Informe de ponencia para segundo debate en el Senado de la República, texto propuesto y texto aprobado en primer debate por la Comisión Sexta del Proyecto de ley número 365 de 2022 Senado, número 042 de 2021 Cámara, por medio del cual se reconoce la importancia social, histórica y cultural del Templo San Juan Evangelista del municipio de Sampués, departamento de Sucre y se dictan otras disposiciones - 10 de Mayo de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 932672610

Informe de ponencia para segundo debate en el Senado de la República, texto propuesto y texto aprobado en primer debate por la Comisión Sexta del Proyecto de ley número 365 de 2022 Senado, número 042 de 2021 Cámara, por medio del cual se reconoce la importancia social, histórica y cultural del Templo San Juan Evangelista del municipio de Sampués, departamento de Sucre y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación10 Mayo 2023
Número de Gaceta456
Gaceta del Congreso 456 Miércoles, 10 de mayo de 2023 Página 7
actual y directo a favor del congresista.
a) Beneficio particular: aquel que otorga un privilegio o genera ganancias o crea
indemnizaciones económicas o elimina obligaciones a favor del congres ista de las que
no gozan el resto de los ciudadanos. Modifique normas que afecten investigaciones
penales, disciplinarias, fiscales o administrativas a las que se encuentre formalmente
vinculado.
b) Beneficio actual: aquel que efectivamente se configura en las circunstancias
presentes y existentes al momento en el que el congresista participa de la decisión.
c)Beneficio dir ecto: aquel que se produzca de forma específica respecto del congresista,
de su cónyuge, compañero o compañera permanente, o parientes dentro del segundo
grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil (…)”
Se estima que la presente iniciativa legislativa no genera conflictos de interés
para su discusión y votación, toda vez que se trata de un proyecto de carácter
general que no crea beneficios particulares, actuales y directos a los
congresistas, a su cónyuge, compañero o compañera permanente, o parientes
dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero
civil, conforme a lo dispuesto en la ley.
La descripción de los posibles conflictos de interés que se puedan presentar
sobre el trámite del presente proyecto de ley no exime del deber del Congresista
de identificar causales adicionales que pueda encontrar durante el trámite del
proyecto.
5. Proposición
Considerando los argumentos expuestos y en cumplimiento de los requisitos
establecidos en la Ley 5 de 1992, presentamos ponencia negativa y, en
consecuencia, solicitamos a los miembros de la Comisión Primera de la Cámara de
Representantes y del Senado de la República archivar el Proyecto de Ley No. 336
de 2023C - 277 de 2023S. "Por medio de la cual se humaniza la política criminal y
penitenciaria para contribuir a la superación del estado de cosas inconstitucional y
se dictan otras disposiciones".
Cordialmente,
ÓSCAR RODRIGO CAMPO HURTADO
Representante a la Cámara
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE EN EL SENADO DE LA
REPÚBLICA DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 365 DE 2022 SENADO,
NÚMERO 042 DE 2021 CÁMARA
por medio del cual se reconoce la importancia social, histórica y cultural del Templo San Juan Evangelista
del municipio de Sampués, departamento de Sucre y se dictan otras disposiciones.
Bogotá. D.C., 4 de mayo de 2023
Senador
ROY LEONARDO BARRERAS
Presidente
Senado de la República.
Asunto: Informe de Ponencia para segundo debate en el Senado de la
República del Proyecto de Ley No. 365 de 2022 SENADO, No. 042 de
2021 CÁMARA “POR MEDIO DEL CUAL SE RECONOCE LA
IMPORTANCIA SOCIAL, HISTÓRICA Y CULTURAL DEL TEMPLO SAN
JUAN EVANGELISTA DEL MUNICIPIO DE SAMPUÉS,
DEPARTAMENTO DE SUCRE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.
Respetado presidente:
En cumplimiento de la honrosa designación realizada por la Honorable Mesa
Directiva de la Comisión Sexta Constitucional Permanente del Senado de la
República y de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley
5ª de 1992, pongo a consideración el Informe de ponencia para segundo
debate en el Senado de la República del Proyecto de Ley No. 365 de 2022
SENADO, No. 042 de 2021 CÁMARA “POR MEDIO DEL CUAL SE
RECONOCE LA IMPORTANCIA SOCIAL, HISTÓRICA Y CULTURAL DEL
TEMPLO SAN JUAN EVANGELISTA DEL MUNICIPIO DE SAMPUÉS,
DEPARTAMENTO DE SUCRE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.
Cordialmente,
ANA MARÍA CASTAÑEDA GÓMEZ
Senadora de la República.
1. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS DE LA INICIATIVA EN ESTUDIO.
El presente Proyecto de Ley es de iniciativa congresional, fue presentado a
consideración del Congreso de la República por el entonces H. Representante
Héctor Vergara Sierra, el 20 de julio de 2021, ante la Secretaría General de la
Cámara de Representantes de Colombia, siendo publicada en la Gaceta del
Congreso, No. 945, de 2021.
Con el fin de que el citado proyecto de ley siguiera su curso legal y reglamentario,
y en atención a lo establecido en el artículo 150, de la Ley 5, de 1992, el
Secretario de la Comisión Sexta, Constitucional Permanente me notificó, mediante
oficio, mi designación como única ponente de este proyecto, razón por la cual
rendí informe de ponencia de primer debate, y el día 26 de abril de 2023 se cursó
el primer debate en Senado de esta iniciativa en sesión formal de la Honorable
Comisión Sexta.
El día de hoy, con el fin de seguir correspondiendo la designación, presento el
Informe de Ponencia para segundo Debate ante esta célula legislativa, dándole
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 153, de la referida Ley 5de 1992.
2. OBJETO DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA.
La presente ley tiene por objeto reconocer la importancia Social, Histórica y
Cultural del Templo San Juan Evangelista del Municipio de Sampués,
Departamento de Sucre.
3. CONTENIDO DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA
El Proyecto de Ley consta de 7 artículos, incluido la vigencia, en los cuales se
desarrolla:
ARTÍCULO 1º. Objeto.
ARTÍCULO 2º. Destinación de recursos por parte del Gobierno Nacional para la
salvaguardia, protección, restauración, conservación, sostenibilidad y divulgación
de templo.

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