Informe de Ponencia para segundo debate y texto propuesto y texto aprobado al proyecto de ley número 492 de 2020 Cámara, por medio de la cual la Nación y el Congreso de la República reconocen, conservan y salvaguardan el patrimonio cultural material e inmaterial del municipio de Riosucio (Caldas) y se dictan otras disposiciones - 28 de Mayo de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879263843

Informe de Ponencia para segundo debate y texto propuesto y texto aprobado al proyecto de ley número 492 de 2020 Cámara, por medio de la cual la Nación y el Congreso de la República reconocen, conservan y salvaguardan el patrimonio cultural material e inmaterial del municipio de Riosucio (Caldas) y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación28 Mayo 2021
Número de Gaceta531
Gaceta del conGreso 531 Viernes, 28 de mayo de 2021 Página 21
TEXTO APROBADO EN PRIMER DEBATE POR LA COMISIÓN SEXTA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE
REPRESENTANTES EN SESIÓN DEL DÍA DIECINUEVE (19) DE MAYO DE
2021, AL PROYECTO DE LEY No. 598 de 2021 CÁMAR A 123 DE 2019
SENADO
“POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA ENSEÑANZA SOBRE LA
PROTECCIÓN LEGAL Y CONSTITUCIONAL DE LA MUJER” – LEY “NI UNA
MÁS”
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Objeto. La presente ley tiene como objeto establecer la
enseñanza obligatoria sobre la protección legal y constitucional de la mujer,
enfatizando en la prevención de cual quier forma de violencia que pueda aplicarse
en su contra.
ARTÍCULO 2º. Enseñanza sobre la pr otección legal y constitucional de la mujer
en Colombia:
Modifíquese el literal e) del artículo 14º de la Ley 115 de 1994, que define la
enseñanza obligatoria en los establecimient os oficiales o privados que ofrezcan
educación formal, el cual quedará así:
e) La educación sexual, impartida en cada caso de ac uerdo
con las necesidades psíquicas, físicas, afectivas y la
enseñanza de la protección legal y constitucion al a la mujer en
Colombia.
ARTÍCULO 3º. Contenido. Los lineamientos transversales, temát icos y de estudio
sobre la protección legal y constitucional de la mujer en Colo mbia, serán fijados
por el Ministerio de Educación y construidos con bas e en la ley, y la jurisprudencia.
ARTÍCULO 4º. Transitoriedad. Sin per juicio del principio de autonomía escolar, el
Ministerio de Educación tendrá un año como máx imo para la construcción del
lineamiento de los contenidos curric ulares que implementarán las Inst ituciones
educativas.
ARTÍCULO 5º. Vigencia. La presente Ley ri ge a partir de la fecha de su
promulgación y deroga todas las disposiciones q ue le sean contrarias.
CAMARA DE REPRESENTANTES. COMISION SEXTA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE. 19 d e mayo de 2021. En sesión de la fecha fue aprobado en
primer debate y en los términos anteriores el Proyecto de Ley No. 598 DE 2021
CÁMARA 123 DE 2019 SENADO “POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE
LA ENSEÑANZA SOBRE LA PROTECCIÓN LEGAL Y CONSTITUCIONAL DE
LA MUJER” LEY “NI UNA MÁS”, (Acta No. 039 de 2021) prev io anuncio de su
votación en sesión ordinaria del día 18 de mayo de 2021 seg ún Acta No. 038 de
2021; respectivamente, en cumplimiento de l artículo 8º del Acto Legislativo 01 de
2003.
Lo anterior con el fin de que el citado proyecto siga su c urso legal en segundo
debate en la plenaria de la Cámara de Representantes .
OSWALDO ARCOS BENAVIDES
Presidente
DIANA MARCELA MORALES ROJAS
Secretaria General
MARA DE REPRESENTANTES
COMISIÓN SEXTA CONSTITUCIONAL PERMANENTE
SUSTANCIACIÓN
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
Bogotá, D.C., 28 de mayo de 2021
Autorizo la publicación del presente inform e de ponencia para segundo debate, el
texto que se propone para segundo debate y el texto aprob ado en primer debate
del Proyecto de Ley No 598 de 2021 C ÁMARA 123 d e 2019 SENADO “POR
MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA ENSEÑANZA SOBRE LA
PROTECCIÓN LEGAL Y CONSTITUCIONAL DE LA MUJER” LEY “NI UNA
MÁS”.
La ponencia para segundo debate fue fir mada por los Honorables
Representantes
MÓNICA RAIGOZA (Coordinadora Ponente), MARTHA
VILLALBA, KARINA ROJANO.
Mediante Nota Interna No. C.S.C.P. 3.6 322 / de l 28 de m ayo de 2021, se
solicita la publicación en la Gaceta del Congreso de l a República.
DIANA MARCELA MORALES ROJAS
Secretaria General
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO
DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
492 DE 2020 CÁMARA
por medio de la cual la Nación y el Congreso de la
República reconocen, conservan y salvaguardan
el patrimonio cultural material e inmaterial del
municipio de Riosucio (Caldas) y se dictan otras
disposiciones.
H.R LUIS FERNANDO GOMEZ BETANCURT
Cr 7 Nro. 8-68 Oficinas 309B-310B Teléfono 4325100 Ext 3399
Mail: Luis.gomez@camara.gov.co
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INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
Proyecto de ley No. 492 de 2020 Cámara “Por medio de la cual la Nación y el Congreso de la
República reconocen, conservan y salvaguardan el patrimonio cultural material e inmaterial
del municipio de Riosucio (Caldas) y se dictan otras disposiciones”.
ANTECEDENTES Y TRÁMITE DEL PROYECTO
El Representante Luis Fernando Gómez Betancurt y el Senador Carlos Felipe Mejía, radicaron
ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes el Proyecto de ley número 492
de 2020-Cámara el día 17 de diciembre de 2020.
Una vez radicado, por instrucciones de la Honorable Mesa Directiva de la Comisión Segunda
Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, dentro del marco del
Procedimiento Legislativo, fui designado como ponente para primer debate del presente
proyecto.
El presente proyecto de ley fue aprobado en primer debate en la Honorable Comisión Sexta
el día 12 de mayo de 2021.
OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO
Como plantean los autores en la iniciativa y como se puede confrontar en los documentos de
la historia del Municipio, Riosucio es un municipio digno de ser visitado no solo por sus
maravillosos recursos naturales y sitios de interés para los turistas, sino por la cultura
arraigada en sus gentes que con su ingenio ponen a funcionar de manera armónica los
elementos que identifican su carnaval, esa alegría contagiante se ve reflejada en su ya
reconocido “Carnaval de Riosucio” cuyo símbolo es el Diablo, que participa de la fiesta en
medio de la Danza, las Chirimías y las Bandas que con sus colonias acompañan sus lujosas
Cuadrillas poniendo en escena la elocuencia de la Palabra, perpetuando en el tiempo y en su
historia el gran origen de sus ancestros.
El municipio se encuentra ubicado al noroccidente del departamento de Caldas, limitando con
Antioquia al norte y con Risaralda al este, cuenta con más de 100 veredas, 2 corregimientos

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