INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE EN SEGUNDA VUELTA EN CÁMARA DE REPRESENTANTES DEL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 173 DE 2022 CÁMARA, 35 DE 2022 SENADO, por el cual se reforma la Constitución Política de Colombia y se establece la jurisdicción agraria y rural - 9 de Mayo de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 930866549

INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE EN SEGUNDA VUELTA EN CÁMARA DE REPRESENTANTES DEL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 173 DE 2022 CÁMARA, 35 DE 2022 SENADO, por el cual se reforma la Constitución Política de Colombia y se establece la jurisdicción agraria y rural

Fecha de publicación09 Mayo 2023
Número de Gaceta438
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 438 Bogotá, D. C., martes, 9 de mayo de 2023 EDICIÓN DE 22 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Bogotá, D. C., 3 de mayo de 2023.
Honorable Representante
DAVID RICARDO RACERO MAYORCA
Presidente
Cámara de Representantes
Congreso de la República
Ciudad
Referencia: Informe de Ponencia para
Segundo Debate en Segunda Vuelta en
Cámara de Representantes del Proyecto de
Acto Legislativo número 173 de 2022 Cámara,
35 de 2022 Senado, por el cual se reforma la
Constitución Política de Colombia y se establece
la jurisdicción agraria y rural.
Honorables Representantes a la Cámara:
En cumplimiento del encargo hecho por la
Honorable Mesa Directiva de la Comisión Primera
Constitucional del Senado del Congreso de la
República y de conformidad con lo establecido
en el artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, por
medio del presente escrito nos permitimos rendir
Informe de Ponencia para segundo debate de
Segunda Vuelta en Cámara de Representantes
al Proyecto de Acto Legislativo número 173 de
2022 Cámara, 35 de 2022 Senado, por el cual se
reforma la Constitución Política de Colombia y se
establece la jurisdicción agraria y rural.
PONENCIAS
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE EN SEGUNDA VUELTA EN
CÁMARA DE REPRESENTANTES DEL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
NÚMERO 173 DE 2022 CÁMARA, 35 DE 2022 SENADO
por el cual se reforma la Constitución Política de Colombia y se establece la
jurisdicción agraria y rural.
Cordialmente,
INFORME DE PONENCIA PARA
SEGUNDO DEBATE EN SEGUNDA
VUELTA EN CÁMARA DE
REPRESENTANTES DEL PROYECTO
DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 173
DE 2022 CÁMARA, 35 DE 2022 SENADO
por el cual se reforma la Constitución Política de
Colombia y se establece la jurisdicción agraria y
rural.
Página 2 Martes, 9 de mayo de 2023 G 438
1. TRÁMITE DE LA INICIATIVA
El Proyecto de Acto Legislativo que crea la
Jurisdicción Agraria y Rural fue radicado el día
31 de agosto de 2022 en un esfuerzo conjunto
entre Gobierno nacional y numerosos Senadores/
as y Representantes a la Cámara. De lo anterior
se desprende que esta iniciativa de reforma
constitucional es de origen mixto y entre sus autores
      Alfonso
Prada Gil, Ministro de Justicia y del Derecho,
doctor Néstor Iván Osuna Patiño, Ministra de
Agricultura y Desarrollo Rural, doctora Cecilia
López Montaño, y presentado por los honorables
Representantes: Alirio Uribe Muñoz, Jorge
Andrés Cancimance López, Jorge Eliécer Tamayo
Marulanda, Pedro Baracutao García Ospina,
Luis Alberto Albán Urbano, Jairo Reinaldo Cala
Suárez, Karyme Adrana Cotes Martínez, Duvalier
Sánchez Arango, Gabriel Ernesto Parrado Durán,
Germán José Gómez López, Astrid Sánchez
Montes de Oca, Carlos Adolfo Ardila Espinosa,
John Jairo González Agudelo, Óscar Hernán
Sánchez León, Juan Pablo Salazar Rivera, James
Hermenegildo Mosquera Torres, Gabriel Becerra
Yáñez, Luz María Múnera Medina, Heráclito
Landinez Suárez, Luis Ramiro Ricardo Buelvas,
Leyla Marleny Rincón Trujillo, Álvaro Leonel
Rueda Caballero, Jorge Alejandro Ocampo
Giraldo, Ermes Evelio Pete Vivas, William Ferney
Aljure Martínez, Diógenes Quintero Amaya,
Juan Carlos Vargas Soler, Carlos Carreño y los
honorables Senadores: Isabel Cristina Zuleta
López, Imelda Daza Cotes, Pablo Catatumbo
Torres Victoria, Ómar de Jesús Restrepo Correa,
Inti Raúl Asprilla Reyes, César Augusto Pachón
Achury, Yuly Esmeralda Hernández Silva, Sandra
Ramírez y Julián Gallo Cubillos.
Una vez fue radicada la iniciativa de reforma
constitucional ante la Secretaría de la Cámara de
Representantes, al Proyecto de Acto Legislativo le
fue asignado el número 173 de 2022 de Cámara y
fue publicado el día 8 de septiembre de 2022 en la
Gaceta del Congreso número 1040 de 2022.
   
3.1 -0248-2022 del 14 de septiembre de 2022
y conforme consta en el Acta número 09 de
la Mesa Directiva, fueron designados como
coordinadores ponentes -para primer debate- los
honorables Representantes Delcy Esperanza Isaza
Buenaventura y Gabriel Becerra Yáñez; y como
ponentes los honorables Representantes Santiago
Osorio Marín, Adriana Carolina Arbeláez
Giraldo, Álvaro Leonel Rueda caballero, Hernán
Darío Cadavid Márquez, Orlando Castillo
Advíncula, Astrid Sánchez Montes de Oca, Marelen
Castillo Torres y Luis Alberto Albán Urbano del
mencionado proyecto. El 21 de septiembre de
2022 los coordinadores ponentes solicitaron a la
Secretaría de la Comisión Primera de la Cámara de
Representantes, Audiencia Pública para conocer
las diferentes posiciones del Gobierno, academia,
organizaciones y ciudadanía.
Mediante la Resolución número 11 del 18
de septiembre de 2022, la mesa directiva de la
Comisión Primera Constitucional permanente de
la honorable Cámara de Representantes convocó
a audiencia pública la cual se realizó el día 29
de septiembre de 2022 a las 2:00 p. m., en el
recinto de la Comisión Primera de la Cámara
       
opiniones del Gobierno nacional, la ciudadanía,
los congresistas y la sociedad civil. Producto
de esta Audiencia se amplió y se consolidó la
ponencia de primer y segundo debate en la Cámara
de Representantes.
De las intervenciones realizadas es posible
     
gubernamentales, academia y comunidad civil, la
importancia de cumplir con la obligación derivada
del Acuerdo Final de Paz (2016) consistente en la
conformación de una Jurisdicción Agraria con
jueces e instancias capaces de dirimir y resolver
los problemas jurídicos presentes en el mundo
rural y agrario, incluyendo órganos de cierre
capaces de dirimir dichos asuntos.
El 3 de octubre de 2022, se rindió informe de
ponencia para primer debate ante la Secretaría de
la Comisión Primera Constitucional, el cual fue
publicado en la Gaceta del Congreso número
1191 de 2022 del 4 de octubre de 2022.
El 6 y 11 de octubre de 2022, respectivamente,
tuvieron lugar las discusiones de la ponencia en la
Comisión Primera de la Cámara de Representantes.
En la sesión del 6 de octubre de 2022 se aprobó
el informe de ponencia mayoritaria, igual que
los artículos 1°, 4°, 5° y 7° como se presentaron
en la ponencia referida (sin proposición), siendo
aprobados por unanimidad. En la segunda sesión
realizada el 11 de octubre de 2022, se votaron los
artículos 2°, 3° y 6° con proposiciones avaladas,
así como el título y la pregunta, resultando
aprobado por unanimidad. La Mesa Directiva
de la Comisión Primera decidió mantener como
ponentes para segundo debate a los mismos
honorables Representantes coordinadores y
ponentes designados para el primer debate.
El 18 de octubre de 2022, se rindió informe de
ponencia para segundo debate ante la Secretaría
de la Comisión Primera Constitucional, el cual
fue publicado en la Gaceta del Congreso número
1276 de 2022 del 19 de octubre de 2022.
El 20 de octubre de 2022, se llevó a cabo
la sesión de la Plenaria de la Cámara de
Representantes, en la que se discutió y aprobó
en su totalidad en segundo debate el Proyecto
de Acto Legislativo 173 de 2022 Cámara y
35 de 2022 Senado, por el cual se reforma la
Constitución Política de Colombia y se establece
la jurisdicción agraria y rural. Se aprobaron los
artículos 1°, 3° y 4° como venían en la ponencia,
los artículos 2°, 5°, 6° y 7° con proposiciones
avaladas. Se incluyen 5 artículos nuevos que, con
el ánimo de armonización, agregan la expresión

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