Informe de ponencia para segundo debate del proyecto número 133 de 2020 Senado, por medio del cual se prohíbe en la contratación estatal los plásticos de un solo uso, el poliestireno expandido y se incentiva a la creación de políticas y programas que busquen la disminución progresiva del uso de estos materiales a nivel territorial y se dictan otras disposiciones - 22 de Octubre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879266714

Informe de ponencia para segundo debate del proyecto número 133 de 2020 Senado, por medio del cual se prohíbe en la contratación estatal los plásticos de un solo uso, el poliestireno expandido y se incentiva a la creación de políticas y programas que busquen la disminución progresiva del uso de estos materiales a nivel territorial y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación22 Octubre 2021
Fecha22 Octubre 2021
Número de Gaceta1518
Gaceta del Congreso 1518 Viernes, 22 de octubre de 202 Página 5
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
DEL PROYECTO NÚMERO 133 DE 2020 SENADO
por medio del cual se prohíbe en la contratación estatal los plásticos de un solo uso, el poliestireno
expandido y se incentiva a la creación de políticas y programas que busquen la disminución progresiva del
uso de estos materiales a nivel territorial y se dictan otras disposiciones.
1. Antecedentes Legislativos de la Iniciativa.
Esta iniciativa fue presentada el pasado 22 de julio de 2020 por los Honorables Senadores
Sandra Liliana Ortiz Nova, Juan Luis Castro Córdoba, Iván Leonidas Name Vásquez e
Iván Marulanda Gómez y de los Honorables Representantes León Fredy Muñoz Lopera,
César Ortiz Zorro, Wilmer Leal y Fabián Díaz Plata, la misma se encuentra debidamente
publicada en la Gaceta del Congreso N° 613/20.
Fue presentada ponencia para primer debate por los Senadores Daira de Jesús Galvis
Méndez, Maritza Martínez Aristizábal y José Obdulio Gaviria Vélez y fue aprobada en
sesiones virtuales de la Comisión Quinta Constitucional Permanente del Senado de la
República los días catorce (14) de abril y ocho (08) de junio de dos mil veintiuno (2021)
2. Objeto.
La presente ley tiene por objeto establecer medidas para promover la protección del Medio
Ambiente y la Salud Pública a través de una prohibición en cabeza de las entidades
estatales para suscribir contratos para la compra o suministro de productos elaborados o
que contengan plásticos de un solo uso y/o de poliestireno expandido.
3. Contenido del Proyecto de Ley.
El presente proyecto cuenta con 5 artículos, incluida la vigencia en los cuales se
desarrolla:
1. Artículo 1. Objeto.
2. Artículo 2. Plásticos de un solo uso.
3. Artículo 3. Principios.
4. Artículo 4. Prohibición de suscripción de contratos para la compra y/o suministro de
productos elaborados o que contengan plásticos de un solo uso y/o poliestireno
expandido.
5. Artículo 5. Vigencia y derogatorias.
4. Marco Jurídico del Proyecto de Ley.
El Proyecto de Ley a que se refiere esta ponencia cumple con lo establecido en el artículo
140, numeral 1°, de la Ley 5ª de 1992, pues se trata de una iniciativa Congresional
presentado a consideración del Congreso de la República por los Honorables Senadores
Sandra Liliana Ortiz Nova, Juan Luis Castro Córdoba, Iván Leonidas Name Vásquez e
Iván Marulanda Gómez y de los Honorables Representantes León Fredy Muñoz Lopera,
César Ortiz Zorro, Wilmer Leal y Fabián Díaz Plata, ante la Secretaría General del Senado
de la República, siendo publicada en la Gaceta del Congreso, N° 613/20.
Cumple, además, con los artículos 154, 157, 158 y 169 de la Constitución Política,
referentes a su origen, las formalidades de publicidad, unidad de materia y título de la ley.
Así mismo, es coherente con el artículo 150 de la Constitución que manifiesta que dentro
de las funciones del Congreso está la de hacer las leyes.
5. Justificación.
El compromiso con el medio ambiente, su recuperación y su estabilización hacen que sea
necesario la creación de políticas que le apuesten de manera inmediata a generar
cambios trascendentales en favor de la disminución de la contaminación ambiental y el
daño a los ecosistemas.
Si bien es cierto que la protección del ambiente es una tarea que nos corresponde a todos,
también lo es que son las entidades públicas las primeras a las que les corresponde
sumar esfuerzos y empezar a actuar, creando acciones de cambio y generando
estrategias que incentiven la disminución y erradicación de los plásticos de un solo uso.
Es entonces, deber de las Entidades del Orden Nacional y del Orden Territorial velar por el
interés colectivo de un ambiente sano garantizando la integridad del patrimonio natural y
abrigando el principio de armonía regional que contempla la ley 99 de 1993.
A.
De los plásticos
Plástico: material ligero, resistente, higiénico, moldeable e inoxidable, utilizado para
elaboración de múltiples utensilios y elementos con amplias aplicaciones.
Los plásticos se derivan de los recursos naturales como la sal, el gas, el petróleo y el
carbón y su estructura se compone fundamentalmente de monómeros, que son moléculas
de carbono e hidrogeno y es la unión de varios monómeros lo que hace que se componga
un polímero (p.e. polietileno).
En general existen dos grupos principales de plásticos los termoplásticos que son aquellos
que no alteran su estructura química durante el calentamiento, es el caso de polietileno, el
segundo grupo, denominado termoestables que al momento del moldeamiento sufren
cambios químicos y una vez moldeados por el efecto del calor no pueden modificar su
forma es el caso entre otros de las resinas fenólicas.
Si bien los plásticos son usados para la elaboración de muchos materiales, lo claro es que
en su fabricación se realizan diversos procesos químicos que contaminan la atmosfera y
contribuyen al efecto invernadero que, si bien es un proceso natural, está en constante
aceleración por el aumento artificial que generan los gases efecto invernadero con lo cual
se generan cambios drásticos en la temperatura del ambiente, que hacen que aumente
desmedidamente.
Es decir, el problema se deriva del desequilibrio, lo que hace necesario nivelar nuestras
acciones a fin de que las mismas causen los menores impactos posibles, las afectaciones
a los ecosistemas, la reducción de superficie de los glaciares, la elevación del nivel de
agua en los mares, son acciones preocupantes que amerita cambios inmediatos
principalmente en la erradicación y máxima disminución de los impactos contaminantes
que generan materiales como el plástico, el cual no solo contamina con su elaboración
sino por su lenta biodegradación.
Gran parte de la producción del plástico estriba de los hidrocarburos fósiles (petróleo, gas
y carbón) que son recursos no renovables o agotables
B.
Tipos de plásticos
Los plásticos se identifican con código numérico que va del 1 al 7 y según los Gestores de
Residuos se discriminan en los siguientes tipos:
1.
PET (Polietileno tereftalato). El PET se utiliza principalmente en la producción de
botellas para bebidas. A través de su reciclado se obtiene principalmente fibras para
relleno de bolsas de dormir, alfombras, cuerdas y almohadas.
2.
HDPE (Polietileno de alta densidad). El HDPE normalmente se utiliza en envases
de leche, detergente, aceite para motor, etc. El HDPE tras reciclarse se utiliza para
macetas, contenedores de basura y botellas de detergente.
3.
PVC (Cloruro de polivinilo). El PVC es utilizado en botellas de champú, envases de
aceite de cocina, artículos de servicio para casas de comida rápida, etc. El PVC puede ser
reciclado como tubos de drenaje e irrigación.
4.
LDPE (Polietileno de baja densidad). El LDPE se encuentra en bolsas de
supermercado, de pan, plástico para envolver. El LDPE puede ser reciclado como bolsas
de supermercado nuevamente.
5.
PP (Polipropileno). El PP se utiliza en la mayoría de recipientes para yogurt,
sorbetes, tapas de botella, etc. El PP tras el reciclado se utiliza como viguetas de plástico,
peldaños para registros de drenaje, cajas de baterías para autos.
6.
PS (Poliestireno). El PS se encuentra en tazas desechables de bebidas calientes y
bandejas de carne. El PS puede reciclarse en viguetas de plástico, cajas de cintas para
casetes y macetas.
7.
Otros. Generalmente indica que es una mezcla de varios plásticos. Algunos de los
productos de este tipo de plástico son: botellas de ketchup para exprimir, platos para
hornos de microondas, etc. Estos plásticos no se reciclan porque no se sabe con certeza
qué tipo de resinas contienen.1
1
Gestores de Residuos. Revisado en https://gestoresderesiduos.org/noticias/la-clasificacion-de-los-plasticos. Revisado el 20 de
enero de 2020.
C.
Tratamiento de los residuos plásticos
Reducir, reutilizar y recuperar-reciclar, como en el resto de residuos son las posibilidades
para efectuar un tratamiento a los residuos plásticos. Ignacio Aracil, define las 3R,
indicando que por cada uno de estos conceptosdebe entenderse lo siguiente:
xREDUCIR: “Utilización de menos cantidad de plásticos para cubrir las prestaciones
de un producto con la misma eficacia, y por otro, en el diseño del producto de modo que
reduzca el consumo de material (…)”
xREUTILIZAR: “Los plásticos son materiales especialmente adecuados para ser
reutilizados,debido a que son duraderos, lavables, resistentes, esterilizables (…)”
xRECUPERAR: “Alternativas de tratamiento”
Estamos sumergidos en una cultura consumista y poco consciente de usar y tirar, es por
eso que la utilización de las 3R ecológicas son indispensables para disminuir el volumen
de residuos generados, con ellas se pretende el desarrollo de hábitos de consumo
responsable reducir, reutilizar y reciclar son pasos de suprema importancia que generarán
cambios satisfactorios en favor del ambiente.
A manera de síntesis cuando hablamosde REDUCIR hablamos de simplificar o disminuir el
consumo, al referirnos a REUTILIZAR como su nombre lo indica es volver a utilizar o
alargar la vida útil de un producto, y por último RECICLAR tratar lo que ya se ha usado con
el fin de obtener nuevos productos y preservarmateriales potencialmente útiles.

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