INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 391 DE 2021 SENADO, 044 DE 2019 CÁMARA, ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY NÚMERO 213 DE 2019 CÁMARA, por medio de la cual se promueve el abastecimiento, continuidad, confiabilidad y cobertura del gas combustible en el país - 16 de Junio de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879263504

INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 391 DE 2021 SENADO, 044 DE 2019 CÁMARA, ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY NÚMERO 213 DE 2019 CÁMARA, por medio de la cual se promueve el abastecimiento, continuidad, confiabilidad y cobertura del gas combustible en el país

Fecha de publicación16 Junio 2021
Número de Gaceta649
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 649 Bogotá, D. C., miércoles, 16 de junio de 2021 EDICIÓN DE 29 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
INFORME DE PONENCIA PARA
SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 391 DE 2021 SENADO, 044
DE 2019 CÁMARA, ACUMULADO CON EL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 213 DE 2019
CÁMARA
por medio de la cual se promueve el abastecimiento,
continuidad, conabilidad y cobertura del gas
combustible en el país.
PONENCIAS
Honorable Senador
José David Name Cardozo
Bogotá: Carrera 7 No. 8 -68. Edificio Nuevo del Congreso. Oficina 332
Teléfonos: 382338481 .
Barranquilla: a 40 No 73 - 290 Oficin a 307 Teléfono: 0953091647
jname@josename.com / www.josedavidname.com
jose.name.cardozo@senado.gov.co
/ www.sena do.gov.co
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY No. 391 DE 2021 SENADO
044 DE 2019 CÁMARA, ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY No. 213 DE 2019 CÁMARA, “POR
MEDIO DE LA CUAL SE PROMUEVE EL ABASTECIMIENTO, CONTINUIDAD, CONFIABILIDAD Y
COBERTURA DEL GAS COMBUSTIBLE EN EL PAÍS”.
Para la presentación del presente informe, se tendrá en cuenta la siguiente estructuración del
documento:
1. Trámite de las iniciativas legislativas
2. Objeto de los Proyectos de Ley
3. Exposición de motivos
3.1 Contextualización básica de los Gases Combustibles
3.2 Producción y disponibilidad histórica de gases combustibles en el país
3.3 El gas combustible y su abastecimiento
3.4 Situación y proyecciones de la industria del gas
3.5 Plan Nacional de Desarrollo 2018 2022
3.6 ¿Qué pasa con aquellas zonas que no cuentan con “equidad energética”?
3.6.1 Subsidios al consumo de GLP distribuido por cilindros
3.6.2 Programa de Sustitución de Leña, Carbón y Residuos por Gas Combustible
3.7 Sustitución del diésel por gas combustible en la generación de energía eléctrica
3.8 El porqué de la implementación a nivel nacional de acciones e incentivos que promuevan
el uso de gas combustible en Colombia.
3.8.1 El Gas Natural Vehicular GNV y sus ventajas
3.8.2 El Gas Natural Vehicular GNV en Colombia
3.8.3 El AutoGLP, NautiGLP y sus ventajas
3.8.4 El AutoGLP y NautiGLP en Colombia
3.9 El gas como el combustible líder en la transición energética
3.10 El abastecimiento de gas
4. Texto definitivo aprobado en la Comisión Quinta del Senado de la República
5. Pliego de modificaciones
6. Conflicto de intereses (Artículo 291 Ley 5 de 1992)
7. Proposición
8. Texto propuesto para segundo debate
Honorable Senador
José David Name Cardozo
Bogotá: Carrera 7 No. 8-68. Edificio Nuevo del Congreso. Oficina 332
Teléfonos: 382338 481.
Barranquilla: Vía 40 No 73 - 290 Oficina 307 Teléfono: 0 953091647
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1. TRÁMITE DE LAS INICIATIVAS LEGISLATIVAS
Por un lado, el Proyecto de Ley No. 044 de 2019 Cámara, “Por medio de la cual se reglamenta la
masificación y se amplía la destinación de Gas Licuado de Petróleo” fue presentado ante la
Secretaría General de la Cámara de Representantes el 23 de julio de 2019 por los Honorables
Representantes: Buenaventura León León, Armando Antonio Zabaraín de Arce, Juan Carlos Wills
Ospina, Alfredo Ape Cuello Baute, Adriana Magali Matiz Vargas, Juan Carlos Rivera Peña, Ciro
Antonio Rodríguez Pinzón, Germán Alcides Blanco Álvarez, Nidia Marcela Osorio Salgado, Diela
Liliana Benavides Solarte, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, Jaime Felipe Lozada Polanco, José Elver
Hernández Casas, Félix Alejandro Chica Correa, María Cristina Soto De Gómez y Emeterio José
Montes De Castro. Por otro lado, el Proyecto de Ley No. 213 de 2019 Cámara, “Por medio de la cual
se promueve el abastecimiento, continuidad, confiabilidad y cobertura del gas combustible en el
país” fue presentado ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes el 2 de septiembre
del 2019 por los Honorables Congresistas: María Fernanda Cabal Molina y Edwin Gilberto Ballesteros
Archila; ambos cumpliendo con los requisitos formales exigidos para tal efecto, conforme a lo
establecido en el artículo 149° de la Ley 5ª de 1992.
Dichos proyectos fueron remitidos a la Comisión Quinta Constitucional Permanente para adelantar
el trámite respectivo en Comisión, conforme al artículo 151 de la Ley 5ª de 1992, la Presidencia de
la Comisión V de la Cámara de Representantes procedió con la acumulación de los proyectos en
mención, al tener identidad en la materia de su objeto.
El Representante Edwin Gilberto Ballesteros Archila fue designado como coordinador ponente para
rendir informe de ponencia para primer debate, el cual se surtió por la Comisión Quinta de la Cámara
de Representantes el día 03 de diciembre de 2019. En el transcurso del debate fueron presentadas
y discutidas las siguientes proposiciones:
1.1 PROPOSICIONES PRESENTADAS EN PRIMER DEBATE
Durante la discusión y votación de la presente iniciativa legislativa que se llevó a cabo el 3 de
diciembre de 2019, los Honorables Congresistas de la Comisión Quinta Constitucional Permanente
radicaron un total de seis (6) proposiciones, tal y como se presenta:
ARTÍCULO
AUTOR
TEMA
ESTADO
3
H.R. Óscar
Camilo Arango
Modificación del artículo: Garantizar el
abastecimiento y confiabilidad de gas
Negada
Página 2 Miércoles, 16 de junio de 2021 Gaceta del Congreso 649
6 H.R. Teresa
Enríquez
Establecer el principio de progresividad
destinados a los subsidios referidos en
Aprobada
6 H.R. Óscar
Camilo Arango
departamentos y municipios definidos
Constancia
7 H.R. Óscar
Camilo Arango
mantenimiento y revisión periódica de
las redes internas de gas combustible
mínimo tres (3) oferentes que cumplan
los requisitos de experiencia y calidad
que determine el Ministerio de Minas y
Constancia
8 H.R. Óscar
Camilo Arango
Dentro de los proyectos de sustitución
general energía, no se podrá usar más
del 30% de los recursos de los Fondos
Interconectadas -
Rurales Interconectadas
cupos de electro combustibles, para la
Constancia
14 H.R. Héctor
Ángel Ortiz
primero: Los pliegos de condiciones de
los contratos que tengan por objeto la
Aprobada
sistemas de transporte energético
integrado o masivo, deberán contener
la obligación para el oferente de
cumplir con el porcentaje establecido
en el presente artículo, para que el
oferente que proponga un porcentaje
superior al establecido en el presente
artículo se le
otorgarán puntos
adicionales en su clasificación dentro
del proceso licitatorio, lo demás quedó
igual.
Eliminación del parágrafo 3 del texto
propuesto para primer debate.
Para segundo debate fue ratificado el Representante Ballesteros como ponente único. La respectiva
ponencia fue publicada en la Gaceta 1104 de 2020 y discutida en la Sesión ordinaria de la Plenaria
de la Cámara de Representantes de fecha 16 de diciembre de 2020.
En el debate en la Plenaria se inició con el estudio de los siguientes impedimentos:
x Juan Fernando Reyes Kurí: beneficio de familiares conforme a lo establecido por la ley.
x Angela María Robledo Gómez: conflicto de interés, familiar que está vinculado al sector
minero.
x Gustavo Hernán Puentes Díaz: familiares que se dedican actualmente a explotar y
comercializar carbón mineral.
Todos ellos fueron negados, con la siguiente votación: SI 28 votos, NO 89 votos.
Luego de ello, se empezó por la discusión de los artículos que no tenían proposición modificativa, a
saber: 2, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22 y 23. Una vez aprobado este bloque se procedió
a discutir los artículos con proposición.
1.2 PROPOSICIONES PRESENTADAS EN SEGUNDO DEBATE
Durante la discusión y votación de la presente iniciativa legislativa que se llevó a cabo el miércoles,
16 de diciembre de 2020, en la sesión plenaria de la Cámara de Representantes, los Honorables
Congresistas radicaron un total de dieciséis (16) proposiciones, tal y como se presenta a
continuación:
ARTÍCULO
AUTOR
TEMA
ESTADO
1 H.R. Jorge
Eliécer Salazar
Ajuste de redacción: Incentivar el
abastecimiento de gas combustible en
el país y ampliar su utilización, con el
fin de generar impactos positivos en el
medio ambiente, en la calidad de vida
y la salud de la población, además el
acceso al servicio público, según lo
establecido en la Ley 1955 de 2019.
AVALADA
3
H.R. Jorge
Méndez
Hernández
Modificación del artículo:
ABASTECIMIENTO Y OFERTA
NACIONAL DE GAS COMBUSTIBLE. El
Gobierno Nacional dictará normas que
garanticen el abastecimiento y la
confiabilidad en el
suministro de gas combustible en el
mercado. Para efectos de incrementar
la oferta, establecerá mecanismos que
viabilicen las importaciones y
promuevan la producción nacional,
siguiendo criterios de eficiencia
energética y responsabilidad
ambiental. Para ello tendrá en cuenta
la implementación de nuevas
tecnologías e infraestructura
disponibles
que garanticen la
protección del medio ambiente.
AVALADA
3 H.R. Juan Carlos
Lozada Vargas
Modificación del artículo: (...) Para
efectos de incrementar la oferta,
establecerá mecanismos que
viabilicen las importaciones y
promuevan la producción nacional,
siguiendo criterios de eficiencia
energética y responsabilidad
ambiental. Para ello tendrá en cuenta
NO AVALADA
Entendiendo
ampliamente la
justificación expuesta
por el Representante
Lozada, se aclaró que
la implementación de nuevas
tecnologías e infraestructura que se
encuentren disponibles.
este Proyecto de Ley
está enfocado en la
utilización de diversos
mecanismos que
garanticen:
- La ex ploración más
efectiva de
YACIMIENTOS
CONVENCIONALES
- La identificación del
potencial de campos
menores
- El uso de tecnologías
de recobro mejorado
que permitirán una
extracción más
eficiente de nuestros
recursos
convencionales
- y el desarro
llo de
proyectos E&P
Luego, se solicitó que
no se desviara la
discusión.
5 H.R. Neyla Ruiz
Correa
Adhesión de un nuevo parágrafo
segundo: Esta innovación e
implementación de nuevas
tecnologías NO podrá incentivar la
promoción del uso de fracturación
hidráulica o sus derivadas.
NO AVALADA
En primer lugar, la
proposición no
procede teniendo en
cuenta que el artículo
hace referencia a los
nuevos usos del gas
combustible una vez
extraído, más no a la
técnica de extracción

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