INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 122 DE 2020 CÁMARA/161 DE 2020 SENADO, por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia - 18 de Noviembre de 2020 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 900359393

INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 122 DE 2020 CÁMARA/161 DE 2020 SENADO, por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia

Fecha de publicación18 Noviembre 2020
Número de Gaceta1337
Tipo de documentoColombian History Events
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXIX - Nº 1337 Bogotá, D. C., miércoles, 18 de noviembre de 2020 EDICIÓN DE 27 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 122 DE 2020 CÁMARA/161 DE 2020 SENADO
por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia.
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 122 DE 2020
CÁMARA/161 DE 2020 SENADO
“Por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia”
Bogotá D.C., 17 de noviembre de 2020
Honorable Senador
JOSÉ ALFREDO GNECCO ZULETA
Presidente de la Comisión Tercera del Senado de la República
Honorable Representante
NÉSTOR LEONARDO RICO RICO
Presidente Comisión Tercera de la Cámara de Representantes
Ciudad
REF: Informe de ponencia para segundo debate del Proyecto de Ley número 122 de 2020 Cámara/161 de 2020
Senado, POR MEDIO DEL CUAL SE IMPULSA EL EMPRENDIMIENTO EN COLOMBIA
Respetados Presidentes,
Acorde a las designaciones realizadas el pasado 19 de agosto por la mesa directiva de la Comisión Tercera de la
Cámara de Representantes y 14 de agosto por la mesa directiva de la Comisión Tercera del Senado de la
República, y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política y la Ley 5ta de 1992, nos permitimos
rendir este informe de ponencia positiva para Segundo Debate al Proyecto de Ley número 122 de 2020
Cámara/161 de 2020 Senado, POR MEDIO DEL CUAL SE IMPULSA EL EMPRENDIMIENTO EN COLOMBIA.
El contenido de esta ponencia incluye:
I. Antecedentes
II. Objeto y contenido de la iniciativa
III. Justificación del proyecto
IV. Pliego de modificaciones
V. Proposición con que termina el informe de ponencia
VI. Texto propuesto para segundo debate
I. ANTECEDENTES
El proyecto de ley número 122 de 2020 Cámara/161 de 2020 Senado fue radicado en el Congreso el 20 de julio
y el 27 de julio fue radicado su respectivo mensaje de urgencia por parte de la Presidencia de la República. El
Proyecto de Ley es de iniciativa gubernamental, fue liderado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo e
iNNpulsa Colombia, que contaron con el acompañamiento y apoyo de varias entidades del Estado.
Los Congresistas suscritos a la iniciativa parlamentaria son: Carlos Alberto Cuenca, Óscar Darío Pérez, Enrique
Cabrales, Gabriel Vallejo, Christian Garcés, Edwin Valdés, Christian Moreno, Edwin Ballesteros, Irma Herrera,
Wadith Manzur, Jennifer Arias, Fernando Nicolás Araújo, Alejandro Corrales, Luis Fernando Velasco, María del
Rosario Guerra, María Fernanda Cabal, Andrés García Zuccardi, Juan Carlos García, Carlos Guevara, Efraín
Cepeda, Manuel Virgüez, David Barguil y Aydeé Lizarazo.
Adicionalmente, el 14 y 19 de agosto se designaron ponentes en el Senado y la Cámara de Representantes
respectivamente. En la Cámara de Representantes fueron designados como coordinadores ponentes: Christian
Moreno; Óscar Darío Pérez; Nidia Osorio; Carlos Carreño y Víctor Ortiz, mientras que como ponentes fueron
designados: Kelyn González; Wadith Manzur y Edwin Valdés. En el Senado de la República fueron designados
como coordinadores ponentes: David Barguil; Ciro Ramírez; Emma Castellanos; Andrés García y Andrés Cristo y
como ponentes Edgar Palacio, Iván Marulanda y Gustavo Bolívar.
El 18 y el 21 de septiembre se radicó la ponencia para primer debate en el Senado y la Cámara de manera
respectiva, y el proyecto de ley se aprobó en primer debate de Comisiones Terceras conjuntas el pasado 31 de
octubre por unanimidad.
II. OBJETO Y CONTENIDO DE LA INICIATIVA
Esta iniciativa legislativa busca actualizar la normativa alrededor del emprendimiento con el fin de facilitar esta
actividad económica en el país, mejorar las condiciones habilitantes fundamentales para el emprendimiento,
promover la creación de empresas y facilitar el funcionamiento de las Mipymes.
El proyecto de ley está compuesto por cinco ejes principales que son: primero, medidas para la racionalización y
simplificación de procesos, trámites y tarifas; segundo, acceso a compras públicas; tercero, acceso a
financiamiento; cuarto, actualización del marco institucional y quinto, educación para el emprendimiento.
En términos del contenido, el proyecto de ley cuenta con cuarenta artículos incluyendo el objeto y vigencia.
Adicionalmente, consta de cuatro títulos que son: medidas de apoyo para las Mipymes, acceso al financiamiento,
marco institucional y educación y emprendimiento.
El primer título sobre medidas de apoyo para las Mipymes busca implementar iniciativas que faciliten la creación
y funcionamiento de las empresas a través de la exención del pago del registro Invima para microempresas y
tarifas diferenciadas para las pequeñas empresas. Así mismo, propone la creación de un mecanismo exploratorio
de regulación de modelos de negocios innovadores, sandbox, para fomentar los emprendimientos de base
tecnológica e innovadora a través de la flexibilización normativa supervisada. También se propone la creación de
un sistema de información para actividades económica informales con el fin de obtener datos sobre este sector
de la economía con el fin de crear política pública informada para promover la formalización. Se busca crear un
sistema de contabilidad simplificada para microempresas; establecer la devolución de saldos a favor de IVA de
manera bimestral para incrementar el flujo de caja de las empresas y facilitar la creación de asociaciones mutuales
y constitución de cooperativas.
Adicionalmente, este título también incluye un capítulo de compras públicas que busca facilitar la inclusión de los
emprendimientos y Mipymes en este mercado. Por ende, se incluyen a las Mipymes en los procesos de mínima
cuantía, se crean criterios diferenciales para este sector productivo y se crean factores de desempate a favor de
las Mipymes, para así facilitar su acceso al mercado de las compras públicas y lograr convertir a las empresas del
segmento Mipymes en proveedor y contratista de las entidades estatales.
Segundo, se establece un título para incorporar medidas para facilitar el acceso al financiamiento de los
emprendedores. Estas medidas buscan garantizar el acceso al recurso a través de la modificación del marco
normativo del Fondo Nacional de Garantías e inclusión de nuevas funciones y portafolio de servicios, para así
lograr que las garantías que ofrece el Fondo se puedan destinar a otros mecanismos de financiación diferentes al
crédito tradicional. Así mismo, se pretende generar una inclusión y promoción de los microcréditos en el país, toda
vez que esta es la fuente principal para el acceso al recurso de los microempresarios y emprendedores. En ese
orden de ideas, se busca generar alianzas para la promoción de este producto y se busca generar una supervisión
de los costos que se originan alrededor de este, y así tener identificados los costos de honorarios y las tasas de
interés.
En el título sobre marco institucional, se busca poder fomentar un orden institucional entorno al emprendimiento
y al desarrollo empresarial. Por ende, se busca optimizar la gestión de recursos e incentivar una visión integral,
se busca fortalecer a iNNpulsa Colombia como entidad líder en la identificación, acompañamiento y promoción
del ecosistema emprendedor para facilitar el desarrollo, la competitividad y la productividad de las empresas
colombianas. Así mismo, se busca poder articular todas las instancias de discusión y apoyo a las Mipymes en el
Sistema Nacional de Competitividad e Innovación, para así lograr su coordinación.
Finalmente, el título sobre educación y emprendimiento busca facilitar la apropiación del emprendimiento y la
cultura emprendedora en la sociedad colombiana a través de la promoción de educación y habilidades en
emprendimiento en todos los niveles educativos. Por ejemplo, se establece la creación de un programa de doble
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titulación técnico-bachiller que tenga un énfasis en empresarismo y emprendimiento y ayude a los estudiantes en
la inserción laboral, a través del SENA. Así mismo, se promueven programas de formación docente en
emprendimiento e iniciativa empresarial para así incrementar la calidad de educación en estos temas. Se propone
la creación de una nueva opción para optar al título de grado de educación superior a través del desarrollo o
implementación de un emprendimiento. También se establece la creación de consultorios empresariales en las
instituciones de educación superior para asesoría gratuita en la creación y fortalecimiento del emprendimiento y
la innovación empresarial en el país.
III. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO
Lograr el crecimiento y la consolidación del emprendimiento es un desafío primordial para el desarrollo económico
y el mejoramiento de las condiciones de equidad en Colombia. El aprovechamiento de oportunidades de mercado
depende en gran medida del fortalecimiento del segmento de empresas Mipymes que representa el 99,6% del
tejido empresarial colombiano y produce alrededor del 80% del empleo en el país. De esto se deriva la importancia
de fortalecer este segmento, especialmente en esta coyuntura de reactivación económica que es crítica.
Las acciones diferenciadas en favor de los emprendimientos sirven como catalizador para lograr el mejoramiento
de los niveles de productividad, fomentan la apropiación de una cultura de la formalidad, propician el
fortalecimiento de las estructuras financieras, el uso de mejores tecnologías y el desarrollo de actividades y
procesos para la innovación, sofisticación y diversificación. Asimismo, las acciones diferenciadas generan las
condiciones para posibilitar la adaptabilidad necesaria que necesitan los emprendimientos para consolidarse en
las cadenas de valor locales y nacionales y para aprovechar las oportunidades de avanzar, conforme con sus
capacidades, hacia las cadenas globales de valor.
El “Global Entrepreneurship Monitor” (GEM, 2019) establece que el emprendimiento es un impulsor esencial de
la salud y riqueza de la sociedad, así como un motor de crecimiento económico. Promueve la innovación requerida
no solo para aprovechar nuevas oportunidades, promover la productividad y crear empleo, sino también para
ayudar a abordar algunos de los desafíos más difíciles de la sociedad según lo establecido por los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas. Muchos de los gobiernos del mundo, grupos de expertos,
organizaciones no gubernamentales e internacionales ven el emprendimiento como un componente clave en la
mitigación de la pobreza y la inequidad social, en la inclusión y equidad de las mujeres y en la creación de
soluciones comerciales para los desafíos ambientales del mundo, incluyendo el cambio climático.
Ante el anterior contexto, es evidente la necesidad de contar con una visión sistémica alrededor del
emprendimiento. El presente Proyecto de Ley busca establecer un marco regulatorio que propicie el
emprendimiento, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad, respondiendo a las necesidades
de ajuste normativo identificadas en los documentos de política pública para contribuir a resolver fallas
estructurales y poder fortalecer el ecosistema de emprendimiento nacional.
Así mismo, es necesario actualizar el marco normativo de emprendimiento y Mipymes, específicamente la Ley
590 de 2000 y la Ley 1014 de 2006, para que el mismo sea congruente con el desarrollo que ha experimentado
el ecosistema de emprendimiento durante los últimos años, y así garantizar tener un marco normativo novedoso
y que responda a las necesidades y desafíos que enfrentan los emprendedores del país.
Por ende, el Proyecto de Ley propone un paquete de medidas diferenciadas para apoyar a los emprendedores en
los siguientes capítulos que desarrollan a continuación.
CAPÍTULO I: Medidas para la Racionalización y Simplificación de Trámites y Tarifas
Durante el 2019, según Confecámaras en su estudio de la Dinámica de Creación de Empresas en Colombia, la
creación de empresas en ese período de tiempo tuvo los siguientes indicadores: el total de empresas creadas fue
de 309.243 unidades productivas de las cuales 234.188 fueron personas naturales y 75.275 fueron sociedades,
los sectores de mayor crecimiento en creación de empresas fueron servicios con 3,4% de variación (peluquerías,
otros tratamientos de belleza, expendios de comida preparada, entre otros) y 2 % para industria en el período de
tiem
p
o enero – diciembre de 2018.
Con respecto al volumen de empresas creadas, el 99,6% de ellas son microempresas, seguidas 0,37% de
pequeñas empresas y el 0,03% son medianas. Como aporte a la economía, el 49,1% de las empresas creadas
entre enero y diciembre, generaron al menos 1 empleo conforme las cifras publicadas por el RUES.
Tomando los resultados de la Encuesta a los micronegocios de 2019, se pudo evidenciar que el 87,6% de los
micronegocios son de cuenta propia y el 12,4% son empleadores; los trabajadores por cuenta propia tienen la
siguiente segmentación: 52,9% son hombre y 34,7% son mujeres (DANE, GEIH – Módulo Micronegocios).
Cabe resaltar que la principal motivación para la creación de micronegocios es porque no tienen otra alternativa
de ingresos, de los micronegocios encuestados se pudo establecer que solamente el 24% cuentan con el Registro
Único Tributario (RUT), la gran mayoría pertenece al régimen simplificado de tributación (90,4%) estableciendo
que son las personas naturales quiénes se ubican en este segmento.
Haciendo revisión de las normas contables que definen el desarrollo empresarial, la encuesta dejó en evidencia
que únicamente el 31% de las empresas llevan algún registro contable, este tipo de prácticas dificulta los procesos
de formalización porque para el empresario representa costos adicionales para el cumplimiento de la
normatividad. Adicionalmente, los dichos microempresarios manifiestan que no llevan registros contables porque
no los necesitan (83%). Cuando se profundiza en los niveles de formalidad el 87,8% de este segmento empresarial
no cuenta con Cámara de Comercio.
Es necesario resaltar que la baja productividad del segmento no solo está relacionada con las bajas capacidades
productivas de las empresas que lo conforman, sino que también está determinada por las fallas de mercado y
de Gobierno que impiden generar un contexto favorable para su desarrollo productivo y para propiciar su
crecimiento.
Uno de los principales aspectos que obstaculizan el desarrollo de las Mipymes es la gran cantidad de trámites y
requisitos que incrementan los costos para su operación formal. Muchas empresas del
segmento Mipyme perciben en estos requisitos una barrera de acceso al mercado, evaluándolos como complejos,
costosos e innecesarios, especialmente frente a las cargas regulatoria y tributaria.
Los costos adicionales asociados a los trámites pueden convertirse en barreras de entrada o pueden generar
efectos negativos en las decisiones que toman los empresarios a la hora de cumplir requisitos normativos,
contribuyendo a un ambiente de informalidad. Las consecuencias de la informalidad acarrean que las actividades
desarrolladas sin cumplir los requisitos regulatorios se realizan a una escala ineficiente, sin posibilidades de
crecimiento, sin acceso a finanzas externas, lo que las convierte en empresas con baja productividad6.
Adicionalmente, la carga de cumplir con los requisitos administrativos es proporcionalmente más alta para las
empresas con menor capital, quienes encuentran en los trámites y regulaciones administrativas un obstáculo
comparativamente más alto que aquellas ya establecidas7.
El impacto de reglas y trámites se concentra en las empresas pequeñas8, que tienen menores capacidades para
asumir esos costos, para desarrollar actividades que incrementen sus clientes o para distribuir las cargas en otras
jurisdicciones. De esta manera, una política de fomento a las Mipymes debe estar acompañada de esfuerzos para
reducir la carga regulatoria y de trámite que deben asumir ese tipo de empresas.
Como ya se mencionó antes, un emprendimiento formal asume un costo adicional de entre el 34 % y el 46 % de
la utilidad bruta respecto a uno informal, en donde los costos tributarios y laborales representan la mayor
proporción del total de costos. Como resultado, Colombia tiene altos niveles de informalidad empresarial y
laboral.
Un ejemplo concreto de estos costos se ve reflejado en la normatividad vigente en Colombia para los trámites de
registro ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA-. Tomando como base de
análisis el sector de alimentos y bebidas, en donde los productos que se expenden directamente
al consumidor deben obtener, de acuerdo con el riesgo en salud pública, la correspondiente autorización de
comercialización (Notificación Sanitaria - NSA, Permiso Sanitario - PSA o Registro Sanitario - RSA), expedida por
el INVIMA [1], se puede identificar la relación costo- beneficio de la formalización frente a las oportunidades de
mercado.
El INVIMA recibe y gestiona cerca de 150.000 solicitudes al año y ha hecho avances importantes para la reducción
de los tiempos de inspección. Por ejemplo, ha homologado permisos con países con los que Colombia tiene
acuerdos comerciales con el fin de aumentar la eficiencia en algunos trámites de comercio exterior y en puertos
(Consejo Privado de Competitividad, 2016). Adicionalmente, se mejoró la agenda para la admisibilidad sanitaria
de 18 productos agropecuarios en diferentes países”.
Sin embargo, el reto persiste, por lo que es importante resaltar que en las líneas de acción del CONPES 3956 de
2019 se identifica la necesidad de reducir la carga regulatoria de la producción y comercialización, y se definió
continuar con la simplificación del proceso de obtención de Registro Sanitario de Alimentos y trámites asociados
ante el INVIMA.
Al respecto, es importante señalar que, para solicitar los registros, permisos o notificaciones sanitarias de
alimentos, el valor puede oscilar entre $2.558.720 a $7.197.956 para el caso de negocios como panaderías,
pastelerías, queserías, heladerías, plantas procesadoras de embutidos y en general plantas de alimentos de
derivados lácteos, frutas y verduras, muchos micronegocios de economía barrial.
En este sentido, la obtención de estos registros ante el INVIMA, se vinculan otros costos adicionales, en
cumplimiento de las condiciones necesarias para comercializar formalmente (mejoras y/o adecuaciones de planta
y de producto, pruebas técnicas y de laboratorio, entre otros). Al respecto, El CONPES 3956 de 2019 consideró
que “la obtención de registro sanitario representa un cuello de botella para la producción formal de productos para
el consumo humano”.
Sin la aplicación de tarifas diferenciadas, no existe un cobro proporcional a las realidades de las empresas,
entendiendo que de acuerdo con su tamaño cuentan con estructuras financieras diferentes, por lo que la
contribución al pago de las tarifas para las empresas de menor escala, resulta proporcionalmente más alto en
comparación con los ingresos que podrían percibir las medianas (ingresos entre los $7.025 y $59.512 Millones)
y grandes empresas que tienen ingresos significativamente superiores (más de $59.512 Millones).
Actualmente en el RUES, existen 45.249 Mipes que se dedican a la elaboración de productos alimenticios y
bebidas, de las cuales 43.730 son microempresas y 1.519 son pequeñas empresas, de acuerdo con el RUES con
corte al 30 de abril de 2020. Estas cifras incluyen las 18 categorías del CIIU para las actividades de Elaboración
de Alimentos y las 4 categorías para la elaboración de bebidas.
Asimismo, existen 3.725 Asociaciones Agropecuarias y Campesinas, muchas de las cuales, buscan avanzar en
el desarrollo de productos agroindustriales en el sector de alimentos y bebidas para mejorar a través de la
agregación de valor y la transformación de sus productos primarios, los ingresos que perciben en el desarrollo de
sus actividades.
Es importante destacar que muchas de las empresas y asociaciones registradas en el RUES, así como otra gran
cantidad de iniciativas informales, nacen como iniciativas productivas y para la generación de ingresos de
poblaciones pobres, vulnerables y de víctimas del desplazamiento forzado, las cuales buscan contar con estos
registros para aprovechar oportunidades de negocio formales.
De otra parte, para garantizar el adecuado funcionamiento del mercado a efectos de contribuir en la satisfacción
de las necesidades de la mayor cantidad posible de personas, se requiere de competencia vigorosa9. Es
fundamental asegurar condiciones de competencia en los mercados, así como facilitar la realización de negocios.
En este último aspecto, en el Doing Business, que proporciona una medición de las normas que regulan la
actividad empresarial y su aplicación en cerca de 190 economías, Colombia se encuentra en la posición 67 (Banco
Mundial, 2019). Dentro de diferentes recomendaciones del informe, se encuentran aspectos para mejorar en la
protección de inversionistas minoritarios, donde facilitar la convocatoria de reunión de asambleas para accionistas
minoritarios es una buena práctica internacional recomendada. Así mismo, se requieren cambio para facilitar la
apertura de negocios, resolución de insolvencia y facilidades para el pago de impuestos (Banco Mundial, 2019)
Los trámites y reglas que encarecen la entrada a un mercado disminuyen la entrada de nuevas firmas10, que
naturalmente presentan mayor tendencia a la innovación. Las barreras de entrada disminuyen el nivel de
empleo11 afectando el bienestar de los trabajadores.
Complementariamente al contexto expuesto, la gestión del capital humano de las Mipymes es vital para su
desarrollo, sin embargo, conciliar las capacidades productivas con las estructuras de costos y la calidad del trabajo
es un reto en el que falta avanzar. Este aspecto muestra una composición altamente significativa con respecto al
nivel educativo y el monto de la remuneración; la gran mayoría de los trabajadores en las Mipymes son bachilleres,
técnicos o tecnólogos y el 90,8% de los empleados recibieron mensualmente entre 238 dólares y 951 dólares.
Con respecto a la formalidad del trabajo del segmento Mipyme, casi el 60% del empleo en empresas de hasta 10
personas en América Latina es informal. Por otro lado, los trabajadores por cuenta propia y las empresas de hasta
10 personas explican casi el 70% de todo el empleo informal de la región. Pequeñas empresas, grandes brechas
(OIT, 2015).
Esta relación se hace más significativa al interior del segmento Mipyme al observar el grupo de menor tamaño;
las microempresas se enfrentan, de acuerdo con sus realidades productivas y financieras, a una suerte de dilema
a la hora de tomar la decisión de generar empleo formal o mantenerse dentro de las prácticas laborales informales.
Lo mismo ocurre cuando deben decidir sobre la necesidad de incrementar costos para incrementar la calidad del
trabajo mediante la vinculación de personal mejor capacitado o continuar reduciendo los costos vinculando mano
de obra menos costosa para incrementar los márgenes de ganancia y asegurar la sostenibilidad de la empresa.
En condiciones informales las microempresas pueden incrementar su mano de obra a menor costo, sacrificando
variables asociadas a la calidad del trabajo y asumiendo los riesgos normativos, en contraste, cumpliendo la
normatividad pueden incrementar la calidad del trabajo a expensas de la reducción de la mano de obra y el
incremento de los costos por trabajador.
Se requieren de acciones diferenciadas para mejorar la productividad de las Mipymes, la apropiación de una
cultura de la formalidad, el fortalecimiento de sus estructuras financieras, el uso de mejores tecnologías y el
desarrollo de actividades y procesos para la innovación, sofisticación y diversificación, la adaptabilidad necesaria
para consolidarse en las cadenas de valor locales y nacionales y la oportunidad de avanzar, conforme a sus
capacidades, hacia las cadenas globales de valor.
De acuerdo con lo anterior, en este capítulo de la iniciativa legislativa, se proponen medidas sobre la base del
concepto de proporcionalidad, específicamente para el establecimiento de tarifas diferenciadas de registro,
modificación y renovación ante el INVIMA, incluyendo la excepción de pago para las microempresas y los
pequeños productores campesinos. Asimismo, se propone modificar los límites inferiores de los costos del
Impuesto Departamental de Registro, para facilitar la creación de empresas y contribuir a su sostenibilidad.
Finalmente, se busca impulsar la innovación empresarial, mediante la implementación de “areneras” (Sandbox),
ambientes vigilados de experimentación, para facilitar el desarrollo de modelos de negocios con alta agregación
de valor y el crecimiento de empresas de menor escala mediante el mejoramiento o desarrollo del marco
regulatorio.
Colombia presenta una baja capacidad innovadora en todos los sectores del país, al igual como lo refleja su
desempeño en el Índice Global de Innovación (GII28). De acuerdo con la última edición del GII, el país cayó cuatro
posiciones pasando del puesto 63 en 2018 al puesto 67 en 2019, lo cual puede ser explicado en función de un
débil desempeño en los pilares de sofisticación de negocios (58), sofisticación de mercado (53), e infraestructura
tecnológica (47), que son los pilares en los que el país se encuentra peor posicionado. Ahora bien, este
comportamiento se viene presentado desde 2013, ya que en promedio el país supera cada vez menos países.

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