Informe de Ponencia para segundo debate, , texto propuesto y texto definitivo aprobado por la Comisión Segunda del Proyecto de ley número 294 de 2021 Senado, por medio de la cual se modifican algunas disposiciones de la Ley 1861 de 2017, se incentiva la graduación como bachilleres y el acceso a la educación terciaria de quienes presten servicio militar obligatorio durante 18 meses y se dictan otras disposiciones - 13 de Septiembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 910606117

Informe de Ponencia para segundo debate, , texto propuesto y texto definitivo aprobado por la Comisión Segunda del Proyecto de ley número 294 de 2021 Senado, por medio de la cual se modifican algunas disposiciones de la Ley 1861 de 2017, se incentiva la graduación como bachilleres y el acceso a la educación terciaria de quienes presten servicio militar obligatorio durante 18 meses y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación13 Septiembre 2022
Número de Gaceta1077
Página 8 Martes, 13 de septiembre de 2022 Gaceta del Congreso 1077
Comisión Segunda Constitucional Permanente
Bogotá D.C.,13 de septiembre de 2022
AUTORIZAMOS EL PRESENTE INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
PRESENTADO POR EL HONORABLE SENADOR OSCAR MAURICIO GIRALDO
HERNÁNDEZ, AL PROYECTO DE LEY No. 279 de 2021 Senado “POR MEDIO DE LA
CUAL SE APRUEBA EL TRATADO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS
CONDENADAS PARA LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES ENTRE LA
REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”, SUSCRITO
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL 1 DE AGOSTO DE 2011, PARA SU PUBLICACIÓN
EN LA GACETA DEL CONGRESO.
GLORIA INÉS FLÓREZ SCHNEIDER ANTONIO JOSÉ CORREA JIMÉNEZ
Presidenta Vicepresidente
Comisión Segunda Comisión Segunda
Senado de la República Senado de la República
DIEGO ALEJANDRO GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Secretario General
Comisión Segunda
Senado de la República
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 294 DE 2021
SENADO
por medio de la cual se modican algunas disposiciones de la Ley 1861 de 2017, se incentiva la graduación
como bachilleres y el acceso a la educación terciaria de quienes presten servicio militar obligatorio durante
18 meses y se dictan otras disposiciones.
Bogotá D. C., septiembre12 de 2022
Honorable Senadora
GLORIA INES FLOREZ SCHENIDER
Presidenta
Comisión Segunda Constitucional
H: Senado de la República
Ciudad
Respetada Presidenta:
Atendiendo a la designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda
Constitucional del Senado, a través del oficio CSE-CS-CV19-0343-2022 con fecha del
30 de agosto de 2022,se me notificó la reasigna ción como ponente para segundo
debate del Proyecto de Ley 294 de 2021 Senado “Por medio de la cual se
modifican algunas disposiciones de la ley 1861 de 2017, se incentiva la
graduación como bachilleres y el acceso a la educación terciaria de quienes
presten servicio militar obligatorio durante 18 meses y se dictan otras
disposiciones”
En atención a lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley 5 de 1992, presento el informe
de ponencia positiva para segundo debate ante la Plenaria del Senado.
1. TRÁMITE DEL PROYECTO
El Proyecto de Ley No. 294 de 2021 Senado “Por medio de la cual se modifican
algunas disposiciones de la ley 1861 de 2017, se incentiva la graduación como
bachilleres y el acceso a la educación terciaria de quienes presten servicio militar
obligatorio durante 18 meses y se dictan otras disposiciones”,es de mi autoría y
del Ex senador Juan diego Gómez Jiménez, fue radicado el 16 de diciembre de 2021 y
publicado en la Gaceta del Senado No. 32 de 2022.
La ponencia para primer debate se publicó en la Gaceta No 358 de 2022 y se aprobó
en Comisión Segunda en primer debate el 03 de mayo de 2022.
2. OBJETO DEL PROYECTO
La presente ley tiene por objeto modificar algunas disposiciones de la Ley 1861 de
2017 y otras disposiciones, con el fin de garantizar a quienes presten servicio militar
obligatorio durante 18 meses, puedan acceder a la educación necesaria, para qué
previo cumplimiento de todos los requisitos, puedan obtener su título de bachiller al
concluir su servicio militar.
Así mismo, busca aumentar el periodo durante el cual el Servicio Nacional de
Aprendizaje SENA deberá impartir cursos de formación para el empleo durante el
servicio militar y establecer un porcentaje mínimo anual de becas parciales o totales
que las Universidades e Instituciones de Educación Superior de naturaleza pública
deberán garantizar a quienes hayan prestado un servicio militar de 18 meses en
Colombia.
3. Justificación del proyecto
En Colombia el servicio militar es obligatorio de acuerdo al Artículo 216 de la
La fuerza pública estará integrada en forma exclusiva por las Fuerzas
Militares y la Policía Nacional. Todos los colombianos están obligados a
tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan para defender
la independencia nacional y las instituciones públicas. La Ley determinará
las condiciones que en todo tiempo eximen del servicio militar y las
prerrogativas por la prestación del mismo.
De igual manera se ratifica en el Artículo 4 de la Ley 1861 del 4 de Agosto de 2017 que
reza:
El servicio militar obligatorio es un deber constitucional dirigido a todos
los colombianos de servir a la patria, que nace al momento de cumplir su
mayoría edad para contribuir y alcanzar los fines del Estado
encomendados a la Fuerza Pública”.
En el territorio nacional cada año, el Ejército incorpora cuatro contingentes para un total
de 64.000 soldados entre la edad de 18 años y menores de 23 años y 11 meses. En
2021 el número de reclutados se incrementó cerca de un 50 % debido a las
restricciones para adelantar los procesos de incorporación durante los periodos de
aislamiento preventivo obligatorios establecidos durante la emergencia sanitaria
generada por la pandemia del Coronavirus (Covid 19).
El presente proyecto busca incentivar la graduación como bachilleres y el acceso a la
educación terciaria por parte de quienes presten su servicio militar durante 18 meses
en Colombia, no solo con el fin de retribuir sus servicios a la patria, ampliando su
formación académica, sino además brindándoles habilidades para la vida y que les
permitan contar con mayores elementos para el manejo de su propia salud mental, así
como mayores oportunidades para su desarrollo laboral y profesional al culminar el
servicio militar.
Las habilidades para la vida identificadas en 1999 por la Organización Mundial de la
Salud, son una serie de habilidades básicas fundamentales con las que todo individuo
debería contar para una vida más sana en sociedad.

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