Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 158 de 2016 Senado - 16 de Septiembre de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 649340261

Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 158 de 2016 Senado

por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los cincuenta (50) años de fundación del departamento de Risaralda y le rinde público homenaje a sus habitantes. Bogotá, D. C.

Senador:

MAURICIO LIZCANO ARANGO

Presidente

Senado de la República

Ciudad

Cordial saludo:

De conformidad con el encargo que realizara la Mesa Directiva de la Comisión Segunda del Senado de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política, así como lo previsto en los artículos 150 y 156 de la Ley 5ª de 1992, procedo a presentar informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 158 de 2016 del Senado, por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los cincuenta (50) años de fundación del departamento de Risaralda y le rinde público homenaje a sus habitantes, en los siguientes términos:

I. Antecedentes del proyecto

La iniciativa fue radicada por los Senadores Carlos Enrique Soto y Juan Samy Merheg Marún ante la Secretaría General del Senado de la República el día 7 de abril del 2016; recibió el número de radicación `158¿ de 2016; se publicó en Gaceta del Congreso número 143 del año en curso; y fue asignado por reparto a la Comisión Segunda Constitucional Permanente del Senado de la República.

Por disposición de la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Permanente del Senado y en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política, así como lo previsto en los artículos 150 de la Ley 5ª de 1992, fui designado como ponente pa ra el primer debate correspondiente.

El Proyecto de ley número 158 de 2016 de Senado, por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los cincuenta (50) años de fundación del departamento de Risaralda y le rinde público homenaje a sus habitantes cuya ponencia para primer debate fue publicada en la Gaceta del Congreso número 361 de 201616; fue discutido y aprobado el día 14 de junio de 2016 por la Comisión Segunda Constitucional Permanente del Senado de la República.

Vale la pena mencionar, que en el curso del debate, se sometió a consideración de la Comisión Segunda una proposición en virtud de la cual el artículo 3° del proyecto, fue modificado, en el sentido de eliminar las obras promotoras del desarrollo regional, de interés público o social y de beneficio a las que se hacía referencia en el proyecto inicialmente presentado. Lo anterior se expone con detalle en el capítulo de impacto fiscal del presente informe de ponencia.

Por disposición de la Mesa Directiva de la referida Comisión, fui designado para rendir informe de ponencia para segundo debate.

II. Objeto y contenido del proyecto

Con esta iniciativa se busca que la Nación se asocie a los 50 años de fundación del departamento de Risaralda, a través de un homenaje público que se rendirá a sus habitantes. Los 50 años del departamento se celebrarán el 1º de febrero del año 2017.

El proyecto cuenta con 5 artículos: el primero de ellos establece el objeto del proyecto, que como se mencionó, es establecer que la Nación se asocia a la conmemoración de los primeros 50 años del departamento de Risaralda; en el segundo artículo se incorpora una disposición según la cual, tanto el Gobierno nacional como el Congreso de la República, rendirán honores al municipio de Pereira; el artículo 3° autoriza al Gobierno nacional para que de conformidad con los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política y la Ley 715 de 2001 se asigne en el Presupuesto General de la Nación y/o impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las partidas presupuestales necesarias para adelantar obras de desarrollo regional, interés público o social y de beneficio para la comunidad de Risaralda; el artículo cuarto establece que las autorizaciones de gastos otorgadas al Gobierno nacional, se incorporaran en los Presupuestos Generales de la Nación, de acuerdo con las normas aplicables vigentes, sin que ello implique aumento del presupuesto, y de acuerdo con las disponibilidades de cada vigencia fiscal; finalmente, el artículo quinto establece la vigencia de la norma.

III. Consideraciones generales

El departamento de Risaralda es una entidad territorial ubicada en el sector central de la región andina, centro occidente de Colombia; cuenta con una extensión aproximada de 3.592 Km., lo que representa el 0.3% del área total del país, y hace parte del llamado Eje Cafetero.[1][1] Se compone administrativamente por 14 municipios, 19 corregimientos, además de los distintos caseríos y centros poblados y su capital es Pereira.

El departamento de Risaralda, tiene como actividades económicas, la agricultura, la...

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