Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 091 de 2014 Cámara - 29 de Abril de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 568682930

Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 091 de 2014 Cámara

por medio de la cual se modifican la Ley 73 de 1988 y la Ley 919 de 2004 en materia de donación de órganos y se dictan otras disposiciones. Bogotá D. C., 3 de mayo de 2015

Honorable Representante

JAIME BUENAHORA FEBRES

Presidente

Comisión Primera Constitucional Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para Segundo debate al Proyecto de ley número 091 de 2014 Cámara.

Respetado señor Presidente:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, con toda atención, me permito presentar informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 091 de 201 4 Cámara, por medio de la cual se modifican la Ley 73 de 1988 y la Ley 919 de 2004 en materia de donación de órganos y se dictan otras disposiciones, para lo cual fui designado por la honorable Mesa Directiva de la Comisión Primera, ponencia que se sustenta en los siguientes términos:

1. Trámite de la iniciativa

El día nueve (09) de septiembre de 2014, el honorable Representante a la Cámara Rodrigo Lara radicó ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes el Proyecto de ley número 091 de 2014 Cámara, por medio de la cual se modifican la Ley 73 de 1988 y la Ley 919 de 2004 en materia de donación de órganos y se dictan otras disposiciones. La iniciativa fue publicada en la Gaceta del Congreso número 489 de 2014.

Por designación de la honorable Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, Acta número 005, fui nombrado como ponente para rendir informe de ponencia en primer debate conforme al Oficio C.P.C3.1-0192-2014 de fecha 26 de septiembre de 2014. Dicha ponencia fue radicada el día 21 de octubre de 2014 y publicada en la Gaceta del Congreso número 647 de 2014. En sesión de fecha 14 de abril de 2015 la iniciativa fue aprobada por unanimidad de los miembros de la comisión.

2. Objeto y contenido del proyecto

El proyecto de ley tiene por objeto modificar algunas normas de la Ley 73 de 1988, Por la cual se adiciona la Ley 09 de 1979 y se dictan otras disposiciones en materia de donación y trasplante de órganos y componentes anatómicos para fines de trasplantes u otros usos terapéuticos, y de la Ley 919 de 2004, por medio de la cual se prohíbe la comercialización de componentes anatómicos humanos para trasplante y se tipifica como delito su tráfico¿, así como generar un marco jurídico para la donación de órganos y tejidos, más acorde con la realidad colombiana.

3. Consideraciones

En Colombia la donación de órganos todavía no goza de la suficiente aceptación por parte de las personas, a pesar de las campañas que alrededor de ello se gestan.

Conforme al diario El Huila[1][1] un estudio realizado con 600 ciudadanos de Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga y Barranquilla, concluyó que el 90,6% de ellos acepta la donación de órganos, pero la mitad (49,53%) no asume la muerte cerebral como un hecho irreversible y equivalente de muerte.

Según explica el profesor Eyner Lozano Márquez, director del Grupo de Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos de la Universidad Nacional (UN), la muerte en los seres humanos se da de dos maneras: cardiaca y encefálica. En el primer caso, la mayoría de personas comprenden que si el corazón deja de latir, la persona muere; pero en el segundo, se suele pensar erróneamente que es un hecho reversible.

Este hallazgo constituye un reto para los investigadores, ya que, históricamente, del total de trasplantes realizados en el país cada año, entre el 90% y el 93% se realizan con órganos de donantes con muerte cerebral. Por eso, en opinión del docente de la Facultad de Medicina de la UN, se debe aclarar la confusión entre esta condición, el estado de co ma y el vegetativo, en los cuales se mantiene la actividad cerebral, aunque sea leve.

María Angélica Salinas Nova, coordinadora nacional de la Red de Donación y Trasplantes del Instituto Nacional de Salud (INS), explica que ¿al detenerse todas las funciones del cerebro, la tecnología conserva por un tiempo el latido cardiaco a través de respiradores artificiales, para mantener los tejidos oxigenados, por lo que a algunas personas les cuesta comprender que su familiar está muerto¿.

Según el estudio, las ciudades con mayores cifras de desconocimiento sobre la muerte cerebral son Cali, Bucaramanga y Barranquilla (63,25%, 57,67% y 57,57%). Para el 52,49% de participantes de estratos bajos esta no es considerada como muerte; además, en ese segmento de población, los mayores de 55 años (60,98%) evidenciaron mayor desconocimiento. De ahí que este sea uno de los factores que aumentan la brecha entre donaciones y trasplantes.

Según la Red de Donación, en la actualidad se reciben alrededor de 400 donantes al año, a quienes se les extrae al menos un órgano; no obstante, en lista de espera hay alrededor de 2130 personas. Solo en el caso de riñón, el número asciende a 1995.

Generación de confianza

Pese a que en Colombia, desde hace más de cuatro décadas, se practica el trasplante de órganos, con lo cual se ha consolidado un recurso humano cualificado, falta un buen trecho por recorrer en cuanto a cultura de la donación.

Otra de las razones para no avanzar es que si bien existe una buena actitud, los colombianos desconocen aspectos claves del proceso.

En la investiga ción también se destaca que la desinformación y el poco acceso a comunicación veraz han sido factores primordiales para perpetuar creencias erradas, mitos y actitudes negativas.

Según el profesor Lozano, el hecho de haber realizado trasplantes a extranjeros en los años ochenta y noventa ha llevado a pensar que se trata de una práctica frecuente, lo cual es falso.

Tal situación dio un giro de 180 grados con el Decreto número 2493 de 2004, a través del cual se regula la obtención, donación, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición final de componentes anatómicos y los procedimientos de trasplante o implante. ¿A partir del decreto, la prioridad es...

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