Informe de ponencia para segundo debate, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en primer debate por la Comisión Sexta al Proyecto de Ley número 188 de 2023 Cámara - 92 de 2022 Senado, por medio de la cual se establecen las pautas de la Política Nacional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Producción, de la Industria Farmacéutica para la autonomía sanitaria de Colombia y se dictan otras disposiciones - 1 de Abril de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1032130397

Informe de ponencia para segundo debate, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en primer debate por la Comisión Sexta al Proyecto de Ley número 188 de 2023 Cámara - 92 de 2022 Senado, por medio de la cual se establecen las pautas de la Política Nacional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Producción, de la Industria Farmacéutica para la autonomía sanitaria de Colombia y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación01 Abril 2024
Número de Gaceta319
PONENCIAS
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXIII - Nº 319 Bogotá, D. C., lunes, 1° de abril de 2024 EDICIÓN DE 41 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO
DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
188 DE 2023 CÁMAR A - 92 DE 2022 SENADO
por medio de la cual se establecen las pautas de
la Política Nacional de Investigación Cientíca,
Desarrollo Tecnológico y Producción, de la
Industria Farmacéutica para la autonomía sanitaria
de Colombia y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 22 de marzo de 2024
Doctor
JULIÁN DAVID LÓPEZ TENORIO
Presidente
Comisión Sexta
Cámara de Representantes
Asunto: Informe de Ponencia para Segundo Debate
al Proyecto de Ley número 188 de 2023 Cámara - 92
de 2022 Senado, por medio de la cual se establecen las
pautas de la Política Nacional de Investigación Cientíca,
Desarrollo Tecnológico y Producción, de la Industria
Farmacéutica para la autonomía sanitaria de Colombia
y se dictan otras disposiciones.
Respetado Presidente Julián López,
Por la presente, y en cumplimiento del encargo
asignado por la Mesa Directiva de esta célula
congresional, comedidamente y de acuerdo a
lo normado por la Ley 5ª de 1992, me permito
rendir Informe de Ponencia para Segundo Debate
al proyecto de ley precitado en los términos que a
continuación se disponen.
De usted cordialmente,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. ANTECEDENTES
El presente proyecto de ley fue radicado ante la
Secretaría General del Senado de la República el día
3 de agosto de 2022 por el honorable Senador Pedro
Hernando Flórez Porras, de autoría del mismo y
la honorable Representante a la Cámara Jennifer
Pedraza Sandoval.
El proyecto de ley fue repartido a la Comisión
Sexta Constitucional Permanente del Senado para
rendir Primer Debate en Senado en el cual se designó
como Ponente a su autor, el honorable Senador
Pedro Hernando Flórez Porras
7 de septiembre de 2022.
El 29 de noviembre de 2022, la Comisión Sexta
Constitucional Permanente del Senado dio Primer
Debate a la iniciativa, aprobando en su totalidad
el presente proyecto de ley conforme al pliego de
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de los Senadores Pedro Flórez, Sandra Jaimes y
Carlos Eduardo Guevara. El 15 de agosto de 2023,
la Plenaria del Senado de la República aprobó el
texto propuesto para Segundo Debate.
El 22 de septiembre de 2023, la Comisión Sexta
de la Cámara de Representantes designó como
ponente único de la iniciativa, al Representante
Dolcey Óscar Torres.
El 5 de diciembre de 2023 se llevó a cabo el
Primer Debate del proyecto en la Comisión Sexta
de la Cámara de Representantes. En esta ocasión,
se presentaron dos proposiciones al artículo 15, una
propuesta por el Representante Hernando González,
la cual fue avalada; la segunda proposición fue
presentada por el Representante Alfredo Cuello,
quien la retiró y la dejó como constancia. Esto mismo
ocurrió con las proposiciones que el Representante
Cuello presentó a los artículos 3°, 4°, 7°, 18, 20,
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21 y 22. Asimismo, los artículos 14, 18, 19, 20 y
21 se votaron por fuera del bloque de los demás
artículos debido a que el Representante Jaime Raúl
Salamanca propuso su discusión individual. Como
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producto del Primer Debate, fue la del artículo 15.
II. OBJETO
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para la construcción de una política nacional de
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innovación y producción de la industria
farmacéutica que aporte de manera decisiva en el
avance nacional de Colombia hacia su autonomía
sanitaria, estableciendo una serie de mecanismos
que permitan asegurar la disponibilidad de
medicamentos, principios activos, productos
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bienes productivos que cumplan con los estándares
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a una verdadera garantía en el ejercicio del derecho
a la salud de los colombianos, especialmente para
contar de manera oportuna con medicamentos
para la vida, la salud y el bienestar en Colombia,
considerando cadenas globales de abastecimiento
continuo, incluyendo periodos de emergencias
sanitarias u otro tipo de circunstancias de alcance
local, nacional o internacional.
III. CONSIDERACIONES GENERALES
DE LOS AUTORES
En la actualidad, Colombia es altamente
dependiente de la importación de un número
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siete de cada diez medicamentos son importados,
especialmente aquellos que no disponen de
presentaciones genéricas o que requieren de
complejos procesos productivos, así como de gran
parte de las materias primas y bienes tecnológicos
que son requeridos para la fabricación de productos
farmacéuticos en el país.
La Misión Internacional de Sabios evidenció, en
2019, una serie de problemáticas a resolver para el
caso colombiano, entre las cuales se encuentran el
desabastecimiento de los medicamentos esenciales,
la baja producción local y magistral de medicamentos
biotecnológicos, el bajo desarrollo y producción
local en tecnologías sanitarias relacionadas con
enfermedades desatendidas. Estas problemáticas
enunciadas, se hicieron especialmente evidentes
durante la pandemia por SARS CoV-2/COVID-19.
Colombia cuenta con un importante historial
en materia del uso de la ciencia a favor de la salud
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de sus capacidades propias para la fabricación de
vacunas y otras tecnologías sanitarias; de hecho,
la producción de medicamentos en el país solía
ser 70% local y solo 30% era importado. Sin
embargo, hubo un momento en que se abandonó ese
camino y la infraestructura tecnológica se dispuso
esencialmente para la erradicación de enfermedades.
En consecuencia, ante la crisis de salud pública más
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Debido a la pandemia, los países miembros de
la Comisión Económica para América Latina y el
Caribe (CEPAL) y de la Comunidad de Estados
Americanos y Caribeños (CELAC), entre los que se
encuentra Colombia, aprobaron en el año 2021 el
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objetivo avanzar en líneas de acción para fortalecer las
capacidades productivas y de distribución de vacunas
y medicamentos en la región. De igual manera, el
Primer Foro Mundial de la Organización Mundial
de la Salud sobre Producción Local, realizado entre
el 1° y el 25 de junio de 2021, recomendó crear
un mecanismo que estimulara la participación del
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con los distintos organismos del sector, con objeto
de transferir tecnologías prioritarias a los países de
bajos y medianos ingresos.
Por tales razones, resulta estratégico y prioritario
realizar un reconocimiento a la industria farmacéutica
y establecer unas bases claras que logren encaminar
nuevamente a Colombia hacia la autonomía en el
    
como mantener una infraestructura industrial que
dé respuesta a las necesidades de salud pública por
medio del desarrollo, transferencia, fabricación y
distribución de medicamentos, vacunas y de todas
aquellas tecnologías sanitarias que garanticen de
manera efectiva los derechos a la vida y la salud de
los habitantes del territorio colombiano.
Contar con capacidad local de suministro de
medicamentos, vacunas y demás tecnologías
sanitarias, ya fue posible en el pasado; reconstruirlas
es además necesario para favorecer la seguridad
nacional en el largo plazo. Fue desacertado creer
que se podía renunciar a los esfuerzos en materia
de investigación y manufactura de vacunas y
productos farmacéuticos bajo el supuesto de que era
“mejor y más barato” importarlos. Esta decisión ha
conllevado al país a una condición de vulnerabilidad
y dependencia.
La desindustrialización y el abandono de la ciencia
farmacéutica ha generado enormes desventajas
para el mercado local en prácticamente todos los
escenarios. Otros países, asistidos de conocimiento
y tecnología que han sabido asimilar y producir,
resultan ser sencillamente más competentes que
la industria farmacéutica colombiana en todos los
aspectos de la competencia global.
En consecuencia, el presente proyecto de
ley, busca resolver los siguientes problemas: (i)
Desabastecimiento y escasez de medicamentos
esenciales, (ii) Baja producción local y magistral de
medicamentos biotecnológicos, (iii) Bajo desarrollo
y producción local en tecnologías sanitarias
relacionadas con enfermedades desatendidas y (iv)
Falta de oportunidades e incentivos para el talento
humano farmacéutico.

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