Informe de ponencia para segundo debate texto propuesto texto aprobado del proyecto de ley número 207 de 2022 Cámara, por medio del cual se transforman los zoológicos, parques animales, exhibiciones animales y parques temáticos en "parques de la conservación con componente de conservación e investigación científica - 8 de Noviembre de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1033865899

Informe de ponencia para segundo debate texto propuesto texto aprobado del proyecto de ley número 207 de 2022 Cámara, por medio del cual se transforman los zoológicos, parques animales, exhibiciones animales y parques temáticos en "parques de la conservación con componente de conservación e investigación científica

Fecha de publicación08 Noviembre 2023
Número de Gaceta1568
Página 20 Miércoles, 8 de noviembre de 2023 G 1568
capacitación sin perjuicio de que otras Instituciones
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sociedad civil puedan participar en ellos.
Parágrafo. La Escuela Superior de Administración
Pública, ESAP cuenta con veinticuatro (24) meses
contados a partir de la expedición de la presente ley
para determinar los mecanismos de formación y
capacitación respectivos.
Artículo 6°. Informes de seguimiento. Las
entidades señaladas en el artículo 5° de la Ley 1712
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o sustituya, deberán incluir en el informe de
rendición de cuentas que elaboren en cada vigencia
con base en la normatividad vigente, los reportes en
las plataformas o modelos públicos que se destinen
para ello y una sección del estado de cumplimiento
de la presente ley.
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mecanismos de reporte de información existentes
y evitar cargas administrativas adicionales, los
informes de seguimiento de los que trata el presente
artículo podrán ser incluidos en el Modelo Integrado
de Planeación y Gestión (MIPG) y/o en el Formulario
Único de Reporte de Avance en la gestión (FURAG).
Artículo 7°. Versión de lectura fácil en los
informes de rendición de cuentas. Con el objetivo
de promover la consulta y uso efectivo de la
información contenida en los informes que proveen
las entidades públicas y teniendo en cuenta los
lineamientos conceptuales y metodológicos para
formular e implementar estrategias de rendición
de cuentas del Departamento Administrativo de la
Función Pública o quien haga sus veces, los sujetos
obligados en la Ley 1712 de 2014, o aquella norma
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la difusión de los informes de rendición de cuentas
en versión de lectura fácil. Este ejercicio de difusión
se hará con el propósito de invitar al ciudadano a
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accesibles, con recursos físicos y audiovisuales que
permitan comprender más fácilmente los diferentes
documentos e información.
Artículo 8°. Informes de gestión en versión
pedagógica y de fácil lectura.    
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principio de transparencia, los informes de gestión
que las entidades señaladas en el artículo 5° de la
Ley 1712 de 2014, o aquella norma que la adicione,
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que cualquier persona, incluyendo aquellas en
situación de discapacidades puedan comprender
fácilmente su contenido.
Por lo tanto, estas entidades deberán proporcionar
una versión pedagógica y de fácil lectura de los
informes de gestión, junto con la versión estándar,
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la información a toda la ciudadanía.
Artículo 9°. Uso del lenguaje claro y lectura
fácil en los planes de acción de Estado Abierto. El
Comité de Estado Abierto de Colombia propenderá
por el uso del lenguaje claro y lectura fácil en la
construcción y mesas de cocreación con los actores
de la sociedad civil.
El uso del lenguaje claro y lectura fácil deberá
contribuir al mejoramiento y entendimiento de
los estándares de gobierno abierto tales como:
transparencia, participación ciudadana, rendición de
cuentas e innovación pública.
Por lo tanto, estas entidades deberán proporcionar
una versión pedagógica y de fácil lectura de los
informes de gestión, junto con la versión estándar,

la información a toda la ciudadanía.
Artículo 10. Mecanismos y herramientas para
personas en situación de discapacidad. El Estado
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para que los documentos, procesos, comunicaciones,
trámites, servicios y otros procedimientos
administrativos sean accesibles a la población en
situación de discapacidad siguiendo los parámetros
del método lectura fácil en redacción, estructura,
diseño y presentación.
Artículo 11. Vigencia y derogatorias. La presente
ley rige a partir de la fecha de su promulgación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Del honorable Representante:
* * *
INFORME DE PONENCIA PARA
SEGUNDO DEBATE DEL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 207 DE 2022 CÁMARA
por medio del cual se transforman los zoológicos,
parques animales, exhibiciones animales y parques
temáticos en “parques de la conservación con
componente de conservación e investigación
cientíca.
Honorable Representante
LUIS RAMIRO RICARDO BUELVAS
Presidente
Comisión Quinta Constitucional Permanente
Ciudad
Referencia: Informe de ponencia para
segundo debate del Proyecto de Ley número 207
de 2022 Cámara, por medio del cual se transforman
los zoológicos, parques animales, exhibiciones
animales y parques temáticos en “parques de la
conservación” con componente de conservación e
investigación cientíca.
Respetado presidente:
De conformidad con lo establecido en el artículo
150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992 y en atención a la

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