Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 045 de 2017 Cámara - 15 de Septiembre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 693355549

Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 045 de 2017 Cámara

por medio de la cual se dictan medidas para la mitigación del impacto ambiental producido por el uso de las bolsas plásticas, disposición de llantas usadas y maderas lacadas y se dictan otras disposiciones en materia de protección ambiental¿ Por decisión de la Mesa Directiva de la Comisión Quinta de Cámara de Representantes presentamos ponencia Favorable para segundo debate al Proyecto de ley número 045 de 2016 Cámara, por medio de la cual se dictan medidas para la mitigación del impacto ambiental producido por el uso de las bolsas plásticas, disposición de llantas usadas y maderas lacadas y se dictan otras disposiciones en materia de protección ambiental¿.

I. COMPETENCIA

La Comisión Quinta Constitucional Permanente es compet ente para conocer del presente proyecto de ley, de conformidad con lo establecido por el artículo 2° de la Ley 3ª de 1992, por cuanto versa sobre: ¿régimen agropecuario; ecología; medio ambiente y recursos naturales; adjudicación y recuperación de tierras; recursos ictiológicos y asuntos del mar; minas y energía; corporaciones autónomas regionales¿ (Subrayado fuera de texto).

II. SÍNTESIS DEL PROYECTO

Si bien el Proyecto de ley número 045 de 2015 en su exposición de motivos tiene un objetivo general que es: ¿Mitigar el impacto ambiental negativo ocasionados a los suelos, ríos y océanos por la producción, el uso, la comercialización y disposición de las bolsas de plástico compuestas de materiales no biodegradables así como generar conciencia en la ciudadanía y los diferentes sectores de la sociedad sobre la importancia de adoptar medidas que favorezcan un medio ambiente sano tanto para las generaciones actuales como para las futuras¿, se pueden encontrar varias finalidades adicionales que se enfocan en el cuidado y la protección del ambiente sano, promoviendo el cumplimiento de imperativos Constitucionales (artículo 79 de la Constitución Política).

El proyecto está compuesto por cuatro (4) capítulos en los que se propone el establecimiento de medidas para la mitigación del impacto ambiental que se genera con el uso de ciertos productos que han sido utilizados en el desarrollo de actividades cotidianas. A continuación se explican cada uno de los capítulos que conforman el proyecto:

¿ Capítulo 1. Programas regionales de sustitución, recuperación y reutilización de bolsas plásticas

Basándose en la autonomía territorial que enuncia la Constitución Política y promoviendo los objetivos con los cuales fue creada la Ley 99 de 1993, se busca que de forma coordinada y armónica, las autoridades ambientales del orden Nacional y Local promuevan programas que gradualmente sustituyan, recuperen y reutilicen las bolsas plásticas compuestas de polietileno, polipropileno u otra clase de materiales no biodegradables, como también de aquellas biodegradables hechas con base de cualquiera de estos elementos, que sean distribuidas en puntos de comercialización de bienes y servicios para el embalaje de productos. Todo esto con el propósito de proteger el ambiente sano y la disminución progresiva del impacto negativo generado por la disposición final de tales elementos.

En ese orden de ideas se le otorgan al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), junto con las demás autoridades ambientales la tarea hacer efectivo el objetivo de este proyecto de ley y por otro lado le impone a los centros comerciales, grandes superficies, farmacias de cadena y demás establecimientos análogos el deber de promover la sustitución, recuperación y reutilización de las bolsas plásticas que afectan el ambiente.

¿ Capítulo 2. Sobre el Fondo para la Promoción de Cultura Ambiental

Propone el proyecto la creación del Fondo para la Promoción de Cultura Ambiental (Foncat), cuyos recursos provendrán de: (a) la tasa para la Promoción del Medio Ambiente, la cual se cobrará a las grandes superficies, superetes (minimercados), farmacias y análogos, que hagan entrega de bolsas plásticas no biodegradables o biodegradables con base de polietileno o polipropileno a un consumidor, (b) las asignaciones que fijen los gobiernos departamentales y (c) las donaciones de las personas jurídicas o naturales al Fondo (artículo 8º del proyecto de ley). El Foncat tendrá una reglamentación marco por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Dichos recursos tendrán una destinación específica establecida en el artículo 9º, la cual corresponde a financiar: (1.) Proyectos de infraestructura para construir y crear tecnologías limpias para la separación y recuperación de plásticos, (2.) creación, adecuación y puesta en funcionamiento de centros de acopio y compostaje, (3.) desarrollo, capacitación e implementación de tecnologías alternativas limpias, que permitan el adecuado proceso de compostaje de tales materiales y (4.) campañas pedagógicas relacionadas con la racionalización, reutilización y recuperación de bolsas plásticas no biodegradables y biodegradables a base de polietileno y polipropileno.

¿ Capítulo 3. Sobre la reglamentación para la correcta disposición de las llantas usadas, las maderas lacadas y otros plásticos

Establece unos periodos específicos para que las autoridades ambientales correspondientes, según su competencia, establezcan reglamentos para la adecuada disposición de las llantas usadas, las maderas lacadas y otros plásticos.

¿ Capítulo 4. Cátedra de cons ervación y cuidado del ambiente

Se plantea la creación de una cátedra de conservación y cuidado del ambiente, la cual será de obligatorio cumplimiento en los pénsum que ofrecen los colegios y las universidades del país.

III. EL PROYECTO

Naturaleza Proyecto de ley
Consecutivo número 045 de 2016 (Cámara)
Título ¿por medio de la cual se dictan medidas para la mitigación del impacto ambiental producido por el uso de las bolsas plásticas, disposición de llantas usadas y maderas lacadas y se dictan otras disposiciones en materia de protección ambiental¿
Materia Bolsas plásticas y ambiente
Autores Honorable Representante Ana Paola Agudelo García, honorable Representante Éduar Luis Benjumea Moreno, honorable Representante Dídier Burgos Ramírez, honorable Representante María Fernanda Cabal Molina, honorable Representante Tatiana Cabello Flórez, honorable Representante Wilson Córdoba Mena, honorable Representante Víctor Javier Correa Vélez, honorable Representante Carlos Alberto Cuero Valencia, honorable Representante Marcos Yohan Díaz Barrera, honorable Representante Julio Eugenio Gallardo Archbold, honorable Representante Carlos Eduardo Guevara Villabón, honorable Representante Jack Housni Jaller, honorable Representante Samuel Alejandro Hoyos Mejía, honorable Representante Federico Eduardo Hoyos Salazar, honorable Representante Angélica Lisbeth Lozano Correa, honorable Representante Rubén Darío Molano Piñeros, honorable Representante Carlos Germán Navas Talero, honorable Representante Hernán Penagos Giraldo, honorable Representante Óscar Darío Pérez Pineda, honorable Representante Esperanza María Pinzón De, honorable Representante Álvaro Hernán Prada Artunduaga, honorable Representante Margarita María Restrepo Arango, honorable Representante Ciro Antonio Rodríguez Pinzón, honorable Representante Édward David Rodríguez Rodríguez, honorable Representante Heriberto Sanabria Astudillo, honorable Representante Fernando Sierra Ramos, honorable Representante Santiago Valencia González, honorable Representante Olga Lucía Velásquez Nieto, honorable Representante María Regina Zuluaga Henao, Honorable Senadora Claudia Nayibe López Hernández, honorable Senador Alfredo Ramos Maya, honorable Senador Daniel Alberto Cabrales Castillo, honorable Senador Jaime Amín Hernández.
Ponentes honorable Representante Fernando Sierra Ramos y honorable Representante Flora Perdomo Andrade.
Origen Cámara de Representantes
Radicación agosto 2 de 2016
Tipo Ordinaria
Publicación Texto original Gaceta del Congreso número 598 de 2016
Estado Pendiente dar primer Debate

IV. ANTECEDENTES

El Proyecto de ley número 045 de 2016, es una iniciativa legislativa que ya había sido presentada previamente por los autores el día 16 de mayo de 2016, con la numeración 257 de 2016 Cámara (Gaceta del Congreso número 299 de 2016) y que fue archivado como consecuencia de haber sobrevenido el tránsito de la legislatura en los términos del artículo 190 de la Ley 5ª de 1992.

Además de estos dos proyectos de ley, ante el Congreso de la República se han presentado varias iniciativas legislativas que versan sobre materias similares a la que aborda este. Por citar algunos ejemplos:

1. El 5 de agosto de 2008 se presentó el Proyecto de ley número 96 Senado, de autoría del honorable Senador Antonio del Cristo Guerra de la Espriella, cuyo título era: ¿por medio de la cual se crea el Comité Intergremial Nacional para el Aprovechamiento de Residuos de Envases y Empaques, se restringe el uso gratuito de bolsas plásticas en tiendas, supermercados y grandes superficies en Colombia y se dictan otras disposiciones en materia de reciclaje¿. Proyecto que fue archivado por tránsito de legislatura en 2010[1][1].

2. El 30 de agosto de 2008 se presentó el Proyecto de ley número 77 Senado, de autoría de los honorables Representantes Guillermo Abel Rivera Flórez, David Luna Sánchez y Simón Gaviria Muñoz, cuyo título era: ¿por medio de la cual se fomenta el uso de bolsas que contengan alternativas tecnológicas de mitigación ambiental en establecimientos comerciales¿. Proyecto que fue archivado por tránsito de legislatura en 2009[2][2].

3. El 10 de mayo de 2013 se presentó el Proyecto de ley número 116 Cámara de autoría del honorable Representante Juan Carlos Martínez Gutiérrez, cuyo título era: ¿por medio de la cual se busca regular los desechos...

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