Informe de ponencia para segundo debate, texto propuesto y texto aprobado en primer debate en sesión ordinaria de la Comisión Quinta al Proyecto de ley número 011 de 2022 Cámara, por el cual se establece la licencia ambiental para cementerios y se dictan otras disposiciones - 29 de Marzo de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 928578153

Informe de ponencia para segundo debate, texto propuesto y texto aprobado en primer debate en sesión ordinaria de la Comisión Quinta al Proyecto de ley número 011 de 2022 Cámara, por el cual se establece la licencia ambiental para cementerios y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación29 Marzo 2023
Número de Gaceta251
Página 22 Miércoles, 29 de marzo de 2023 G 251
por lo menos uno de sus integrantes, sean mujeres
buscadoras de víctimas de desaparición forzada.
El subsidio familiar de vivienda se otorgará de
conformidad con la normatividad vigente que regula
la materia, en cualquiera de sus modalidades.
Parágrafo. El Ministerio de Vivienda
reglamentará las condiciones especiales de acceso a
los programas del presente artículo.
Artículo 16. Medidas de acceso a la salud
integral. El Gobierno nacional, a través del Ministerio
de Salud y Protección Social, con participación de la
sociedad civil, fortalecerá los programas de atención
psicosocial y de salud integral mediante la creación
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mujeres buscadoras de víctimas de desaparición
forzada.
Artículo 17. Medidas de acceso a la seguridad
social. Las mujeres buscadoras de víctimas de
desaparición forzada y sus parientes dentro del
primer grado de consanguinidad o civil, y su cónyuge,
compañero o compañera permanente, previa
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subsidiado en salud de forma prioritaria; salvo
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contributivo.
Parágrafo 1º. Las mujeres adultos mayores
buscadoras de víctimas de desaparición forzada,
tendrán garantías y prioridad para la obtención de
pensión de vejez, invalidez y sobreviviente.
Parágrafo 2º. El Ministerio de Salud y Protección
Social reglamentará las condiciones especiales de
acceso a los programas de salud y seguridad social
del presente artículo.
CAPÍTULO VII
Circunstancia de Mayor Punibilidad
Artículo 18. Adiciónese al artículo 58 de la Ley
599 de 2000 el numeral 22, el cual quedará así:
Artículo 58. Circunstancia de mayor punibilidad.
Son circunstancias de mayor punibilidad, siempre
que no hayan sido previstas de otra manera:
(...)
22. Cuando con la actuación se persiga impedir,
obstaculizar o desincentivar la labor de las
personas cuya actividad, de forma permanente
o transitoria, sea la búsqueda víctimas de
desaparición forzada y esclarecimiento de la
verdad.
Artículo 19. Registro Único de Mujeres
Buscadoras. Créase el Registro Único de Mujeres
Buscadoras de víctimas de desaparición forzada a
cargo de la Unidad para la Atención y Reparación
Integral a las Víctimas.
La Unidad para la Atención y Reparación
Integral a las Víctimas, en coordinación con
la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por
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acredite la condición de Buscadoras de víctimas de
desaparición forzada.
El Registro Único se articulará con el Registro
Único de Víctimas y el Registro Nacional de
Desaparecidos.
Parágrafo. El Gobierno nacional reglamentará
los requisitos y términos para acreditar la condición
de Buscadoras de víctimas de desaparición forzada.
Artículo 20. Impacto scal  
La implementación de esta ley deberá respetar
las disponibilidades del Marco Fiscal de Mediano
Plazo.
CAPÍTULO IX
Disposiciones Finales
Artículo 21. Vigencia. La presente ley rige
a partir de su promulgación y deroga todas las
disposiciones que le sean contrarias.
* * *
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO
DEBATE PROYECTO DE LEY NÚMERO 011
DE 2022 CÁMARA
por el cual se establece la licencia ambiental para
cementerios y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, DC., 23 de marzo de 2023
Honorable Representante
DAVID RICARDO RACERO MAYORCA
Presidente
Cámara de Representantes
Bogotá, D. C.
Asunto: Informe de ponencia para segundo
debate Proyecto de ley número 011 de 2022
Cámara, por el cual se establece la licencia
ambiental para cementerios y se dictan otras
disposiciones.
Reciban un cordial saludo,
En atención al encargo realizado por la Mesa
Directiva de la Comisión Quinta Constitucional

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