INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 471 DE 2021 SENADO – 146 DE 2020 CÁMARA, por medio del cual se promueve la arborización urbana y periurbana con énfasis en especies nativas para conservar la biodiversidad y mejorar el equilibrio ambiental de los distritos y municipios de todo el territorio nacional - 6 de Mayo de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 910172330

INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 471 DE 2021 SENADO – 146 DE 2020 CÁMARA, por medio del cual se promueve la arborización urbana y periurbana con énfasis en especies nativas para conservar la biodiversidad y mejorar el equilibrio ambiental de los distritos y municipios de todo el territorio nacional

Fecha de publicación06 Mayo 2022
Número de Gaceta418
PONENCIAS
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 418 Bogotá, D. C., viernes, 6 de mayo de 2022 EDICIÓN DE 14 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l c o n G r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 471 DE 2021 SENADO – 146 DE 2020 CÁMARA
por medio del cual se promueve la arborización urbana y periurbana con énfasis en especies nativas
para conservar la biodiversidad y mejorar el equilibrio ambiental de los distritos y municipios
de todo el territorio nacional.
José Obdulio Gaviria Vélez
Senador de la República
Centro Democrático
INFORME DE PONENCIA PARA SEG UNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NO. 471 DE 2021
SENADO 146 DE 2020 CÁMARA
“POR MEDIO DEL CUAL SE PROMU EVE LA ARBORIZACIÓ N URBANA Y PERIURBANA CON
ÉNFASIS EN ES PECIES NATIVAS P ARA CONSERVAR LA BIODIVERSIDAD Y MEJORAR EL
EQUILIBRIO AMBIENTAL DE LOS DISTRITOS Y MUNICIPIOS DE TODO EL TERRITORIO
NACIONAL”.
Bogotá, DC: 04 de mayo de 2022
Doctora
DAIRA DE JESUS GALVIS MENDEZ
Presidente Comisión Quinta
H. Senado de la R epública
Ciudad
Referencia
: Informe de ponencia para segundo debate sobre el Proyecto d e Ley No. 471 de 2021
Senado- 146 de 2020 Cámara, “Por medio del cual se promueve la arborización urbana y periurbana
con énfasis en especies nativas para conservar la biodiversidad y mejorar el equilibrio ambiental de
los distritos y municipios de todo el territorio nacional”.
Respetada Presidenta
:
En cumplimiento del encargo que nos hiciera la Mesa Directiva, presentamos ante la Plenaria del
Honorable Senado de la República,
informe de ponencia para segundo debate
del Proyecto de Ley
No. 471 de 2021 Senado 146 de 2020 Cámara, “Por medio del cual se pr omueve la arborización
urbana y periurbana con énfasis en especies na tivas para conservar la biodiversidad y mejorar el
equilibrio ambiental de los distritos y municipios de todo el territorio nacional”.
José Obdulio Gaviria Vélez
Senador de la República
Centro Democrático
I.
EL TRÁMITE LEGISLATIVO
El 20 de julio de 2020 fue radicada en la Se cretaría de la Cámara de Representantes el presente
Proyecto de Ley de autoría del Honorable Representante: Edward David Rodríguez Rodríguez. Se
publicó en la
Gaceta del Congreso
número 675 de 2020 y fue remitido por competencia a la Comisión
Quinta de la Cámara.
Mediante Acta No 015, se designó como ponentes para prime r debate a los Honorables
Representantes a la Cámara, Rubén Darío Molano Piñeros y José Edilberto Caicedo Sastoque.
El 14 de octubre de 2020, en la Comisión Quinta de la Cámara fue debatida y aprobada la ponencia
para primer debate, tal co mo consta en la
Gaceta del Congreso
número 1052 de 2020.
Para rendir informe de ponencia para segundo debate en la Plenaria de la Cámara, se designó a los
mismos Honorables Representantes.
El 25 de febrero de 2021, el Ministerio de Educación Nacional, emitió Concepto Institucional respecto
a la iniciativa, recomendaciones que fueron acogidas íntegramente en el articulado.
La Plenaria de la Cámara de
Representantes
aprobó el informe de ponencia
del presente Proyecto
de Ley el 22 de abril de 20 21. El texto aprobado se publicó en la Gaceta del Congreso número 425
de 2021.
La Mesa Directiva de la Comisión Quinta del Senado mediante Oficio CQU -CS-CV19-1102-2021, me
designó como ponente para primer debate del Proyecto de Ley.
Posteriormente, mediante Oficio CQU-CS-CV19-1645-2021, la Mesa Di rectiva de la Comisión Quinta
del Senado, incluyó como ponentes a los Senadores: Nora María García Burgos y Jorge Eduardo
Londoño Ulloa, y al susc rito, José Obdulio Gaviria, en condición de coordinador ponente.
El SENA, emitió Concepto Institucional, con algunas recomendaciones respecto al articulado.

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