Informe de ponencia para segundo debate en primer vuelta al Proyecto de Acto legislativo número 33 de 2022 Senado - 002 de 2022 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, se regulariza el cannabis de uso adulto y se dictan otras disposiciones - 29 de Noviembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 915767950

Informe de ponencia para segundo debate en primer vuelta al Proyecto de Acto legislativo número 33 de 2022 Senado - 002 de 2022 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, se regulariza el cannabis de uso adulto y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación29 Noviembre 2022
Número de Gaceta1536
Gaceta del Congreso 1536 Martes, 29 de noviembre de 2022 Página 13
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE EN PRIMER VUELTA AL PROYECTO
DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 33 DE 2022 SENADO – 002 DE 2022 CÁMARA
por medio del cual se modifica el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, se regulariza
el cannabis de uso adulto y se dictan otras disposiciones.
mencionado proceso de implementación, siempre y cuando cada una de esas tenga la
respectiva disponibilidad presupuestal.
Artículo 7°. Vigencia y Derogatoria. La presente ley rige a partir de su promulgación y
deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Cordialmente,
Alexander López Maya
Coordinador Ponente
Senador de la República
Partido Polo Democrático Alternativo
Alejandro Vega Pérez
Senador de la República
Partido Liberal
Carlos Fernando Motoa Solarte
Senador de la República
Partido Cambio Radical
Oscar Barreto Quiroga
Senador de la República
Partido Conservador
Paloma Valencia Laserna
Senadora de la República
Partido Centro Democrático
Julián Gallo Cubillos
Senador de la República
Partido Comunes
Rodolfo Hernández Suarez
Senador de la República
Partido Liga de Gobernantes
Anticorrupción
Ariel Ávila Martínez
Senador de la República
Partido Alianza Verde
Berner Zambrano Erazo
Senador de la República
Partido de la U
Ciudadano Senador
FABIO RAÚL AMÍN SALEME
PRESIDENTE
COMISIÓN PRIMERA
Senado de la República
ASUNTO: Informe de Ponencia para SEGUNDO DEBATE en PRIMER VUELTA al
Proyecto de Acto Legislativo No. 033 de 2022 Senado 002 de 2022 Cámara. “Por medio
del cual se modifica el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, se regulariza el
cannabis de uso adulto y se dictan otras disposiciones.
Cordial saludo.
En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Primera del
Senado, procedo a rendir Informe de Ponencia positivo al Proyecto de Acto Legislativo 002
de 2022 Cámara “por medio del cual se modifica el artículo 49 de la Constitución Política
de Colombia, se regulariza el cannabis de uso adulto y se dictan otras disposiciones”, en
los siguientes términos:
TRÁMITE DE LA INICIATIVA
El Proyecto de Acto Legislativo fue radicado el 21 de julio de 2022 por los Representantes
Juan Carlos Lozada Vargas, Julián David López Tenorio, Jaime Rodríguez Contreras, Jorge
Eliécer Tamayo Marulanda, Andrés David Calle Aguas, María del Mar Pizarro García,
Jennifer Dalley Pedraza Sandoval, María Fernanda Carrascal Rojas, Gabriel Becerra
Yañez, Luis Alberto Albán Urbano, David Ricardo Racero Mayorca, Alfredo Mondragón
Garzón, Carlos Alberto Carreño Marin, Santiago Osorio Marín, Martha Lisbeth Alfonso
Jurado, Jezmi Lizeth Barraza Arraut, Luvi Katherine Miranda Peña, Dolcey Oscar Torres
Romero, Catherine Juvinao Clavijo, Daniel Carvalho Mejía, Germán Rogelio Rozo Anís,
Gilma Díaz Arias y Mónica Karina Bocanegra Pantoja; así como por los Senadores
Alejandro Alberto Vega Pérez, Alejandro Carlos Chacón Camargo, María José Pizarro
Rodríguez, Inti Raúl Asprilla Reyes, Alexánder López Maya, Omar de Jesús Restrepo
Correa, Wilson Arias Castillo, Roy Leonardo Barreras Montealegre, Iván Cepeda Castro y
Yuly Esmeralda Hernández Silva.
El 14 de septiembre el proyecto fue aprobado en Primer Debate en la Comisión Primera de
la Cámara de Representantes y el 11 de octubre en Segundo Debate en la Plenaria de tal
célula legislativa. El 21 de octubre se recibió en la sección de Leyes del Senado, el 31 del
mismo mes se radicó en la Comisión Primera y el 2 de octubre fui designada como Ponente.
El 16 de noviembre inició el debate en Senado. Ese día se aprobó el Informe de Ponencia
y se convocó a una Audiencia Pública para el 21 del mismo mes. Al día siguiente, 22 de
noviembre, se aprobó la totalidad del Proyecto en la Comisión Primera de Senado y fui
designada nuevamente como ponente para Segundo Debate.
Esta es la cuarta vez que se radica el Proyecto. En las tres ocasiones pasadas se aprobó
en Primer Debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes pero
posteriormente se archivó por no alcanzar las mayorías necesarias en la Plenaria o por
agotar los tiempos legislativos necesarios para continuar su trámite, de acuerdo a lo
dispuesto en los artículos 224 y 225 de la Ley 5ta de 1992.
A continuación, exponemos los principales argumentos que fueron esbozados tanto en el
Proyecto original como en las ponencias rendidas hasta ahora y que compartimos en su
integridad.
I. CONTENIDO Y OBJETO DEL PROYECTO
El Proyecto de Acto Legislativo busca reformar el artículo 49 superior con el propósito de
permitir la regularización del uso del cannabis por parte de mayores de edad, así como la
unificación de la normativa actual respecto a la utilización del cannabis para uso científico,
siempre y cuando se cumplan los requerimientos establecidos. Lo anterior con la finalidad
de reconocer y garantizar los derechos fundamentales a la igualdad, al libre desarrollo de
la personalidad y a la salud, unificar las referencias constitucionales, legales y
jurisprudenciales sobre la materia y plantear una estrategia distinta para combatir el tráfico
ilegal de cannabis, como táctica para reducir la violencia en el país.
En Colombia, a partir de la modificación del artículo 49 Constitucional por el Acto Legislativo
02 de 2009, está prohibido el porte y consumo de cualquier tipo de sustancia estupefaciente
o psicotrópica (hojas de coca, cocaína, opio, dihidromorfina, heroína, metadona, morfina,
cannabis y su resina y los extractos y tinturas de cannabis, amapola, droga sintética, nitrato
de amilo popper, ketamina, GHB, entre otras), salvo prescripción médica. Esta prohibición
se incluyó bajo el argumento de proteger la salud pública de los colombianos.
El listado incluye el THC CANNABIS, sustancia de reconocidos efectos terapéuticos de tipo
anestésico, anticonvulsivante, anti glaucomatoso y antiasmático, que además sirve para
uso en el tratamiento del glaucoma, del asma y de la epilepsia
1
. Esta sustancia fue
eliminada de la Lista IV
2
de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, por
solicitud de la Organización Mundial de la Salud (OMS), requerimiento que fue acogido por
la mayoría de los 53 Estados de la Comisión de Estupefacientes -el órgano Ejecutivo de la
ONU en políticas de drogas- el 02 de diciembre de 2020
3
.
El Acto Legislativo 02 de 2009 fue regulado por la Ley 1787 de 2016, norma que fijó las
condiciones de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición a
cualquier título, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, uso de las
semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus derivados siempre y cuando su
finalidad sea médica o científica. Según el acto legislativo estas sustancias únicamente
podían utilizarse con fines médicos, mientras que la regulación les abrió las puertas a otros
1 Roberto Serpa Flórez, Psiquiatría médica y jurídica, 2007.
2 la categoría más restrictiva de la convención sobre drogas de 1961 que reúne las sustancias que se consideran
particularmente dañinas y con beneficios médicos limitados).
3 https://www.eltiempo.com/justicia/servicios/onu-saca-cannabis-de-lista-de-drogas-mas-peligrosas-y-
reconoce-propiedades-medicinales-
552551#:~:text=La%20ONU%20aprob%C3%B3%20este%20mi%C3%A9rcoles,con%20fines%20recreativos%
20sigue%20prohibido

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