Informe de Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 139 de 2016 Senado, 020 de 2015 Cámara - 4 de Noviembre de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 652857853

Informe de Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 139 de 2016 Senado, 020 de 2015 Cámara

por el cual se crea el Sistema Nacional de Información de Becas (SNIBCE). Bogotá, D. C., 5 de octubre de 201 6

Doctor

ÓSCAR MAURICIO LIZCANO

Presidente

HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA

La Ciudad

Respetado señor Presidente:

De conformidad a la designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Sexta, nos permitimos rendir informe de ponencia positiva para segundo debate al Proyecto de ley número 020 de 2015 Cámara, 139 de 2016 Senado, por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Información de becas (SNIBCE), en los siguientes términos:

OBJETO DEL PROYECTO:

El Proyecto de ley número 020 del 2015 Cámara, 139 de 2016 Senado, tiene como objeto crear el Sistema Nacional de Información de Becas y Créditos Blandos.

ANTECEDENTES LEGISLATIVOS

El presente proyecto de ley, fue presentado por el honorable Representante Wilson Córdoba Mena, cumpliendo con lo establecido en el artículo 140 y 145 de la Ley 5ª de 1992.

El proyecto de ley fue radicado ante la Secretaría General el pasado 21 de julio del 2015, en la Gaceta del Congreso número 511 del 2015.

En la Comisión Sexta de Cámara fueron designados los honorables Representantes Hugo Hernán González Medina, Víctor Javier Correa Vélez, Jorge Eliécer Tamayo Marulanda, Édgar Alexánder Cipriano Moreno, como ponentes para el estudio y elaboración del Informe de Ponencia para Primer Debate.

En Comisión sexta fue anunciado para discusión el proyecto de la referencia, el 29 de septiembre del 2015, tal como consta en Acta número 010. Discutido y aprobado en primer debate, el 6 de octubre del 2015, dentro de la discusión del proyecto en mención fueron revisadas y acogidas las proposiciones de los honorables Representantes, las cuales se relacionan a continuación:

Honorable Representante Wilson Córdoba Mena, (Autor del proyecto, invitado a la Comisión):

En su intervención reflejó la necesidad de incluir el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones, para que, en aras del principio de complementariedad, coadyuve en la implementación del Sistema Nacional de Información de Becas (SNIB), al Ministerio de Educación como cabeza de sector y al Icetex, como responsable de la difusión de la política de becas y créditos educativos.

Honorable Representante Atilano Alonso Giraldo Arboleda:

En su intervención resalta la importancia que, en el objeto del proyecto, se incluya no solamente el tema de becas, sino también la oferta total de créditos condonables, así solicito reforzar el artículo 8º frente a la obligación de la divulgación.

Las anteriores observaciones están consignadas en el acta número 11 del 6 de octubre del 2015 y fueron acatadas en el punto 4, del presente documento.

En Sesión Plenaria de la honorable Cámara de Representantes del día 16 de diciembre de 2015, fue aprobado en segundo debate el texto definitivo con modificaciones, según consta en el acta de Sesión Plenaria número 114 de diciembre 16 de 2015, previo su anuncio el día 15 de diciembre según Acta de Sesión Plenaria número 113.

Por Instrucciones del honorable Presidente de la Cámara de Representantes, doctor Alfredo Rafael Deluque fue remitido el presente proyecto de ley el día 17 de diciembre ante la Comisión Sexta de Senado para su reparto, correspondiéndome la ponencia de la misma, designación que se me hizo el día 15 de marzo de 2016 por instrucción del Presidente de la Comisión Sexta de Senado, honorable Senador Jorge Hernando Pedraza.

El día 15 de marzo de 2016 la Senadora Susana Correa fue designada por la Comisión Sexta del honorable Senado de la República como Ponente para Primer Debate en Senado, para lo cual rindió Ponencia Positiva el día 3 de mayo de 2016 y aprobado en sesión de la Comisión.

Mediante oficio de fecha 9 de agosto de 2016 se designó ponencia para segundo debate en el honorable Senado de la República.

CONTENIDO Y ALCANCE DEL PROYECTO:

El Proyecto de ley número 020 del 2015 consta de nueve (9) artículos que hacen alusión a lo siguiente:

Artículo 1º. Establece el objeto, en el cual describe la creación del sistema nacional de información de becas.

Artículo 2º. Establece las entidades responsables del sistema.

Artículo 3º. Establece como prioridad el acceso al sistema a la población vulnerable.

Artículo 4º. Establece los contenidos de la información que será publicada en el sistema de información de becas.

Artículo 5º Establece los niveles para los cuales se va a realizar oferta de becas.

Artículo 6º. Establece el criterio de responsabilidad frente a la publicación de la oferta.

Artículo 7º. Establece la pedagogía para divulgación y promoción del SNIBCE

Artículo 8º. Establece la inclusión en los objetivos de las entidades que tiene relación con el tema, entre las metas el logro de convenios en materia de becas.

Artículo 9º. Se establece la vigencia de la ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las becas se constituyen en una de las mejores formas de cooperación en todos los niveles institucionales. Por medio de estas, las personas pueden acceder no solo al conocimiento científico y académico en otras latitudes, sino que también se constituye en un espacio de intercambio social y cultural.

Entre todos los aspectos positivos que conlleva la posibilidad de realizar estudios superiores o intercambio de conocimiento académico con la comunidad nacional e internacional, queremos resaltar dos aspectos fundamentales en la ayuda financiera representada en una beca, sea esta parcial o completa.

1. Es a veces la única forma en que personas de escasos recursos pueden acceder a estudios superiores.

2. Se constituye en una forma de estímulo o premio para aquellas personas talentosas y que ven en la academia y la ciencia su proyecto de vida para aportar a la sociedad.

En este sentido y, teniendo en cuenta, el gran valor que representa para una sociedad la educación, el sistema de becas debe ser protegido y fortalecido por las autoridades gubernamentales.

El apoyo a quien, teniendo el talento, no cuenta con los recursos económicos, o a quien teniendo las capacidades probadas es necesario estimular su formación, es prácticamente obligatorio dentro de una nación democrática. Apostarle a la educación es aportarle al desarrollo científico y en últimas al desarrollo de la sociedad en su conjunto.

Este proyecto de ley busca crear un Sistema Nacional de Información de Becas, que se constituya en una eficiente herramienta de información a toda la ciudadanía y de esta manera se pueda garantizar un mejor aprovechamiento de estas oportunidades y también democratizar el acceso a las mismas.

El modelo de ayuda financiera a la educación conocido como becas, es un estímulo para las personas con escasos recursos o con probadas capacidades en el ámbito académico.

Estas becas son ofrecidas de diferentes maneras y por distintas entidades y pueden ser ayudas económicas parciales o financiar la totalidad del programa.

Son ofrecidas por los Estados de manera formal, por fundaciones que cumplen un propósito altruista, son ofrecidas por instituciones universitarias, organismos multilaterales entre otros.

El medio por el cual son ofertadas suele ser a través de los portales oficiales de estas instituciones y/o en el marco de convenios de cooperación científica, técnica y cultural.

Sin embargo, esta información suele estar diseminada por diferentes medios electrónicos o en el peor de los casos no suele ser debidamente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR