dictan otras disposiciones para la transición energética, la reactivación económica del país y para el fortalecimiento de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible - 28 de Mayo de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264324

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATEPROYECTO DE LEY NÚMERO 365 DE 2020 SENADO, 565 DE 2021 CÁMARA, por medio de la cual se modifican y se adicionan algunos artículos de las Leyes 56 de 1981, 142 de 1994, 143 de 1994 y 1715 de 2014 y se dictan otras disposiciones para la transición energética, la reactivación económica del país y para el fortalecimiento de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible

Fecha de publicación28 Mayo 2021
Número de Gaceta514
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 514 Bogotá, D. C., viernes, 28 de mayo de 2021 EDICIÓN DE 41 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATEPROYECTO DE LEY NÚMERO 365
DE 2020 SENADO, 565 DE 2021 CÁMARA
por medio de la cual se modican y se adicionan algunos artículos de las Leyes 56 de 1981, 142 de 1994,
143 de 1994 y 1715 de 2014 y se dictan otras disposiciones para la transición energética, la reactivación
económica del país y para el fortalecimiento de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible.
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Uno de los principales retos para la humanidad hoy en día, es enfrentar las consecuencias de
los cambios acelerados del clima, los cuales ti
enen impacto en el ambiente, la sociedad y la
economía. Cuando hay un incremento de temperatura la Tierra, sus habientes vivientes
sufren consecuencias negativas, muchas veces extintivas, al romperse el equilibrio de sus
sistemas naturales, creando repercusiones trágicas y catastróficas en el desarrollo de las
actividades productivas humanas. En el largo plaz
o, la mitigación de GEI se constituye como
una medida de adaptación, es decir que entre más se reduzcan las emisiones GEI, menos
necesidades de adaptación tendremos a futuro.
Se estima que de continuar con el crecim
iento actual, para 2100 se aumentaría dos más de
temperatura; siendo este un escenario conservador. Esta cifra podría aumentar, con
consecuencias nefastas para la conservación de la vida en la Tierra. Es necesario reinventar
nuestra forma de vivir para reducir la producción gases de efecto invernadero. Para el
planeta, y por supuesto para Colombia, cada grado más de temperatura importa.
Para el IDEAM en un estudio de 2015 estimó que:
La última investigación realizada por IDEAM calculó, para Colombia, un aumento de la
temperatura media del orden de 0.13°C/década para 1971-2000 y, el ensamble
multimodelo de los escenarios de cambio climático proyectan que la temperatura
promedio del aire en el país aumentará con respecto al período de referencia 1971-2000
en: 1.4°C para el 2011-2040, 2.4°C para 2041-2070 y 3.2°C para el 2071-2100. A lo largo
del siglo XXI, los volúmenes de precipitación decrecerían entre un 15% y 36% para amplias
zonas de las regiones Caribe y Andina y existirían incrementos de precipitación hacia el
centro y norte de la Región Pacífica. La humedad relativa disminuiría especialmente en La
Guajira, Cesar, Tolima y Huila.1
1 IDEAM, PNUD, MADS, DNP, CANCILLERÍA. 2015. Escenarios de Cambio Climático para Precipitación y
Temperatura para Colombia 2011-2100 Herramientas Científicas para la Toma de Decisiones – Estudio Técnico
Completo: Tercera Comunicación Nacional de Cambio Climático. 2015
Como consecuencia, en los últimos años, los instrumentos de planificación de Colombia para la
acción climática se han consolidado y puesto en marcha. a través de la formulación de los
Planes Integrales de Gestión de Cambio Climático a nivel sectorial (PIGCCS) y territorial
(PIGCCT). Consolidados recientemente en a la actualización de la Contribución Determinada a
Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés), que busca definir metas y medidas para la gestión
del cambio climático para el periodo 2020-2030, y se establecen sinergias con la Agenda 2030
de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Asimismo, la NDC se articula con la Estrategia
de Largo Plazo E2050 que Colombia comunicará a la Convención Marco de Naciones Unidas
para el Cambio Climático (CMNUCC) en antelación a la COP26.
Específicamente, esta actualización de la NDC de Colombia fue aprobada en el marco de la
Novena Sesión de la Comisión Intersectorial de Cambio Climático, del 10 de diciembre de 2020.
Y Colombia establece su compromiso de mitigación, en términos de las emisiones absolutas
máximas del país en el año 2030 (meta absoluta de emisiones para un solo año) como se
describe a continuación:
x Emitir como máximo 169.44 millones de t CO2 eq en 2030 (equivalente a una reducción
del 51% de las emisiones respecto a la proyección de emisiones en 2030 en el escenario
de referencia), iniciando un decrecimiento en las emisiones entre 2027 y 2030
tendiente hacia la carbono-neutralidad a mediados de siglo.
x Establecer presupuestos de carbono para el periodo 2020-2030 a más tardar en 2023.
x Reducir las emisiones de carbono negro del 40% respecto al nivel de 2014.
Para el logro de estas metas se incluyen acciones en diferentes sectores, como el energético y
transporte.
Este proyecto, se convierte entonces como el vehículo legislativo para incorporar medidas que
logren reducir la emisión de Gases Efecto Invernadero a través de la generación de energía y
de promover el uso de combustibles limpios en el transporte. Algo que de manera pródiga
podemos entender como la transición energética.
Diversificar la matriz energética de Colombia es una necesidad apremiante, por lo cual, es
necesario plantear mecanismos para la implementación de energías renovables y mejorar la
eficiencia energética en el sector industrial, de transporte y energético colombianos. Avanzar
hacia la sustentabilidad energética en Colombia implica desarrollar un enfoque integral y de
largo plazo, requiere reducir la dependencia de fuentes no renovables (fósiles), una transición
que incorpore combustibles limpios al sistema energético, con el objetivo de reducir las
emisiones de gases contaminantes y demás impactos ambientales colaterales.
Adicionalmente, despues de la expedición de la Ley 1715 de 2014, se han visto desarrollos
importantes en las energías renovables, no obstante, hay aspectos, en su mayoría
Página 2 Viernes, 28 de mayo de 2021 Gaceta del Congreso 514
administrativos, que han demorado su mejor evolución. Por lo cual, el presente proyecto
realiza varias modificaciones a la precitada ley. Comenzando por modernizar su objetivo en los
siguientes términos: dinamizar el mercado energético a través de la promoción, el desarrollo,
el almacenamiento y la utilización de las fuentes no convencionales de energía principalmente
aquellas de carácter renovable, su incorporación en la prestación del servicio de los servicios
de energía y alumbrado público y en otros usos energéticos como medio necesario para el
desarrollo económico sostenible, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y
la seguridad de abastecimiento energético. Con los mismos propósitos se busca promover la
gestión eficiente de la energía y sistemas de medición inteligente, que comprende tanto la
eficiencia energética como la respuesta de la demanda.
De otra parte, la reactivación económica es parte esencial de la vida de todos los colombianos,
no solo quienes sufrieron y sufren los embates de la pandemia sino del Estado, en general, para
que sea capaz de responder a sus necesidades, llevando los bienes y servicios esenciales a la
población, fortalezca la clase media, promueva la lucha contra la pobreza y el desarrollo de las
regiones. Con base en ello, en la presente iniciativa se busca lograr un mejoramiento de
cobertura y calidad en los servicios de energía y gas.
Reuniendo lo expuesto, la presente iniciativa tiene como propósito modernizar la legislación
vigente y dictar otras disposiciones para la transición energética, la dinamización del mercado
energético a través de la utilización, desarrollo y promoción de fuentes no contaminantes de
generación eléctrica, la reactivación económica del país y, en general dictar normas para el
fortalecimiento de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible. De la mano de
buscar el fortalecimiento del sector energético del País con el fin de procurar una autopista que
garantice la reactivación económica que hoy requiere el país.
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El Proyecto de Ley No. 365 de 2020 Sendo, “POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICAN Y SE
ADICIONAN ALGUNOS ARTÍCULOS DE LAS LEYES 56 DE 1981, 142 DE 1994, 143 DE 1994 Y 1715
DE 2014 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES PARA LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA, LA
REACTIVACIÓN ECONÓMICA DEL PAÍS Y PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS
PÚBLICOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y GAS COMBUSTIBLE” fue presentado ante la Secretaría
General de la Senado de la Republica el 27 de noviembre de 2020 por los Honorables
Senadores: JOSE DAVID NAME CARDOZO, NORA MARIA GARCIA BURGOS, DIDIER LOBO
CHINCHILLA, y ALEJANDRO CORRALES ESCOBAR con pleno cumplimento de los requisitos
formales exigidos para tal efecto, conforme a lo establecido en el artículo 149° de la Ley 5ª de
1992.
El 2 de diciembre de 2020 fue publicado en la gaceta 1424 de 2020 y enviado a la Comisión
Quinta Constitucional Permanente el día 4 de diciembre de 2020. Por instrucciones de la Mesa
Directiva se designaron como ponentes a los mismos autores.
Debido a la trascendencia de esta iniciativa, sus autores le solicitaron al Señor Presidente de la
República el estudio de manera expedita, a través de su acompañamiento mediante el mensaje
de Urgencia. En misiva del 24 de marzo de 2021, dirigida a los Presidentes del H. Senado de la
República, ARTURO CHAR CHALJUB, de la H. Cámara de Representantes, GERMÁN ALCIDES
BLANCO ÁLVAREZ y de las Comisiones Quintas Constitucionales Permanentes GUILLERMO
GARCÍA REALPE y LUCIANO GRISALES LONDOÑO, el Primer Mandatario de los Colombianos con
la suscripción de los Ministros de Hacienda y Crédito Público, Minas y Energía y Ambiente y
Desarrollo Territorial, solicitó:
… en consideración de lo establecido en el artículo 163 de la Constitución Política y el
artículo 191 de la Ley 5 de 1992, solicitamos respetuosamente al Honorable Congreso de
la República, por su distinguido conducto, dar trámite de urgencia al Proyecto de Ley "por
medio de la cual se modifican y se adicionan algunos artículos de las leyes 56 de 1981,
142 de 1994, 143 de 1994 y 1715 de 2014 y se dictan otras disposiciones para el
fortalecimiento de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible para la
transición energética y la reactivación económica del país", así como su deliberación
conjunta en las respectivas Comisiones Constitucionales Permanentes, de conformidad
con los procedimientos establecidos para tal fin.
Como constancia legislativa, se hace imprescindible retomar las consideraciones del mensaje
de urgencia:
Ante los retos que plantea esta situación extraordinaria, el sector minero - energético
tiene la responsabilidad de ser un motor estratégico de cara a la reactivación sostenible
de la economía, pues se trata de un sector que aporta 7 puntos del PIS, uno de cada tres
dólares de la inversión extranjera directa y más del 50% de las exportaciones. En lo que
respecta a ingresos fiscales para el país, el sector es responsable de cerca del 12% de los
ingresos corrientes de la Nación, por virtud de los ingresos por regalías pagadas por las
industrias extractivas.
En tal virtud, y teniendo en cuenta este rol estratégico del sector, se hace de interés público
avanzar hacia la consolidación de una matriz de generación eléctrica complementaria,
resiliente y comprometida con la reducción de carbono, aumentando la participación de
las fuentes no convencionales de energía renovable -FNCER, y asegurando la ejecución de
proyectos energéticos que se traduzcan en oportunidades de inversión en infraestructura,
nuevas tecnologías y en transmisión. En la misma línea, se encuentra necesario adoptar
medidas dirigidas a incentivar la eficiencia energética como medio para garantizar el
mayor
aprovechamiento
de
la
energía,
la
optimización
de
costos
y
el
impacto
en
la
generación de empleo y productividad en todos los sectores. Se ha identificado en ese
sentido que el aporte fundamental que puede dar la aceleración de la transición
energética en la reactivación económica y social del país.
Las mesas directivas de Senado y Cámara, accedieron a la solicitud del Señor Presidente y la
Mesa Directiva del Senado expió la Resolución 089 del 7 de abril de 2021, mediante la cual se
autoriza “a la Comisión Quinta Permanente del Senado de la República para sesionar
conjuntamente con la Comisión Quinta Constitucional Permanente de la Cámara de
Representantes, con el fin de estudiar y dar primer debate al Proyecto de Ley No.365 de 2020
Senado - No.565 de 2021 Cámara” obrando de conformidad se procedió al envío del expediente
del Proyecto de ley a la Comisión Quinta de la Cámara.
La Mesa Directiva de esa célula legislativa el día 14 de abril, designó como ponentes a los
Representantes: a los H.R. EDWIN GILBERTO BALLESTEROS ARCHILA Y OSCAR CAMILO ARANGO
CARDENAS y como coordinador Ponente, a JOSE EDILBERTO CAICEDO.
El 16 de abril, la Mesa Directiva de la Comisión Quinta Permanente del Senado de la República
dispuso adicionar como ponentes a los Senadores JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA y JORGE
ENRIQUE ROBLEDO CASTILLO.
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Despues de la primera designación de ponentes por la Mesa Directiva de la comisión Quinta
del Senado de la República se realizó un foro con la participación del Gobierno Nacional,
Universidades y representantes de los principales gremios del sector minero-energético. La
siguientes es una síntesis del mismo elaborada por la Secretaria General de esta Célula
legislativa:
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Martes 9 de marzo de 2021
TEMA:
“Proyecto de Ley No. 365 de 2020 Senado, Por medio de la cual se modifican y se
adicionan algunos artículos de las leyes 56 de 1981, 143 de 1994 y 1715 de 2014 y se
dictan otras disposiciones para la transición energética, la reactivación económica del
país y para el fortalecimiento de los servicios públicos de energía eléctrica y gas
combustible”.
Senador José David Name Cardozo
RESUMEN INTERVENCIONES
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La transición energética es una prioridad, ahorita viene la reforma tributaria y aquí
estamos dando una cantidad de incentivos muy importantes para en lo que tiene que ver
con los aspectos de vehículos eléctricos, a gas, e híbridos, entonces que no vaya a
borrarse con el codo lo que se va a hacer con la mano, tenemos ya una seguridad jurídica
de la reforma anterior, se necesita mantener esos incentivos que han dado resultados y
avanzar en este proceso, ya miramos que hemos tenido en este gobierno pasar del 1 al
12% en esta matriz de recursos eólicos y solares fundamentalmente La Guajira, pues
tenemos que lograr esos beneficios que se están plasmando aquí en este proyecto, y
tener la certeza de que el Ministro de Hacienda no nos vaya a quitar esa seguridad que
repito ha funcionado y tiene que ver muchas cosas importantes.
Estamos de acuerdo con esos incentivos, creemos que es importantísimo mantenerlos,
estamos de hay que seguir fortaleciendo el FENOGE , creemos que es fundamental
hacerlo, pero hay que hacerlo de manera muy coherente, hay que reglamentar todo lo
que tiene que ver con el hidrógeno y todo lo que tiene que ver con el hidrógeno verde
también estamos de acuerdo en ese proceso; pero nos preocupa como ya le decíamos,
las modificaciones que se van a hacer en la Ley 142 y 143, es necesario actualizar estas
leyes.
En lo que tiene que ver con Fonenergía, que ese nuevo fondo que ustedes quieren crear
es muy importante porque va a sustituir el FRONE, el FAER, el FAZNI, el Fondo Especial
de Cuotas de Fomento, pero hay que tener mucho cuidado, porque hay sectores que
tienen recursos como de energía y gas que van a ser muy difícil ese manejo.
En el tema de las contribuciones, aquí La Corte Constitucional dijo claramente que fue
inexequible, están repitiendo el proyecto tal cual como fue dicho que es inexequible, es
un error, hay que modificar eso y por eso proponemos que el artículo 28 si se va a meter
tiene que ser modificado absolutamente porque si no los congresistas van a tener
problemas al votar algo que la Corte dijo que ya es inexequible en un momento
determinado.
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Al proyecto le hace falta mucha carne social, es decir darle la oportunidad a las
comunidades que ellas se expresen, pero que también sean informadas de lo que se va a
hacer, porque es que el territorio no es únicamente esa porción geográfica, el territorio
tiene que ver con la cultura, con los seres humanos que allí se encuentran, con cómo ellos
conciben el contexto, con cómo es su ambiente, y entonces por ejemplo el proyecto que
hay en La Guajira de 57 partes eólicos con miles de aerogeneradores que van a ir desde
Gaceta del Congreso 514 Viernes, 28 de mayo de 2021 Página 3
Manaure hasta el Cabo de la Vela y desde Media Luna y Bahía Portete hasta Punta
Estrella, y de ahí hasta Maicao y Cuestecitas, pues eso va a cambiar todo el territorio; y
eso no lo puede hacer el Estado de una manera unilateral, porque entonces vamos a
tener los problemas que hoy estamos padeciendo con el otro tipo de energías.
Obviamente que en estos proyectos se van a tener que explotar otros minerales como el
cobre y el oro, pero hay que blindar a esas comunidades pues para que dichas zonas con
la excusa de la transición no vayan a tener que sufrir el rigor de esa explotación minera.
Y finalmente, si queremos hacer o estamos empeñados en esta transición energética, y
van a involucrarse a los privados porque esa es la dinámica que establece el gobierno,
pues el gobierno y el Estado están en la obligación de garantizar que los precios de la
energía bajen.
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La transición energética en Colombia debe ser aterrizada a unas necesidades particulares
de mercado: uno: a precios eficientes y dos: a energía confiable, y que necesitamos la
combinación balanceada de diferentes fuentes para contar con las dos cosas, de nada
nos sirve tener una matriz limpia y cara, pero tampoco queremos tener una matriz alta
en emisiones y barata, tenemos que buscar un punto medio que le sirva al país y que le
sirva al consumidor final.
Voy al punto de los artículos. Creemos que el hidrógeno verde, que el punto del
hidrógeno verde no debe limitar a la producción del hidrógeno en un solo color, creemos
que debe ser, deben incluir todos los colores; el artículo 24 sobre la emergencia
energética, nosotros entendemos que se esté buscando un mecanismo, dado lo que pasó
con el Covid, pero nosotros creemos que esto debe recaer sobre una entidad superior.
Sobre el artículo 28, no creemos que el cálculo de la contribución deba volver a estar
aquí, dado que la Corte Constitucional ya lo declaró inexequible; y el artículo 37, este
tema de principios en materia de confiabilidad nosotros creemos que debe tener una
redacción mucho más precisa, porque se presta para muchas interpretaciones, y
nosotros tenemos hoy muy bien regulado el tema en materia de confiabilidad y de los
mecanismos de intervención del ejecutivo para eventos extremos.
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La industria del gas también está empezando un camino de descarbonización, como lo
empezó el sector eléctrico hace ya unos 15, 20 años, con la introducción de estas
tecnologías renovables no convencionales, que tuvo el apoyo a través de la Ley 1715,
nosotros estamos viendo en ese camino de descarbonización pues no solamente la mayor
participación del gas natural, sino también un crecimiento importante para los próximos
20 años, entonces, al igual que ha sucedido con los biocombustibles, etanol, gasolina,
biodiesel, diésel, uno digamos en un camino y hagamos transitorio intermedio, podría
empezar a generar una política de mezclas con el hidrogeno, mezclarlo con el gas natural.
La visión nuestra es una mayor descarbonización, una mayor introducción de esos gases
verdes que se pueden transportar en la infraestructura de transporte y distribución de
gas natural en principio, y por supuesto un mayor uso del gas natural, y permítanme
hacerle una reflexión sobre el tema del gas natural, y es que el gas natural en este camino
de descarbonización también es muy importante, muy importante porque no solamente
reduce casi un 100% el material particulado que es el contaminante que afecta la calidad
del aire en las ciudades, sino también estamos viendo reducciones entre el 30 y 50% de
los gases efecto invernadero, sobre todo el CO2, que es el principal gas efecto
invernadero.
El gas natural aporta también de manera muy importante en la discusión de
descarbonización, no solamente por los beneficios en la calidad del aire, sino también por
la reducciones en ese CO2, de hecho en la flota que entró recientemente en
Transmilenio, en el sistema de transporte de Bogotá, cuando usted compara un bus euro
6 gas, con un bus euro 5 diésel, estamos viendo inclusive reducciones del 50% de CO2,
entonces ahí también aportamos; un mensaje final, es la reflexión de que cada país, debe
transitar por esta transición energética, de acuerdo con sus propias fortalezas.
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Desde el punto de vista tecnológico pues plantea un interesante debate con elementos
muy importantes de hacia las fuentes alternativas no renovables, que estarían en la
dirección correcta de superar este efecto de la contaminación atmosférica por los gases
de efecto invernadero, y hay unos debates y unas discusiones que se han dado acá desde
el punto de vista económico y de la sostenibilidad en esa transición que se plantea en
este proyecto.
Sin embargo quiero hacer referencia a un aspecto muy importante, en cuanto al
significado nacional y al significado de los territorios de la transición energética, creo que
allí hay que considerar elementos muy importantes como la afectación que se va a tener
en territorios históricamente mineros del carbón como en el Cesar y la Guajira, en donde
se ve venir la pérdida de más de 10.000 empleos de los trabajadores de este sector, e
incluso los pequeños mineros del carbón en las cuencas subandinas van a tener una
transformación en sus formas de vida.
Hay un tema relacionado con las minerías encadenadas a estos modelos de energías
alternativas, y básicamente lo que tiene que ver con el cobre y elementos que constituyen
las materias primas de estas nuevas tecnologías.
Hay unos elementos que vinculan esa transición a elementos locales y nacionales, como
el transporte, que se ha evaluado de una manera muy interesante en este debate, tiene
relación con los procesos de deforestación de las fronteras agrícolas, sobre todo en la
relación geopolítica con los países que quieren reducir estas contaminaciones, Colombia
tiene un balance de generación de oxígeno muy positivo, que le da un margen de
negociación y de configurar una transición a la medida del país en términos de la
soberanía; entender que esta transición tendrá una gradualidad en la comprensión de
todos estos elementos y se requeriría del análisis de estos territorios, de unos centros de
pensamiento, que se miren la relación energía – sociedad.
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Hay varios elementos vemos favorables dentro de este proyecto de ley; el tema de los
trámites ambientales, se está volviendo un cuello de botella complejo en la realización
de proyectos tanto de generación como de transmisión de energía eléctrica, digamos que
refrescar nuevamente la ley 1715, usted bien lo mencionó también, nuevas tecnologías
que aparecen en el día a día y con ello me voy a referir ahorita en un momento, pero es
bueno estarla actualizando en términos digamos de beneficios hacia los agentes que
creen en estas nuevas tecnologías.
Incentivos a la movilidad eléctrica, totalmente de acuerdo, y en general digamos a la
movilidad sostenible, Colombia es uno de los países que más, o digamos, dentro de su
matriz de emisiones de CO2 el sector transporte es el segundo sector que más aporta en
estas emisiones, entonces es importante incentivar esos usos eficientes de diferentes
energéticos para la movilidad.
Un elemento que creo que es fundamental también allí plasmado, es la reorganización
de los fondos, el sector eléctrico se caracterizó por tener muchos fondos creados a partir
digamos de diferentes leyes, que van renovándose con el Plan Nacional de Desarrollo,
creo que el objeto de esta ley digamos en tratar de reorganizarlos y en buscar digamos
su eficiencia me parece loable, y obviamente mencionar allí el tema de la eficiencia
energética que es fundamental para hacer un buen uso de la energía y de los energéticos
que tenemos en el país.
Puntos por mejorar; hay elementos que pueden no estar relacionados totalmente, o
coordinados totalmente con la hoja de ruta de la emisión de transformación, y le explico
cuál: puntualmente le hablaría de dos, digamos; uno, el tema del cargo por confiabilidad,
cambiar digamos el objetivo del cargo como está allí plasmado dentro de la ley, creo que
en la coyuntura en la que estamos nosotros, con el riesgo de Ituango allí metido, dar una
señal nuevamente de cambio de objetivos, podría ser complicado los agentes que están
desarrollando esos proyectos hoy en día, y que son los que van a ser llamados digamos
en el año 2022 y hacia adelante, a suplir esa falta de energía firme que tendríamos
digamos si el proyecto Hidroituango tiene una demora adicional.
Y otro elemento allí puntual es, cuando se habla digamos de dar cargo por confiabilidad,
o incentivos de cargo por confiabilidad a otras tecnologías, yo creo que hoy en día ya se
está haciendo, digamos, el mensaje aquí es, no vemos la necesidad de hacer un cambio
de ley frente a la Ley 142, porque todos estos ajustes se pueden dar desde el lado
regulatorio, con la implementación de la misión de transformación y esta hoja de ruta
que está trabajando el gobierno; eso sería digamos como un elemento en el cual creemos
nosotros que puede ser fundamental algún ajuste. Otro elemento que está un poco
desalineado, es el tema de la emergencia energética, es un artículo que está allí
considerado, creemos nosotros que ya dentro de la regulación y dentro de la política
energética contamos con mecanismos para atender puntualmente emergencias
energéticas desde el lado eléctrico y desde el lado de gas natural, de pronto en
combustibles líquidos sí amerita incorporar ese criterio de emergencia energética.
En temas de movilidad eléctrica, yo creo que ahí se puede ser un poco más agresivo, hay
unas mesas de trabajo que se vienen haciendo con los gremios, particularmente lideradas
por la ANDI, que pueden dar nuevos elementos digamos a incorporar dentro de la ley,
como les decía, no solamente movilidad eléctrica, sino movilidad sostenible en general,
y partiendo de algunos, digamos el tema del IVA creo que se vuelve fundamental hacia
adelante revisar nuevamente si podemos hacer nuevamente exenciones de IVA, y desde
el lado eléctrico se puede hacer algo y es, ustedes lo incorporan allí cuando son las
estaciones de cargas de grandes usuarios, por ejemplo del sistema de transporte masivo,
eliminar la contribución del sector eléctrico, yo creo que esa eliminación de contribución
puede darse en general a todos los usos, o digamos, a todos los puntos de carga de las
diferentes tecnologías.
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Este proyecto de ley incorpora nuevas alternativas como el hidrogeno y otras fuentes que
precisamente van a permitir identificar cómo podemos seguir cerrando las brechas en las
zonas no interconectadas.
Vale la pena mencionar que desde el instituto, en coordinación con el Ministerio de Minas
y Energía, hemos trabajado de una manera coordinada, el Presidente Iván Duque ha
liderado de una manera concreta la transición energética y vemos cómo más familias
durante este gobierno han sido conectadas y han superado esa brecha de no
accesibilidad de los servicios públicos y el reto que tenemos sigue siendo inmenso.
Esta permanente relación entre el cierre de brechas nos trae grandes retos regulatorios,
por ejemplo la manera en cómo se integra una zona no interconectada al sistema

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