Informe de ponencia para segundo debate en Cámara, articulado aprobado en Senado, pliego de modificaciones, texto aprobado en primer debate y propuesto para segundo debate texto aprobado en sesiones ordinarias en Comisión Quinta al Proyecto de Ley número 588 de 2021 Cámara - 116 de 2020 Senado, por medio de la cual se promueve la restauración a través de la siembra de árboles y creación de bosques en el territorio nacional, estimulando conciencia ambiental al ciudadano, responsabilidad civil ambiental a las empresas y compromiso ambiental a los entes territoriales; se crean las áreas de vida y se establecen otras disposiciones - 12 de Agosto de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879263245

Informe de ponencia para segundo debate en Cámara, articulado aprobado en Senado, pliego de modificaciones, texto aprobado en primer debate y propuesto para segundo debate texto aprobado en sesiones ordinarias en Comisión Quinta al Proyecto de Ley número 588 de 2021 Cámara - 116 de 2020 Senado, por medio de la cual se promueve la restauración a través de la siembra de árboles y creación de bosques en el territorio nacional, estimulando conciencia ambiental al ciudadano, responsabilidad civil ambiental a las empresas y compromiso ambiental a los entes territoriales; se crean las áreas de vida y se establecen otras disposiciones

Fecha de publicación12 Agosto 2021
Número de Gaceta987
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 987 Bogotá, D. C., jueves, 12 de agosto de 2021 EDICIÓN DE 27 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE EN CÁMARA AL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 588 DE 2021 CÁMARA - 116 DE 2020 SENADO
por medio de la cual se promueve la restauración a través de la siembra de árboles y creación de bosques
en el territorio
nacional, estimulando conciencia ambiental al ciudadano,
responsabilidad civil ambiental
a las empresas y compromiso ambiental a los entes territoriales; se crean las áreas de vida y se establecen
otras disposiciones.
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE EN CÁMARA AL
PROYECTO DE LEY NO. NO. 588 DE 20
21 CÁMARA – 116 de 2020 SENADO
“POR MEDIO DE LA CUAL SE PROMUEVE LA RESTAURACIÓN A TRAVÉS DE LA
SIEMBRA DE ÁRBOLES Y CREACIÓN DE BOSQUES EN EL TERRITORIO
NACIONAL, ESTIMULANDO CON CIENCIA AMBIENTAL AL CIUDADANO,
RESPONSABILIDAD CIVIL AMBIENTAL A LAS EMPRESAS Y COMPROMISO
AMBIENTAL A LOS ENTES TERRITORIALES; SE CREAN LAS ÁREAS DE VIDA Y SE
ESTABLECEN OTRAS DISPOSICIONES”
El informe de ponencia para segundo debate correspondiente al
Proyecto de Ley No.
588 de 2021 Cámara – 116 de 2020 Senado“por
medio de la cual se promueve la restauración a través de la siembra de
árboles y creación de bosques en el territorio nacional, estimulando
conciencia ambiental al ciudadano, responsabilidad civil ambiental a las
empresas y compromiso ambiental a los entes territoriales; se crean las
áreas de vida y se establecen otras disposiciones”, se desarrollará de la
siguiente manera:
I. Antecedentes y trámite de la iniciativa
II. Objeto del proyecto de ley
III. Marco jurídico y relevancia del proyecto de ley
IV. Articulado aprobado en Senado
V. Pliego de modificaciones propuesto en primer debate
VI. Proposición final
VII. Texto aprobado en primer debate y propuesto para segundo
debate
I. ANTECEDENTES
La presente iniciativa legislativa fue radica ante la Secretaria General del
Senado de la República el 21 de Julio del 2020 por los Honorables
Senadores Jorge Eduardo Londoño Ulloa y Carlos Felipe Mejía.
Posteriormente fue enviado a la Comisión Quinta Constitucional
Permanente de Senado el 11 de agosto de 2020. Aprobado en Primer
Debate el 29 de septiembre del 2020 y en Segundo Debate el 17 de marzo
del 2021.
Siguiendo el debido trámite legislativo contemplado en la Ley 5ª de 1992
el proyecto fue radicado ante la Cámara de Representantes el 14 de abril
del año en curso para, después, ser radicado en la Comisión Quinta
Constitucional Permanente el 7 de mayo del 2021. Para los debates
correspondientes en la Cámara de Representantes son elegidos los
Honorables Representantes Héctor Ángel Ortiz Núñez y César Augusto
Ortiz Zorro como coordinador pon ente y ponente, respectivamente.
Posteriormente, el proyecto de ley es discutido y aprobado por
unanimidad en la Comisión Quinta Constitucional de la Cámara de
Representantes el martes 15 de junio de 2021 sin ninguna modificación
por parte de los demás representantes. Así, la aprobación unánime de
este Proyecto de Ley en esta Comisión, demuestra la importancia de la
iniciativa legislativa presentada, c on el fin de fortalecer la participación
ciudadana y empresarial mediante acciones de responsabilidad
ambiental que contribuyan a la recuperación de bosques nativos y
fuentes hídricas en todo el territori o nacional
II. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY
Este proyecto busca establecer, entre otras disposiciones, la creación de
ecosistemas denominados Áreas De Vida en cada uno de los municipios
del país con participación de ciudadanos, empresas y autoridades que
corresponda a la responsabilidad ciudadana y empresarial ambiental
para contrarrestar los graves efectos de la deforestación, el cambio
climático y se contribuya a mejorar la calidad del aire, el
aprovechamiento de la regulación térmica e hídrica que aportan los
árboles y las coberturas vegetales, la lucha contra la erosión y las
inundaciones, entre muchas otras ventaja s.
Para tal fin, la propuesta inicial cuenta con veintidós (22) artículos,
contenidos en cinco títulos, que organizan las líneas gruesas del proyecto
de la siguiente manera: generalidades en un primer título; derechos y
obligaciones del ciudadano en un segundo titulo; obligaciones y
derechos de las empresas en un tercer título; rol de las autoridades
territoriales y ambientales en un cuarto título; y finalmente, en un quinto
título otras disposiciones que reglamentan elementos importantes en la
aplicación de la norma.
Página 2 Jueves, 12 de agosto de 2021 Gaceta del Congreso 987
III. MARCO JURÍDICO Y RELEVANCIA DEL PROYECTO DE LEY
Las cifras actuales de deforestación en Colombia, han venido sumando
una deuda ambiental y social a las presentes y futuras generaciones. De
no actuar ahora, el país se verá enfrentado a graves retos ambientales
que pondrán en riesgo la estabilidad del Estado y la calidad de vida de
sus ciudadanos.
El IDEAM en el informe del año 2019 anunció la reducción del 19% de la
tasa de deforestación, sin embargo, en los primeros seis meses de 2020, el
acaparamiento de tierras puso fin a 76.200 hectáreas de bosque primario
en la Amazonia colombiana, más de la mitad de la pérdida registrada en
2019 y muy por encima de los años 2015 y 2016. Sumado a lo anterior, de
acuerdo a los resultados del Sistema de Monitoreo de Bosques y Carbono
(SMByC) del IDEAM, para el tercer trimestre del 2020 se identificaron cerca
de 6.450 hectáreas deforestadas adicionales. Del total del área
deforestada, el 53 % (3.420 ha) corresponde al departamento del
Putumayo; el 20%, al departamento del Meta, con 1.300 ha de bosque
natural perdido, y el 14 % y el 13 % se registraron en los departamentos de
Caquetá y Guaviare, respectivamente.
A la fecha, el país llega a la cifra de haber perdido durante los últimos 30
años más de 6,7 millones hectáreas de bosques, cifra que visibiliza la
necesidad de abordar procesos activos de recuperación de bosques
ante la amplia deuda acumulada de degradación que ha generado
nuestras sociedades, por eso, en este sentido es importante resaltar que
los árboles representan un componente ecológico que permiten la
conectividad de los ecosistemas y así su sostenibilidad.
Adicional a esta deuda se suma:
• El 45% del territorio nacional se utiliza para fines diferentes a su
vocación, generando un conflicto por uso de las tierras. Por
ejemplo, en 1993 la ganadería ocupaba 40.1 millones de
hectáreas, mientras que su potencial de uso se reducía a 15.3
millones.
• 50% de los suelos del territorio nacional presentan algún grado de
erosión, de los cuales el 24.4% es de carácter severo. En la zona
andina, el problema de erosión severa es más grave dado que l as
tierras afectadas sobrepasan un 80%. Se ha determinado que
anualmente entre 170.000 y 200.000 hectáreas de terreno inician
procesos erosivos.
• En el pacífico, los únicos bosques húmedos de importancia
mundial contaron con una tasa de defor estación del 16% debido
a la extracción de madera y cultivos de comercio no lícito.
• Del bosque seco solamente queda alrededor del 1,5% de su
cobertura original y en la región Caribe, má ximo representante de
este tipo de bosques, la deforestación tuvo una equivalencia del
14% del nacional.
• En la región andina, donde está ubicada el 80% de la pob lación
y el centro de todos los acontecimientos políticos y económicos, la
alta deforestación a la que ha sido sometida durante toda la
historia y su vulnerabilidad geográfica, aseguraron un 26% del total
nacional.
• Cerca de 2.194 plantas y 503 animales están amenazados en
Colombia por la desaparición de bosques y selvas. Según el
Instituto de Investigaciones Alexander Von Humboldt, hay especies
de flora y fauna que se ven altamente afectadas por la
deforestación. Y tal vez una de las consecuencias globales más
impactantes de esta problemática es su repercusión sobre el
cambio climático. El cambio en el uso del suelo es el principal
generador de gases de efecto invernadero y según Omar Franco,
Director del IDEAM, el sector denominado AFOLU (agricultura,
silvicultura y cambio de uso del suelo) genera más gases que el
transporte o la industria.
Por esta razón, Colombia debe garantiza r la implementación de medidas
serias y efectivas que estimulen la restauración de los ecosistemas y su
conservación mediante el cumplimiento de lo contemplado en los
artículos 79, 80 y 366 de la Constitución Política de Colombia expuestos a
continuación:
-Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un
ambiente sano. La ley garantizará la participación de la
comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber
del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente,
conservar las áreas de especial importancia ecológica y
fomentar la educación para el logro d e estos fines.
-Artículo 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento
de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible,
su conservación, restauración o susti tución. Además, deberá
prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer
las sanciones legales y exigir la reparación de los daños
causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la
protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.
-Artículo 366. El bienestar general y el mejoramiento de la calidad
de vida de la población son finalidades sociales del Estado. Será
objetivo fundamental de su actividad la solución de las
necesidades insatisfechas de salud, de educación, de
saneamiento ambiental y de agua potable. Para tales efectos,
en los planes y presupuestos de la Nación y de las entidades
territoriales, el gasto público social tendrá prioridad sobre
cualquier otra asignación.
Asimismo, como lo establece la Corte Constitucional en la Sentencia 449
de 2015 “(…)
el humano es un ser más en el planeta y depende del mundo
natural, debiendo asumir las consecuencias de sus acciones. No se
trata de un ejercicio ecológico a ultranza, sino de atende r la
realidad sociopolítica en la propensión por una transformación
respetuosa con la naturaleza y sus componentes. Hay que
aprender a tratar con ella de un modo respetuoso. La relación
medio ambiente y ser humano acogen significación por el vínculo
de interdependencia que se predica de ellos.”
En el mismo sentido, el derecho al ambiente s ano impone obligaciones
especiales al Estado, tales como: “1) p roteger su diversidad e integridad,
2) salvaguardar las riquezas naturales de la Nación, 3) conservar las áreas
de especial importancia ecológica, 4) fomentar la educación ambiental,
5) planificar el manejo y aprovechamiento d e los recursos naturales para
así garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o
sustitución, 6) prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, 7)
imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños
causados al ambiente y 8) cooperar con ot ras naciones en la protección
de los ecosistemas situados en las zonas de frontera”
Además, es importante tener en cuenta que con la aprobación de este
Proyecto de Ley, se atenderán los diferentes acuerdos internacionales
que el país ha suscrito y que son esenciales en miras de garantizar el
desarrollo sostenible, expuestos a continuación:
-Objetivos de Desarrollo Sostenible: dentro de la Agenda 2030
suscrita por el Gobierno Nacional en el 2015, donde se definen
17 objetivos los cuales debe trabajar el mundo para alcanzar el
desarrollo sostenible, se estableció un objetivo específico que
contempla medidas en reforestación y restauración, que se
vinculan con los ODS 13 en Acción Climática.
El ODS 15 sobre Vida de ecosistemas terrestres, se fundamenta
bajo el hecho que más de 1.600 millones de personas en todo el
mundo dependen de los bosques para su subsistencia y que
estos, cubren el 31% de la superficie del planeta, donde se
albergan más del 80% de todas las especies terrestres entre
animales, plantas e insectos, Asimismo, en estos ecosistemas, se
alberga 8300 razas conocidas de animales de las cuales 8% se
ha extinguido y el otro 22% está e n peligro de extinción.
- Reto Bonn (Iniciativa 20X20): el Desafío de Bonn (Bonn
Challenge) es un esfuerzo global para llevar a la restauración de
150 millones de hectáreas de bosques degradados y
deforestados para el 2020, y 350 millones de hectáreas para el
2030. La meta para el 2020 fue definida durante el evento de
alto nivel organizado por el Gobierno de Alemania y la UICN en
Bonn en el 2011 donde se lanzó el desafío, y posteriormente fue
avalada y ampliada para el 2030 por la Declaración de Nueva
York sobre Bosques de la Cumbre de las Naciones Unidas sobre
el Clima de 2014.
Hasta la fecha, 44 gobiernos, organizaciones y compañías han
contribuido a este reto con más de 150 millones de hectáreas
en ambiciones de restauración. El Desafío de Bonn es un
vehículo de implementación para prioridades nacionales tales
como impulsar la productividad de la tierra, mejorar la
seguridad hídrica y alimentaria, conservar la biodiversidad y
combatir la desertificación, a la vez que facilita la
implementación de compromisos internacionales sobre cambio
climático, biodiversidad y degradación de suelos.
- Conferencias en Davos: el Gobierno Nacional en el 2019 en el
Foro Económico Mundial realizado en Davos, Suiza, se
comprometió a sembrar 180 millones de árboles en el 2020 y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR